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PÆg. 244973 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de mayo de 2003 Que, se ha determinado que las normas de creación y reglamentación del Seguro Obligatorio de Accidentesde Tránsito - SOAT, de aplicación general en todo el territorio de la República no han previsto el riesgo y alta probabilidad de que se produzcan prácticas lesivas a lalibre competencia; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lam- bayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- CREAR el FONDO REGIONAL CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO en el ámbito de la Región Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPONER que las compañías aseguradoras podrán extender pólizas de seguros en la misma forma y condiciones en que se contrataban an-tes de la reglamentación del Seguro Obligatorio de Acci- dentes de Tránsito - SOAT. Artículo Tercero.- FACULTAR a la Comisión de Asun- tos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque para que en coordinación con las instan- cias administrativas correspondientes y las institucio-nes interesadas relacionadas al transporte procedan en el más breve plazo a la elaboración de la reglamentación de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 09868 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan contratar arrendamiento de oficinas para el funcionamiento del SAT mediante proceso de adjudicación de menor cuantía SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000114 Lima, 26 de mayo de 2003 VISTOS: Los Informes Nº 02-82-00000003 y Nº 06-82- 00000001, de fecha 23 de mayo de 2003, y el Informe Nº 04-82-00000975, de fecha 26 de mayo; y, CONSIDERANDO: Que el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, establece que la adquisición de bienes queno admiten sustitutos se encuentra exonerada de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso, correspondiendocontratar dichos servicios mediante una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de conformidad con el artículo 20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, salvo la pre- vista en el literal b) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Enti-dad, la misma que requiere de un informe técnico - legal previo;Que asimismo, la disposición citada en el párrafo pre- cedente señala que dicha Resolución deberá ser publi-cada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los ca- sos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de la Ley, remitiéndose una copia de la misma y el informe que lasustenta a la Contraloría General de la República, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción; Que, mediante Informe Nº 06-82-00000001 de fecha 23 de mayo de 2003 de la Gerencia de Operaciones eInforme Nº 02-82-00000003 de fecha 23 de mayo de 2003 de la Gerencia de Administración, justifican técnicamente el arrendamiento de determinadas ofici-nas y depósitos del Centro Cívico y Comercial de Lima y del Edificio Torre de Lima de propiedad del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales - FCR, cuyarepresentación corre a cargo de la Oficina de Normali- zación Provisional, mediante adjudicación de menor cuan- tía bajo la causal de exoneración prevista en el inciso f)del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre bie- nes o servicios que no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Nº 04-82-00000975 del 26 de mayo de 2003, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la tramitación para la contratación bajo lacausal de exoneración prevista en el párrafo preceden- te, siempre y cuando se cuente con la justificación técni- ca correspondiente, disponibilidad presupuestal y de-más documentos requeridos y dentro de los límites del marco legal previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sureglamento; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque, de producirse algún supuesto de exoneración que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudi- cación de Menor Cuantía, la adquisición o contratacióndeberá llevarse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, conautorización expresa del Titular del Pliego o de la máxi- ma autoridad administrativa de la entidad, según corres- ponda; Que, para la contratación materia de la presente Resolución, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos antes indica- dos, procede autorizar y exonerar del proceso de selec- ción correspondiente, la contratación de la entidad cita-da, bajo la causal de exoneración prevista en el inciso f) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre bienes o servicios queno admiten sustitutos De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementariasy modificatorias, la Directiva Nº 11-2001 CONSUCODE/ PRE y en uso de las facultades establecidas en el artí- culo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de Concurso Público a la contratación del Fondo Consolidado de Re- servas Previsionales -FCR, cuya representación correa cargo de la Oficina de Normalización Provisional, para el arrendamiento de sus oficinas ubicadas en el Centro Cívico y Comercial de Lima y del edificio Torre de Lima,hasta por la suma de US$ 102,458.93 (Ciento dos mil cuatrocientos cincuenta y ocho y 93/100 Dólares Norte- americanos), por un período de siete meses, hasta el 31de diciembre del 2003, donde funcionarán las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción la contratación de los servicios indicados mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento será con recursos directamente recaudados por la entidad. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente