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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 98

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G30/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 - Representante del Concejo de coordinación local. - Representante del Concejo participativo Distrital de Educación de Lurín. Artículo Segundo.- El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurín tendrá las atribuciones y funciones previstas en la Ley Nº 27933; y la conformación nominalde sus miembros se formalizará a través de Resoluciones de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 21067 /G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G6E/G20/G6F/G70/G69/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G64/G65 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G72/G72/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G62/G6C/G65/G20/G74/G65/G72/G6E/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 121-2003/ML Lurín, 6 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNPOR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de noviembre, bajo la presidencia del señor Alcalde, José Luis Ayllón Miní y con la asistencia de los señores Regidores laSra. Elsa Andrade Vilca, Sra. Leonor Casimiro Reyes, Sr. Jorge Laviña Pérez, Sr. Gustavo Espinoza Soto y Sr. Car- los Cuadros Solís; el Expediente Nº 4417 de fecha 6 no-viembre del 2003 SGIT-157/2003, de Luz del Sur referente al Inicio de las Obras de Traslado de la Línea de Alta Ten- sión L-621/622; y, CONSIDERANDO: Que, el Director de Secretaría Técnica, mediante Informe Nº 062-2003-OST/ML opina que no debe de aceptarse la propuesta de modificación del recorrido deltramo de la línea del doble terna de 60 KV. comprendido entre las torres 75-A y 91 propuesto por Luz del Sur por- que afecta el plan urbano del distrito para el mejoramientode la Antigua Panamericana Sur, debiendo requerirse a Luz del Sur la elaboración de un estudio integral que in- volucre además de la propuesta planteada, la integra-ción de esta línea de alta tensión con las líneas prima- rias de 10 KV existentes y la línea de alumbrado público existente y la proyectada, todas ubicadas en la secciónvial de la Antigua Panamericana Sur, debiendo reco- mendar a Luz del Sur que el tendido de redes sea subte- rráneo de tal manera que nos permita ejecutar los traba-jos de mejoramiento del ornato de la Panamericana, de- biendo hacerse en forma coordinada con todas las empresas de servicios; Que, la Empresa Luz del Sur cuenta con la autoriza- ción técnica emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Resolución Directoral Nº 3649-2003-MML/DMTU-DGTO-DSOV de fecha 15.10.03, la misma que autoriza el inicio de la obra conforme al proyecto aprobado; Que, de la revisión de los planos presentados en la comunicación de Luz del Sur para el inicio de obras se ha constatado que la línea de alta tensión de 60 KV se encuentra en la berma ubicada entre la Antigua Pana-mericana Sur y la Vía Auxiliar Este, lo que representa un riesgo ante la eventualidad de accidentes de tránsi- to, y que se ha ubicado una torre frente al grifo SantaRosa existente lo que incrementa el riesgo ante una eventualidad; Contando con el Voto Unánime de los señores Regido- res, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Comunicar a la Empresa Luz del Sur y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, que la Municipalidad de Lurín es de opinión que la obra de Modi-ficación del recorrido del tramo de la Línea de doble terna60 KV no debe ser ejecutado conforme al proyecto apro- bado. Artículo Segundo.- Recomendar a Luz del Sur evalúe la propuesta planteada por la Municipalidad de Lurín en elprimer considerando del presente acuerdo. Artículo Tercero.- Recomendar a la Municipalidad Metropolitana de Lima que revise de oficio la autorizaciónotorgada a Luz del Sur para el inicio de la obra, toda vez que las torres proyectadas se ubicarían en la berma entre la Antigua Panamericana Sur y la Vía Auxiliar Este, por loque existe competencia jurisdiccional compartida con la Municipalidad de Lurín. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 21069 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G2D /G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G2D /G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D /G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ORDENANZA Nº 077 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 30.10.03 aprobó por unanimidad el In- forme Nº 0173-2003-MDR-DPV de la Dirección de Partici- pación Vecinal de fecha 14.10.03, sobre Conformación delConsejo de Coordinación Local Distrital, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado modifica- da mediante Ley 27180 (Ley de Reforma Constitucio- nal) establece en su Artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia; así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º y 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, ejerce sus funciones normativas mediante ordenanzas; Que, el Artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgá- nica de Municipalidades, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital estará constituido por el Al- calde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal fun-ción en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; los alcaldes de los Centros Poblados y los representan- tes de las organizaciones sociales. Asimismo, indica quela proporción de los representantes de la Sociedad Civil será del 40% del número que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Dis-trital y la totalidad de los alcaldes de centros poblados de la jurisdicción distrital; Que, el referido dispositivo establece que los represen- tantes de la sociedad civil son elegidos democráticamen- te, por un período de 2 años, de entre los delegados legal- mente acreditados de las organizaciones de nivel distrital,que se hayan inscrito en el Libro de Registro que para tal efecto abrirá la Municipalidad Distrital, motivo por el cual las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), interesa-das en participar en las elecciones para elegir a sus repre- sentantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital del Rímac, deberán previamente registrarse en el Libro deRegistro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, de conformidad con el Art. 104º de la Ley Nº 27972, corresponde al Consejo de Coordinación Local Distrital coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Dis- trital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital;en concordancia con lo estipulado en el Instructivo Nº 002- 2003-EF/76.01, Instructivo para la Programación Partici- pativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y