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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G33/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de noviembre de 2003 de la avenida San Francisco, Mz. 34C, Lt. 1, Sector San Francisco de la Cruz, distrito de San Juan de Miraflores,provincia y departamento de Lima; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con-cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito elsuelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, pla-zas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal,así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneaseléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba-do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 263-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com-pacta subterránea de distribución para Servicio Público deElectricidad Nº 5647, ubicada en la vereda y berma lateralde la avenida San Francisco, Mz. 34C, Lt. 1, Sector SanFrancisco de la Cruz, distrito de San Juan de Miraflores,provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la docu-mentación técnica y los planos proporcionados por la em-presa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31142303 Subestación de Distri bución Suel o: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5647. 18,05 m2del Estado Ubicación: distrito de San Juan de y aires (vía pública)Miraflores, provincia ydepartamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Este NorteA 286 686,40 8 656 232,87B 286 684,99 8 656 231,60C 286 691,37 8 656 224,55D 286 692,78 8 656 225,83 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra dañoni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20155 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 563-2003-MEM/DM Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31146603 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes públicos, indispensable parala instalación de la subestación compacta subterránea dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5638; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitadola imposición de servidumbre de ocupación de bienes públi- cos para la instalación de la subestación compacta subte-rránea de distribución para Servicio Público de ElectricidadNº 5638, ubicada en la vereda y berma lateral de la CalleSan Martín, Mz. 180, Lt. 11, Sector Vallecito Alto, distrito deVilla María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con-cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito elsuelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, pla-zas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal,así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneaseléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba-do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 290-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com-pacta subterránea de distribución para Servicio Público deElectricidad Nº 5638, ubicada en la vereda y berma lateralde la Calle San Martín, Mz. 180, Lt. 11, Sector VallecitoAlto, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departa-mento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica ylos planos proporcionados por la empresa, conforme al si-guiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31146603 Subestación de Di stribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5638. 11,96 m2del Estado Ubicación: distrito de Villa María y aires (vía pública)del Triunfo, provincia ydepartamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Este NorteA 288 803,67 8 657 424,08B 288 801,14 8 657 423,49C 288 800,09 8 657 427,96D 288 802,62 8 657 428,56 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan-do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20156 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 579-2003-MEM/DM Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31139302 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes públicos, indispensable parala instalación de la subestación compacta subterránea dedistribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5653;