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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2003 (28/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 244967 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de mayo de 2003 Huaraz, XI sede Ica, XII sede Arequipa y XIII sede Tac- na; en las que se ha descentralizado el Registro deEmbarcaciones Pesqueras. Dicho proceso deberá realizarse en el plazo máximo de treinta (30) días desde la vigencia de la presenteResolución. Artículo 2º.- Disponer el cierre de las partidas registra- les que existan en el Registro de Embarcaciones Pesquerasde la Zona Registral Nº IX, correspondientes a embarcacio- nes pesqueras cuyo contenido registral hubiera sido trasla- dado a otras Zonas Registrales, extendiéndose en la men-cionada partida un asiento con el siguiente tenor: "El contenido de la presente partida ha sido trasladado al Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Zona Registral Nº ............, sede ........................... partida electrónica Nº .......................................; quedando cerrada la presente par-tida por disposición de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº ...............-2003- SUNARP/SN, publicada en el Diario Oficial El Peruano, defecha ......... de mayo de 2003." Luego de lo que se consigna- rá el lugar, fecha y firma del registrador que la extiende. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Informáti- ca de la Zona Registral Nº IX, bajo supervisión de la Gerencia de Informática de la Sede Central de SUNARP,tomará las medidas necesarias para evitar que las par- tidas cerradas por disposición del artículo 2º, sean publi- citadas a los usuarios externos del Servicio de Publici-dad Registral en Línea, evitando así confusiones en la publicidad registral. De la misma manera se encargarán de la correcta replicación de los asientos de cierre a quese hace referencia en el artículo 2º. Tanto la inscripción de los asientos de cierre a que se refiere el artículo 2º, así como el proceso de replicacióny marcado a que se refiere el presente artículo deberán realizarse en el plazo máximo de treinta (30) días desde la vigencia de la presente Resolución. Artículo 4º.- Para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º de la presente Resolu- ción, las Zonas Registrales en las que exista Registrode Embarcaciones Pesqueras, informarán a la Zona Registral Nº IX, en el plazo de siete (7) días, la relación de partidas abiertas en el mencionado Registro comoconsecuencia del traslado. Artículo 5º.- Se encarga a la Gerencia de Informática de la Sede Central de SUNARP, que en coordinación con lascorrespondientes Áreas de Informática de las Zonas Regis- trales, supervise el traslado de la información alfanumérica de las partidas aludidas, y su adecuada incorporación en losíndices de cada Zona Registral, para la correcta concatena- ción de los asientos electrónicos generados, realizando la sincronización de los mismos hacia la bodega central dedatos de SUNARP, para su correcta visualización a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea. Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vi- gencia el día 2 de junio de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 09895 SUNAT Amplían relación de representantes de la SUNAT ante autoridades policiales, políticas, administrativas y judiciales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 114-2003/SUNAT AMPLÍA RELACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SUNAT ANTE AUTORIDADES POLICIALES, POLÍTICAS, ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES Y MODIFICA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2003/SUNAT Lima, 27 de mayo de 2003CONSIDERANDO: Que al amparo de lo dispuesto por el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, mediante la Reso- lución de Superintendencia Nº 025-2003/SUNAT se de-signaron representantes de la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria ante las autoridades po- liciales, políticas, administrativas y judiciales; Que resulta necesario ampliar la relación de represen- tantes de la SUNAT con las facultades contenidas en el Artículo 2º de la mencionada Resolución de Superinten-dencia, complementar las facultades de los funcionarios señalados en el Artículo 4º de dicha resolución y, ade- más, efectuar determinadas modificaciones conducen-tes a optimizar la defensa de los intereses de la institu- ción y de sus trabajadores; De conformidad con lo dispuesto en los incisos j) y u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la relación de representantes de la SUNAT a que se refiere el Artículo 1º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 025-2003/SUNAT, desig-nando a las siguientes personas: - Víctor Jesús Gandarillas Saavedra. - Marushka Naydú Mesa Pinto. - Hernando Manuel Olórtegui Araujo. Artículo 2º.- Sustituir el texto del Artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 025-2003/SUNAT, por el siguiente: "Artículo 3º.- El Intendente de Principales Contribu- yentes Nacionales, los Intendentes Regionales, losIntendentes de Aduanas, los Jefes de Oficinas Zonales, los Jefes de División de Reclamos de las Intendencias Regionales, los Jefes de Sección de Reclamos de lasOficinas Zonales y los Jefes de División y Departamen- to de Asesoría Legal de las Intendencias de Aduanas, o quienes hagan sus veces, tienen la condición derepresentantes y están premunidos de las facultades mencionadas en el artículo precedente, dentro del ámbi- to donde ejercen sus funciones y en casos que corres-pondan a aspectos de su competencia funcional." Artículo 3º.- Sustituir el texto del Artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 025-2003/SUNAT, por el siguiente: "Artículo 4º.- El Gerente de Reclamos de la Intenden- cia de Principales Contribuyentes Nacionales, el Geren- te de Procedimientos, Nomenclatura y Operadores de laIntendencia Nacional de Técnica Aduanera, el Gerente de Fiscalización de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera y el Jefe de la Ofici-na de Asuntos Contenciosos de la Intendencia de Pre- vención del Contrabando y Control Fronterizo, tienen la condición de representantes premunidos de las faculta-des y atribuciones mencionadas en el inciso a) del Artí- culo 2º referidas al proceso contencioso-administrativo, dentro del ámbito donde ejercen sus funciones." Artículo 4º.- Designar como representantes de la SUNAT con las facultades que se mencionan en el inci-so a) del Artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº 025-2003/SUNAT, referidas al proceso contencioso- administrativo, dentro del ámbito donde ejercen sus fun-ciones y en casos que correspondan a aspectos de su competencia funcional, a las siguientes personas: - Luis Alberto Aguilar Varillas - César Hilario Alarcón Ramírez - Elio Maximino Albarrán Burgos- Johnny Arancibia Guevara - José Carlos Barco Rondán - Gustavo Ricardo Bernuy Núñez- Javier Alonso Caballero Caballero - Nora Sonia Cabrera Torriani - Mario Javier Calle Cama