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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G33/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de noviembre de 2003 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G30/G39/G4D/G30/G32/G33/G34/G31/G20/G22/G43/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G4E/G75/G74/G72/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G41/G73/G69/G73/G2D /G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G50/G69/G75/G72/G61/G22 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 881-PE-ESSALUD-2003 Lima, 28 de octubre del 2003 VISTOS: La Carta Nº 2348-GDPI-ESSALUD-2003, el expe- diente de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341, Segunda Convocatoria, "Contratación delServicio de Alimentación y Nutrición para los CentrosAsistenciales de la Gerencia Departamental Piura"; y laCarta Nº 4184-OCAJ-ESSALUD-2003 de la Oficina Cen-tral de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecu- tiva Nº 017-PE-ESSALUD-2003 del 15 de enero del2003, se aprobó por situación de urgencia la exone-ración del Concurso Público para la contratación del Servicio de Alimentación y Nutrición de la Gerencia Departamental de Piura, autorizando que la presta-ción de dicho servicio se lleve a cabo a través de unaAdjudicación de Menor Cuantía, por un período decuatro meses, contados desde el 15 de enero al 15de mayo del 2003; Que, con fecha 14 de febrero del 2003, se convocó a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341, conel objeto de contratar el Servicio de Alimentación y Nutri-ción para los Centros Asistenciales de la Gerencia De-partamental Piura, por un valor referencial de S/.619,600.00 (seiscientos diecinueve mil seiscientos con 00/00 Nuevos Soles); Que, en dicho proceso de selección, se presentaron como postores: Inversiones Generales Teg & Lag S.R.L.y la Empresa de Servicios Río Santa S.R.L.; Que, el 20 de febrero del 2003, se llevó a cabo el acto de Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341, resultando adjudicada con la Buena Pro, la empresa Inversiones Generales Teg& Lag S.R.L.; Que, el 26 de febrero del 2003, la Empresa de Servi- cios Río Santa S.R.L. interpuso recurso de apelación con-tra la Evaluación de su propuesta técnica y contra el Otor- gamiento de la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecuti- va Nº 196-PE-ESSALUD-2003 del 15 de abril del 2003se declaró la nulidad de oficio de la Adjudicación deMenor Cuantía Nº 0309M02341, retrotrayéndose el proceso a la Etapa de Convocatoria, previa reformu- lación de las Bases, y disponiéndose que la Geren-cia Departamental Piura proceda de conformidad conlo establecido en el artículo 105º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do; Que, con Resolución Nº 144-SGAF-GDPI-ESSA- LUD-2003 del 23 de junio del 2003, se autorizó laejecución de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº0309M02341, Segunda Convocatoria, denominada"Contratación del Servicio de Alimentación y Nutri- ción" para los Centros Asistenciales de la Gerencia Departamental ESSALUD - Piura, por un valor refe-rencial de S/.619,600.00 (Seiscientos diecinueve milseiscientos y 00/100 Nuevos Soles), y se aprobó lasBases del referido proceso; Que, el 2 de julio del 2003, se convocó a la Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 0309M02341, Segunda Convocatoria, "Contratación del Servicio de Alimentacióny Nutrición" para los Centros Asistenciales de la Geren- cia Departamental Piura; Que, el Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341, según lo señalado en la Reso-lución de Presidencia Ejecutiva Nº 196-PE-ESSALUD-2003, adjudicó en forma inmediata la Buena Pro del re- ferido proceso de selección a la Empresa Inversiones Generales Teg & Lag S.R.L.; Que, según el artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, están exoneradas de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen en situación de emergencia ourgencia declaradas de conformidad con lo dispues-to en dicha norma; Que, el artículo 20º de la mencionada Ley, señala que las adquisiciones o contrataciones exoneradas se realiza- rán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía, debiendo ser aprobada mediante Resolución del Ti-tular del Pliego de la Entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la citada norma, se considera situación de urgen-cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma di- recta e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a laadquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el inciso 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es-tablece que la situación de urgencia debe entendersecomo una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o con- tratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjui-cio de que se realice el proceso de selección corres-pondiente para las adquisiciones y contrataciones defi-nitivas; Que, a la fecha de autorización de la ejecución del proceso, aprobación de las Bases y Convocato- ria del mismo, el período de cuatro (4) meses señala-do en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-PE-ESSALUD-2003 se encontraba vencido, por lo queen caso de susbsistir la urgencia debió llevarse a cabootra Adjudicación de Menor Cuantía, aprobada pre- viamente por Resolución del Titular del Pliego de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, la ejecución de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0309M02341, Segunda Convocatoria, se realizó fuera de los alcances de lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-PE-ES-SALUD-2003; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, po- drá declarar de oficio la nulidad del proceso de se-lección por alguna de las causales establecidas enel artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, son nulos los actos administrati-vos cuando son dictados por órgano incompetente,contravengan las normas legales, contengan un im-posible jurídico o prescindan de las normas esencia-les del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas prece- dentemente, corresponde declarar de oficio la nuli-dad de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº0309M02341, al haberse contravenido lo dispuestoen el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-PE-ESSALUD-2003;