Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2003 (17/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2003

Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales senaladas en el articulo 57º de la Ley; Que, de las observaciones y evaluacion realizadas, se concluye que se ha prescindido de las normas esenciales del procedimiento que rigen las Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en tal sentido, corresponde al Titular del Pliego declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion hasta el momento en que se produce el vicio, esto es, al momento de la Integracion de las Bases teniendo en cuenta que se ha afectado la integridad del MORDAZA de seleccion, por lo que debera retrotraerse el mismo al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones, y con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR LA NULIDAD del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 001-2003-AMAG, para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de la Integracion de las Bases. Segundo.- Disponer que la Oficina de Secretaria Administrativa notifique a los interesados para los efectos legales correspondientes. Tercero.- Disponer la publicacion de la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles de emitida. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 09303

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 034-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 31 de enero de 2003 Visto, el Memorandum Nº 337-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 327, 328-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 093-2003-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 3 de febrero de 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, ha detectado que unas personas no identificadas que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprovechando la simplificacion administrativa y el MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, han insertado en instrumento publico, declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, con el objetivo de usurpar la identidad de los verdaderos ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Soto; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 1406-2003-ANR Fe de Erratas de la Resolucion Nº 1406-2003-ANR, publicada en nuestra edicion del dia 16 de MORDAZA de 2003, en la pagina 244241. DICE: MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 09293

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, par presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09269 RESOLUCION JEFATURAL Nº 065-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de febrero de 2003 Visto el Memorandum Nº 441-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 024, 026- 2001/OHC/DCP/GO y el

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