Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2003 (03/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 3 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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aprobar el mencionado Memorandum de Entendimiento; Que, de acuerdo al literal n) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para ejecutar la politica aerea nacional, asi como para negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial; Que, asimismo, el Articulo 12º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que el Director General de Aeronautica Civil puede negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, los que para entrar en vigencia deben ser ratificados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27261 y 27791, y el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar el Memorandum de Entendimiento sobre Transporte Aerocomercial entre Autoridades Aeronauticas de los Estados Unidos Mexicanos y de la Republica del Peru, suscrito con fecha 10 de setiembre de 2003 por el Director General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, documento que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20117

como resultado del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Bellavista de la Provincia Constitucional del Callao, por el periodo comprendido entre enero y febrero de 2003; y la Hoja Informativa Nº 035-2003-CG/LOC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 2952003-CG, expedida el 3 de setiembre de 2003, y publicada el 6 de setiembre de 2003, se autorizo al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 239-2003CG/LOC, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Bellavista por el periodo comprendido entre enero y febrero de 2003, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; Que, mediante el recurso de vistos, el recurrente impugna el acto contenido en la Resolucion de Contraloria Nº 295-2003-CG, solicitando asimismo la suspension en la ejecucion del mismo, por considerar que los hechos constitutivos de indicios de la comision de los delitos de colusion defraudatoria y abuso de autoridad, que fueron descritos y motivaron la expedicion de la citada Resolucion, son parte de un MORDAZA penal actualmente en tramite, respecto del cual el organo jurisdiccional correspondiente declaro no ha lugar a la apertura de instruccion respecto de su persona, por lo que resultaria de aplicacion el MORDAZA del non bis in idem, recogido en el articulo 90º del Codigo Penal; Que, respecto a las autorizaciones al Procurador Publico para el inicio de las acciones legales correspondientes, la Contraloria General de la Republica ha emitido reiterados y uniformes pronunciamientos estableciendo que dichas autorizaciones tienen la calidad de actos de administracion interna destinados a organizar o hacer funcionar a la propia Entidad, a fin de que MORDAZA las autoridades competentes de la Administracion Publica las que realicen aquellos actos que producen sus efectos juridicos en forma directa, resultando por tanto actos inimpugnables, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2 del Art. 1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el Art. 206º del mismo cuerpo normativo; Que, el MORDAZA del non bis in idem en materia penal, invocado por el recurrente como sustento de su impugnacion, implica la prohibicion de que por un mismo hecho, en que MORDAZA identidad de sujeto, hecho y fundamento, una persona pueda ser sancionada dos veces, tanto en sede administrativa como judicial; sin embargo, para que el MORDAZA opere es necesario que exista un pronunciamiento firme y definitivo del organo judicial competente, aspecto que

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Desestiman reconsideracion contra resolucion que autorizo a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad de Bellavista
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 370-2003-CG MORDAZA, 30 de octubre de 2003 VISTOS, el Recurso de Reconsideracion, de fecha 18 de setiembre de 2003, interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Bellavista, contra la Resolucion de Contraloria Nº 295-2003-CG, emitida

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