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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 POR CUANTO: El Concejo Provincial de Yauyos, en la Sesión Ordina- ria del 29 de marzo del 2003 CON EL VOTO DE LA MAYO-RÍA LEGAL DE LOS SEÑORES REGIDORES y con dis- pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha apro- bado la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 70º, 191º, 192º Inc. 2 y 193º de la Constitución Política del Estado, el artículo 10º inciso 3), Art. 36º Inc. 3, Art. 70º nume-ral 3. Art. 86º, Art. 89º, relacionado con el incumplimiento, par- cial o total que motiva una donación Art. 109º, Art. 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº23853. Así como el antepenúltimo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia, den- tro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Decreto Legislativo Nº 804 del 23-3-96 dispone que las donaciones de bienes patrimoniales efectuadas entre entidades públicas o de éstas a las No Públicas seaprobará por Resolución Suprema, refrendada por el Mi- nisterio del Sector al cual pertenece la entidad donante; Que, la Municipalidad Provincial, mediante Sesión Ex- traordinaria del 18 de enero de 1991, aprobó ADJUDICAR el terreno urbano sito en la esquina formado por la calle Comercio y Enrique Swayne, de un área superficial de 830m2. Al Instituto Pedagógico, para que allí se construya, el local, para uso exclusivo del Instituto Pedagógico. Hecho que se lleva a efecto mediante Acuerdo de Concejo Nº 001de fecha 19 de enero de 1991, mediante el cual la Municipali- dad Provincial de Yauyos, cedió el inmueble, descrito ante- riormente, a favor del Instituto Pedagógico; Que, en mérito al Acuerdo de Concejo Nº 001 MPY- de fecha 19-1-1991, se expidió la RESOLUCIÓN DE AL- CALDÍA Nº 001-CPY-91, de fecha 19 de enero de 1991,mediante el cual la Municipalidad Provincial de Yauyos, entregaba en donación, el inmueble sito en la esquina de la calle Comercio y Enrique Swayne, al Instituto Pedagógico; En vista que, el Instituto Pedagógico no realizó acto al- guno de posesión, ni menos realizó actos, para regularizar y culminar los trámites de cesión, donación o adjudicación;la Municipalidad, siguió teniendo la posesión del lote urba- no, construyó el Edificio denominado "Centro Cívico"; En mérito al Art. 89º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, que dispone "Que el incumplimiento parcial o total de la finali- dad que motivó la donación o cesión, del inmueble; ÉSTE RE- VIERTE AL DOMINIO MUNICIPAL. "Y siendo este caso, lasituación del inmueble cedido al Instituto Pedagógico donde posterior a la ADJUDICACIÓN CESIÓN O DONACIÓN, la Municipalidad siguió ejerciendo la posesión, elaboró proyec-tos, aprobó la construcción del Edificio conocido como Centro Cívico, siguió ejerciendo el derecho de propiedad, incluso sus- cribió contratos de arrendamiento con la Unidad de ServiciosEducativos Nº 13 de Yauyos. Mientras que el Instituto Pedagó- gico, no realizó acto alguno, para concretar la transferencia del inmueble a su favor, es más el acto de sesión, adjudicación o donación, no consta por Escritura Pública, por lo que en apli-cación del Art. 89º de la Ley Orgánica de Municipalidades, por el INCUMPLIMIENTO TOTAL DE LA FINALIDAD QUE MOTI- VÓ LA DONACIÓN O CESIÓN EL INMUEBLE DEBE RE-VERTIR A FAVOR DE LA Municipalidad; Estando al informe de Asesoría Jurídica y el artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, elConcejo Municipal con el voto UNÁNIME, ha dado la si- guiente Ordenanza; ORDENANZA REVERTIR A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD TODOS LOS TERRENOS DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DONADOS A TERCEROS POR NO HABER REALIZADO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL Artículo 1º.- Reviértase a favor de la Municipalidad Pro- vincial de Yauyos, el inmueble cedido mediante Resolución de Alcaldía Nº 001-CPY-91, en mérito al Acuerdo Nº 01 de fecha 19 de enero del año 1991. Sito en la calle Comercio yEnrique Swayne, en aplicación del Art. 89º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, por el incumplimiento total de la fina- lidad que motivó la cesión o donación del inmueble. Artículo 2º.- Reviértase a favor de la Municipalidad Provincial de Yauyos, todos los lotes de terrenos, urbanos, rústicos, sus fábricas, de propiedad de la MunicipalidadProvincial de Yauyos, que han sido entregados en dona- ción, uso, u otra modalidad a instituciones públicas o priva- das sin haber realizado el saneamiento físico-legal mediantela suscripción de las Escrituras Públicas de acuerdo a ley. Artículo 3º.- Declarar la Nulidad de oficio de todos los Acuerdos, Actas, Resolución de Alcaldía u otro documento,que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Dejar sin efecto toda norma que se opon- ga a la presente Ordenanza Municipal; asimismo, facúlte-se al señor Alcalde para que, mediante Decreto amplíe la vigencia de la presente ordenanza. Artículo 5º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza al Órgano de Asesoramiento y al Director Mu- nicipal para el saneamiento físico legal de las propiedades de la Municipalidad. Encárguese la publicación por el Diario Oficial El Pe- ruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS A. KELLY PONCE MARTÍNEZ Alcalde Provincial de YauyosREGIÓN LIMA 21072 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicarsus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU