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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G34/G38/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de noviembre de 2003 Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales contra EMPERATRIZ MARGARITA VARGAS MEJIA y los que resulten responsables, porpresunto delito Contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsedad Material e Ideológica, en agravio del Esta- do y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20598 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 520-2003-JEF/RENIEC Lima, 31 de octubre de 2003Visto el Informe Especial Nº 010-2003-2-0646 de la Gerencia de Auditoría Interna a la Gerencia Regional XIPuno; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 010-2003-2-0646 de la Ge- rencia de Auditoría interna se determinó que el ex Ge-rente de la Gerencia Regional XI, Sr. Mario Alberto To- rres Tumi, efectuó gastos de publicidad por S/. 2,950.00 con fondos asignados para el lanzamiento del semiauto-mático, no habiéndose acreditado la recepción del ser- vicio, contraviniéndose además las normas establecidas por la Gerencia de Administración para la ejecución degastos de dicho fondo; Que, el ex Gerente Regional Mario Alberto Torres Tumi, rindió cuentas por concepto de spots publicitariossobre certificaciones en TV Canal 9 de la ciudad de Puno mediante las facturas Nº 001-00035 por S/. 2,360.00 y Nº 001-00037 por S/. 590.00, emitidas por EdicionesPrensa Regional cuyo director es el Sr. Walter Alberto Rodríguez Flores, con fechas 4 de diciembre del 2001 y 15 de enero de 2002 respectivamente. Dichas facturasse pagaron con fondos provenientes de la asignación de fondos y rendición de cuentas por asignación de recur- sos financieros, Presupuesto Operativo Elecciones Ge-nerales 2001 - Presupuesto Empadronamiento distritos nuevos y Presupuesto de Implantación de Registro semiautomático; Que, mediante memorándum Nº 236-2003-GO/JR3/ PUN/RENIEC del 19 de marzo de 2003, la Jefatura Regio- nal de Puno, indicó a la Comisión de Auditoría que en susarchivos no existe documentación que evidencie la recep- ción de los servicios publicitarios facturados y que no fue posible la ubicación del emisor de las facturas, en los do-micilios que figuran en dichos documentos, así como en su documento nacional de identidad; Que, asimismo a través del memorándum Nº 066-2002/ GCI/EE.9 se requirió a la Jefatura Regional Puno a fin de que solicite a la empresa Global Service EIRL Canal 9 de Puno, informe si ha proporcionado servicios de publicidad,toda vez que anteriormente, mediante carta de fecha 8 de abril de 2003 dirigida al Jefe Regional de Puno, la Adminis- tradora de dicha empresa, indicó que el señor Walter Al-berto Rodríguez Flores, no laboraba en su representada y que en relación a la publicidad facturada, no se tenía ante- cedentes sobre el particular; Que, los presuntos gastos de publicidad efectuados, ascienden a S/. 2,360.00 y S/. 590 respectivamente, exce- diendo el monto límite de S/. 500.00 establecido para cadaadquisición de bienes o servicios, aprobado por el Instruc- tivo de Asignación de fondos y rendición de cuentas por Asignación de Recursos Financieros - presupuesto Ope-rativo Elecciones Generales 2001 - Presupuesto Empadro- namiento distritos nuevos y Presupuesto de Implantación de Registro Semiautomático remitido a las Gerencias Re-gionales mediante Circular Nº 07-2001/GAF/DTE, rubro 11; el cual indica que el monto máximo para cada adquisición de bienes o servicios es de S/. 500.00, no habiendo tam-poco solicitado oportunamente el ex Gerente Regional Mario Torres Tumi, la autorización ante el nivel o instancia competente de la entidad, a fin de regularizar dicha situa- ción; Que, siendo así los hechos descritos, se advierte la existencia de indicios razonables de perjuicio económico a la entidad, al no estar los gastos observados debidamentesustentados de acuerdo a la normatividad institucional y legal vigente a la fecha en que fueron ejecutados; así como de responsabilidad penal en las personas de Mario AlbertoTorres Tumi y Walter Alberto Rodríguez Flores, al encon- trarse previstas sus conductas en lo señalado por los artí- culos 190º, 377º, 387º, 425º y 438º del Código Penal vi-gente; Que, en atención a los considerandos precedentes re- sulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que interponga las acciones lega- les que correspondan en defensa de los intereses del Es-tado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Ci- vil contra Mario Alberto Torres Tumi y Walter Alberto Rodrí- guez Flores respectivamente; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MARIO AL- BERTO TORRES TUMI, por presunto delito contra la Ad-ministración Pública en las modalidades de abuso de autoridad y malversación de fondos y por delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Genérica, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, y contra WALTER ALBERTO RO- DRÍGUEZ FLORES por presunto delito contra el patri-monio en la modalidad de apropiación ilícita y por delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Gené- rica en agravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20597 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1664-2003-MP-FN Lima, 7 de noviembre de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el nombramiento de Fiscales en calidad de Provi- sionales es de carácter temporal sujeto a que las plazas que ocupan las cubran los Fiscales Titulares nombradospor el Consejo Nacional de la Magistratura; Estando a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de los Fiscales Adjuntos Superiores Provisionales del Dis-trito Judicial de Lima, que a continuación se detallan: