Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2003 (17/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 17 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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vidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 20149

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 557-2003-MEM/DM
MORDAZA, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31125102 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 6574; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 6574, ubicada en la Avenida Circunvalacion (Alameda Los Girasoles) esquina con la MORDAZA E-3 (Pasaje Las Orquideas), urbanizacion Los Girasoles de Huampani, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo al articulo 229º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, el concesionario ha consignado judicialmente a favor del propietario afectado el monto de la compensacion valorizada por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 249-2003-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion del bien de propiedad de Recreacional Huampani Alto S.R.Ltda. (Club Residencial Los Girasoles de Huampani), para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 6574, ubicada en la Avenida Circunvalacion (Alameda Los Girasoles) esquina con la MORDAZA E-3 (Pasaje Las Orquideas), urbanizacion Los Girasoles de Huampani, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de servidumbre Propietario MORDAZA de terreno

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 20150

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 558-2003-MEM/DM
MORDAZA, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31124802 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6575; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6575, ubicada en la MORDAZA C-10 (Pasaje Niagara), cruce con la MORDAZA C-16 (Pasaje Iguasu), proxima al Lote 1 de la Mz. E-MC, urbanizacion Los Girasoles de Huampani, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo al articulo 229º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, el concesionario ha consignado judicialmente a favor del propietario afectado el monto de la compensacion valorizada por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 252-2003-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion del bien de propiedad de Recreacional Huampani Alto S.R.Ltda. (Club Residencial Los Girasoles de Huampani), para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 6575, ubicada en la MORDAZA C-10 (Pasaje Niagara), cruce con la MORDAZA C-16 (Pasaje Iguasu), proxima al Lote 1 de la Mz. E-MC, urbanizacion Los Girasoles de Huampani, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

31125102 Subestacion de Distribucion Suelo: Recreacional MORDAZA Electrica Nº 6574. 9,00 m2 Huampani Ubicacion: distrito de Lurigancho, y aires Alto S.R.Ltda. provincia y departamento de Lima. (Club Coordenadas UTM: Residencial Vertice Norte Este Los Girasoles A 8 676 365,68 306 167,57 de Huampani) B 8 676 367,69 306 169,79 C 8 676 365,46 306 171,80 D 8 676 365,68 306 169,57

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