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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2003 (20/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 244509 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de mayo de 2003 do inasistencias injustificadas desde el 24 de julio del 2002 a la fecha, conforme se acredita con el Informe Nº07-03-HMA-UP-ACA de fecha 17 de marzo del 2003 dela Jefa de Área de Control de Asistencia del Hospital María Auxiliadora; Que, siendo así la TAP Shirley Giovanna IRRAZABAL LLERENA habría incurrido en falta administrativa previstaen los incisos a) y k) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276, concor-dado con el Inc. c) del Art. 21º de la Norma Legal antesacotada y el Art. 128º y el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM ; por lo que amerita que se aperture proceso administrativo a efectos que se determine la responsabilidad administra-tiva a que hubiere lugar; Que, mediante el Informe Preliminar Nº 007-2003- HAMA-CPPAD la Comisión Permanente de procesos Ad-ministrativos Disciplinarios, se pronunció por unanimidad sobre la procedencia de Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a la servidora Shirley Giovanna IRRAZABALLLERENA; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 167º D.S. Nº 005-90-PCM, en uso de las facultades conferidas por laResolución Ministerial Nº 141-87-SA-P y su ampliatoria Resolución Ministerial Nº 0239-90-SA-P y la Resolución Directoral Nº 265-98-DISURS II LS/DG, que aprueba elreglamento de Organización y Funciones del Hospital Ma-ría Auxiliadora y con la opinión favorable del Director Eje-cutivo del Hospital María Auxiliadora; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Dis- ciplinario a doña Shirley Giovanna IRRAZABAL LLERENAcon el cargo de Aux. de Nutrición, categoría remunerativaSAC, ya que habría incumplido su obligación prevista en el inciso c) del Art. 21º del D.Leg. Nº 276 y transgredido los incisos a) y k) del Art. 28º de la Norma legal antes acotaday por las razones expuestas en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- La comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Hospital María Auxi- liadora, procederá a efectuar la investigación y a evacuar el Informe Final, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábi-les improrrogables que señala el Art. 163º del reglamentodel decreto Legislativo Nº 276 aprobado mediante DecretoSupremo Nº 005-90-PCM. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la servidora procesada a efectos que presente su descargo escrito y las pruebas que estime conveniente en su defen-sa, concediéndole el término de cinco (5) días hábiles con-tados a partir del día siguiente su notificación. Regístrese y comuníquese. JORGE FALCONÍ INJOQUE Director General 09442 DIRECCIÓN DE SALUD II - LIMA SUR HOSPITAL "MARÍA AUXILIADORA" RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 215-2003-HAMA-DG San Juan de Miraflores, 28 de abril de 2003 VISTO: El Informe Preliminar Nº 007-2003-CPPAD de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci-plinarios, respecto a las ausencias injustificadas desde el 2de diciembre del 2002 a la fecha; de la Lic. Linda LUCRE-CIA ACOSTA HERRERA; CONSIDERANDO: Que, Lic. LINDA LUCRECIA ACOSTA HERRERA perso- nal del Departamento de Psicología viene registrandoinasistencias injustificadas desde el 2 de diciembre del 2002a la fecha, conforme se acredita con el Oficio Nº 020-03- HAMA-DPTO-PSICOLOGIA de fecha 14/3/03 y corrobo- rado por el Informe Nº 08-03.HMA-UP-ACA de fecha 17/3/03 de la Jefa del Área de Control de Asistencia del HospitalMaría Auxiliadora; Que, siendo así, la Lic. LINDA LUCRECIA ACOSTA HERRERA habría incurrido en falta administrativa previstaen los incisos a) y k) del Art. 28º del D.Leg. Nº 276, con- cordado con el Inciso c) del Art. 21º de la norma legal antesacotada y el Art. 128º y el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM; por lo que amerita que se aperture proceso ad- ministrativo a efectos que se determine la responsabilidad administrativa que hubiere lugar; Que, mediante el Informe Preliminar Nº 007-2003-HAMA- CPPAD la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos Disciplinarios, se pronunció por unanimidad sobre laprocedencia de Instaurar Proceso Administrativo Discipli- nario a la servidora doña: Linda LUCRECIA ACOSTA HE- RRERA; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 167º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en uso de las facul-tades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 141-87-SA-P y su ampliatoria Resolución Ministerial Nº 0239-90- SA-P y la resolución Directoral Nº 265-98-SIDUR-II-LS/DG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionesdel Hospital María Auxiliadora y con la opinión favorabledel Director Ejecutivo del Hospital María Auxiliadora; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Dis- ciplinario a doña Linda LUCRECIA ACOSTA HERRERA conel cargo de Psicóloga, Nivel IV, ya que habría incumplidosu obligación prevista en el inciso c) del Art. 21º del D.Leg.Nº 276 y transgredido los incisos a) y k) del Art. 28º de la norma legal antes acotada y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- La Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Hospital "María Auxi-liadora", procederá a efectuar la investigación y a evacuarel Informe Final, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábi- les improrrogables que señala el Artículo 163º del Regla- mento del Decreto Legislativo Nº 276 aprobado medianteDecreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución a la servidora procesada a efectos que presente su descargoescrito y las pruebas que estime conveniente en su defen- sa, concediéndole el término de cinco (5) días hábiles con- tados a partir del día siguiente de la notificación. Regístrese y comuníquese.JORGE FALCONÍ INJOQUE Director General 09443 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Designan Coordinador entre la Comi- sión encargada de elaborar las Bases para la Reforma Procesal Penal y laComisión Especial encargada de pro-poner mecanismos para implementarel Código Procesal Penal CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA Lima, catorce de mayo del dos mil tres. VISTA; la Resolución Administrativa Nº 077-2003-P-PJ mediante la cual la Presidencia del Poder Judicial confor-ma una Comisión encargada de elaborar las Bases para laReforma Procesal Penal integrada por magistrados y juris-tas especializados en Derecho Penal; que estando al tra-bajo asignado y teniendo en cuenta que mediante Decreto Supremo Nº 005-2003-JUS se creó la Comisión Especial de Alto Nivel encargada de proponer las modificaciones ymecanismos legales para la implementación del CódigoProcesal Penal; resulta necesario designar un magistradode la comisión conformada en este Poder del Estado paraque realice las coordinaciones que fueran pertinentes con la Comisión Especial de Alto Nivel y teniendo en cuenta la estrecha relación de los temas que desarrollan; por talmotivo y haciendo uso de las facultades conferidas por elartículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica