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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2003 (20/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 244520 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de mayo de 2003 GR-PUNO/P de fecha 13 de mayo del 2003, suscrita por el señor Presidente del Gobierno Regional Puno; ACUERDA: Primero.- Conceder licencia al señor Presidente Regio- nal del Gobierno Regional Puno, a fin de que asista al ForoInternacional Agrario 2003, a llevarse a cabo los días 18 al20 del presente mes, en San Luis, Missouri, Estados Uni- dos, por haber sido invitado a dicho evento, de tal modo que no irrogará desembolso económico alguno al Estado. Segundo.- Encargar las funciones inherentes al cargo de Presidente del Gobierno Regional a la VicepresidentaRegional durante el período de ausencia del titular. POR TANTO: Mando se registre y publique. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente del Consejo Regional 09411 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Declaran nulidad parcial de licitación pœblica convocada para ejecutarobras de instalación de redes y co- nexiones domiciliarias de agua pota- ble y alcantarillado de asociación devivienda RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0561 Ate, 14 de mayo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 002-03-CE/MDA, de la Comisión Especial a cargo de la L.P.N. Nº 01-2003-CE-MDA-CF/FIP,para ejecutar las obras de instalación de Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado de la Asociación de Vivienda Hijos de Apurímac y el ProveídoNº 1616-2003-A-MDA del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 372, del 27 de marzo del 2003, se aprobó la Convocatoria Públicapara la realización de la Licitación Pública Nacional deEjecución de la Obra "Instalación y Redes Secundarias yConexiones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado de la Asociación de Vivienda Hijos de Apurímac", estable- ciéndose en el cronograma respectivo que la presentaciónde propuestas y apertura del Sobre Nº 1 se realizará el día9 de mayo del 2003; Que, en su Informe Nº 002-03-CE/MDA la Comisión Especial da cuenta que el día 9 de mayo del 2003 se presentaron 123 postores, los que procedieron a integrar sus propuestas al notario Dr. Roque Díaz, para luego pro-ceder a la apertura del Sobre Nº 1; Que, de la revisión de los documentos presentados en el Sobre Nº 1 la Comisión Especial, descalificó a los posto-res Constructora ARICA S.A. - Consorcio IVOTEC INGE- NIEROS SRL - ARLI CONTRATISTAS GENERALES SRL; Que, de igual modo en ese acto no se aceptó la presen- tación de la propuesta del postor Sr. VÍCTOR ANTONIOTORREZ VÁSQUEZ, de conformidad con el artículo 59º delD.S. Nº 013-2001-PCM, quien no figuraba en la relación depostores ni se acreditó en ese instante con la presentación del comprobante de pago de las Bases, como en cambio sí lo hicieron los representantes de Corporación LEO, y Corpo-ración JULIO, cuyas propuestas fueron admitidas; Que, concluida la lectura de las propuestas técnicas, el Dr. Roque Díaz, notario, procedió a lacrar 121 sobres depropuestas económicas, para llevárselo en custodia de con- formidad con el artículo 59º inciso b) del D.S. Nº 013-2001 - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, el cual establece que el Notario Público procederá acolocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serándebidamente sellados y firmados por él, por los miembros delComité Especial y por los postores que así lo deseen, conser- vándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores, el resultadode la evaluación de las propuestas técnicas; Que, el día 14 de mayo del 2003, tal como estaba programada se procedió a la lectura de la calificación de lapropuesta técnica y seguidamente el notario entregó en mesa los 121 sobres correspondientes a las propuestas económicas, retirando el lacre y procediendo a su lectura; Que, culminada la lectura del contenido de las 121 propuestas económicas el postor RAMOS ADRIANSENADOLFO, hizo presente a la Comisión Especial, que supropuesta económica no había sido leída; Que, los miembros de la Comisión Especial y el notario procedieron a la revisión de las 121 propuestas económi-cas, comprobando que en lugar de la propuesta económi-ca del postulante RAMOS ADRIANSEN, se encontraba lapropuesta (Sobre Nº 2) del Consorcio IVOTEC INGENIE-ROS SRL - ARI CONTRATISTAS GENERALES SRL, quien había sido descalificado en la etapa anterior; Que, la Comisión Especial en su Informe Nº 002-03-CE/ MDA deja constancia que presume que cuando se desca-lificó al postor Consorcio IVOTEC INGENIEROS SRL - AIR-LI CONTRATISTAS GENERALES SRL, al momento de de-volvérsele su propuesta económica, se le entregó el Sobre Nº 2 correspondiente al postor RAMOS ADRIANSEN en lugar del suyo; Que, de conformidad al D.S. Nº 012-2001-PCM, en su artículo 3º, norma que establece que los Procesos de Ad-quisición y Contratación regulados por Ley y su Reglamen-to, se rigen por los principios de moralidad, libre competen- cia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía, vi- gencia tecnológica y trato justo e igualitario, a los quedebe sujetarse el proceso de selección y considerandoque el postor RAMOS ADRIANSEN ADOLFO se encuentraen desventaja junto a los demás participantes por un actodel cual no es responsable, la Comisión Especial ha reco- mendado se declare la Nulidad Parcial del Proceso, retro- trayéndolo hasta la última etapa válida del proceso; Que, el artículo 26º D.S. Nº 013-2001-PCM concordado con el artículo 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, estableceque el Titular del Pliego o la Autoridad Administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio, la nulidad del proceso de selección y retrotraerla hasta la etapa correspondiente; Que, la Comisión Especial en su Informe Nº 002-03-CE/ MDA recomienda que el proceso de la L.P.N. Nº 001-2003-CE-MDA-CF/FIP, se retrotraiga a la etapa de apertura delSobre Nº 1; Que, mediante Proveído Nº 1616-2003-A-MDA del Des- pacho de Alcaldía, indica que se proyecte la Resolución deAlcaldía respectiva; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades otorgadas en el inciso6) del artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, de Oficio la Nulidad Parcial de la L.P.N. Nº 001-2003-CE-MDA-CF/FIP, para ejecutar las obras de instalación de Redes Secundarias y ConexionesDomiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado de la Asocia-ción de Vivienda Hijos de Apurímac, retrotrayendo el estadodel proceso hasta el momento de la lectura del contenidodel Sobre Nº 1 de los 121 postores que fueron declarados hábiles, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DECLARAR que el Acto de Apertura del Sobre Nº 1 y lectura de su contenido; y la declaración depostor hábil de los 121 postores, no están comprendidosen la nulidad dispuesta por la presente Resolución; de-biendo proseguirse con las acciones inmediatas posterio- res de acuerdo a las Bases. Artículo 3º.- DISPONER que la Comisión Especial co- munique a los 121 postores la fecha para la presentacióndel Sobre Nº 2 (propuesta económica) y el otorgamiento dela Buena Pro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÓSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 09450