Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2003 (20/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES Directiva Nº 010-2003-EF/76.01

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DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACION, FORMULACION Y APROBACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL ANO FISCAL 2004
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES h) Articulo 1º .- Objetivos La presente Directiva tiene como objetivos los siguientes: a) Establecer las normas de caracter tecnico y operativo que permitan a los Gobiernos Locales en su calidad de Pliegos Presupuestarios, programar, formular y aprobar sus Presupuestos Institucionales para el ano fiscal 2004 en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 42º de la Ley de Bases de la Descentralizacion -Ley Nº 27783 , considerando las transferencias de los programas sociales y los proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance local efectivamente realizados en el MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley de Bases de la Descentralizacion. Orientar a las Municipalidades en la definicion de las Metas Presupuestarias, con su respectiva prevision de gastos, con el objeto de aplicar consistentemente los Recursos Publicos que administraran las Municipalidades para el ano fiscal 2004, teniendo en cuenta los Objetivos Institucionales que se establezcan para el periodo. Consolidar la aplicacion de los Principios, Tecnicas, Metodos y Procedimientos del Sistema de Gestion Presupuestaria en las Fases de Programacion y Formulacion Presupuestal de los Gobiernos Locales. Determinar el tratamiento presupuestario de los diversos Recursos Publicos que administran los Gobiernos Locales. Fortalecer al Presupuesto Municipal como un verdadero instrumento de la gestion economica y financiera de los Gobiernos Locales, generando informacion presupuestaria transparente, integrada, util y oportuna, que sirva para la toma de decisiones en el area de las Finanzas Publicas, asegurando la fluidez y consistencia de los procesos utilizados para su elaboracion. Permitir que la programacion y formulacion presupuestal de los Gobiernos Locales refleje los resultados de la programacion participativa. Articulo 2º .- Base Legal La aplicacion de la presente Directiva se sujeta a lo prescrito en el siguiente MORDAZA legal: a) b) c) d) e) f) Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. Ley Nº 27245 - Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal modificada por la Ley Nº 27958. Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 23853 -Ley Organica de Municipalidades y normas modificatorias. Ley Nº 27506 - Ley de Canon. Ley Nº 27763 - Ley complementaria de legislacion del Canon y Sobrecanon para Petroleo y Gas en MORDAZA y Tumbes. Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, concordante con el numeral
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19.2 del articulo 19º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion. Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributacion Municipal y normas modificatorias. Decreto Supremo Nº 039-2000-EF - Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Decreto Legislativo Nº 183 -Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y normas modificatorias. Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon. Resolucion Vice Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y su modificatoria la Resolucion Vice Ministerial Nº 108-2000-EF/13. Articulo 3º .- Alcance La presente Directiva es de aplicacion obligatoria para todas las Municipalidades Provinciales y Distritales. Articulo 4º .- Determinacion de los Pliegos Presupuestarios Son Pliegos Presupuestarios, para efectos de la aplicacion de la presente Directiva, cada Municipalidad Provincial y Distrital. CAPITULO II DISPOSICIONES PARA LA FASE DE PROGRAMACION PRESUPUESTARIA Articulo 5º .- Objeto de la Fase de Programacion Presupuestaria La Programacion es la Fase del MORDAZA Presupuestario en la cual el Gobierno Local debe lograr lo siguiente: (a) Armonizar el Presupuesto del Gobierno Local con los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), o documentos de similar naturaleza, segun corresponda, y la Programacion Participativa. Establecer los Objetivos Institucionales del Gobierno Local para el ano fiscal 2004. Proponer las Metas Presupuestarias a ser consideradas durante la fase de Formulacion Presupuestaria. Desarrollar los procesos y determinar la metodologia a emplear para la estimacion de los Ingresos que por todo concepto el Gobierno Local espera captar u obtener para el ano fiscal 2004, asi como las transferencias que percibira durante el ano fiscal 2004 el Gobierno Local a traves del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND, en el MORDAZA del literal a) del articulo 24º y la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783. Determinar la demanda global de gastos que implicara la atencion presupuestaria de los servicios y funciones que presta y desarrolla el Gobierno Local, teniendo en cuenta las Metas Presupuestarias que se propongan para el ano fiscal 20041 .
La demanda global de gastos en la fase de Formulacion Presupuestaria debera sujetarse al "techo" presupuestal asignado al Pliego y durante la fase de Ejecucion Presupuestaria ano fiscal 2004, a la real disponibilidad de los recursos publicos.

i) j) k) l)

b)

c)

d)

e)

f)

(b) (c) (d)

(e)

g)

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