Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2003 (17/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Informe Nº 112 -2003/GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 6 de febrero de 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor de fiscalizacion, ha detectado que personas no identificadas quienes dijeron llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Garrafa, en atencion al MORDAZA de Veracidad para el procedimiento de inscripcion y dada la simplificacion administrativa, han procedido a efectuar una inscripcion con nombres y datos que correspondian a personas distintas, logrando de este modo insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, con el objetivo de usurpar la identidad de las verdaderas ciudadanas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Garrafa, motivando que la Gerencia de Operaciones procediera a la exclusion de los registros de estos datos ilegales; Que aun cuando si bien se ha procedido administrativamente a la cancelacion y exclusion de los registros de estos actos ilegales, por tratarse de usurpacion de identidad, no resulta obice, para que jurisdiccionalmente no se proceda, dado que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

cion, en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales, utilizando para tal hecho, documentos que no le pertenecen e ingresando datos falsos en instrumento publico, con la intencion de usurpar la identidad de la ciudadana Kety MORDAZA Fababa, motivando la Cancelacion de la inscripcion fraudulenta, por disposicion de la Gerencia de Operaciones, al tratarse de un tramite irregular; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09271 RESOLUCION JEFATURAL Nº 096-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 11 de marzo de 2003 Vistos, el Memorandum Nº 300-2001/OHC/DCP/ GO, el Informe Nº 370-2000/OHC/DCP/GO, y el Informe Nº 223-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de febrero del 2003. CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09270 RESOLUCION JEFATURAL Nº 090-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de marzo de 2003 Visto el Memorandum Nº 819-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 006-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 139-2003/GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 11 de febrero de 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, ha detectado que la ciudadana no identificada, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones y de los documentos, se presento a tramitar su inscrip-

Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones y de los documentos, se presento a tramitar la inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales, utilizando para tal hecho documentos que no les pertenece e ingresando datos falsos en instrumento publico, con la intencion de usurpar la identidad de la ciudadana MORDAZA ZADITH MORDAZA MORDAZA, quienes ademas, actuaron en forma concertada para la obtencion del Documento Nacional de Identidad a favor de la primera; motivando la Cancelacion de la inscripcion fraudulenta por disposicion de la Gerencia de Operaciones al tratarse de un tramite irregular; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente;

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