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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G36/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 22 de noviembre de 2003 ECONOMÍA Y FINANZAS /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G6E/G6F/G76/G65/G6E/G61/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G73/G6F/G72/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G55/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G30/G2D /G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 078-2003-EF/77.17 Lima, 21 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2003 se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas para que através de la Dirección General del Tesoro Público emitaLetras del Tesoro Público, como instrumentos de inversiónde corto plazo, con plazos de vencimiento menores o igua-les a un año; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 3º del cita- do Decreto de Urgencia las condiciones generales de laemisión y el monto de las mismas, serán aprobados porResolución Directoral de la Dirección General del TesoroPúblico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Ur- gencia Nº 010-2003; SE RESUELVE:Artículo Único.- La novena emisión de Letras del Te- soro Público en el marco del Decreto de Urgencia Nº 010-2003 será en los términos y condiciones siguientes: Emisor : La R epública del Perú Denominación : Letras del Tesoro Público Moneda de emisión : Nuevos SolesValor nominal : S/. 100 000,00 (Cien mil nuevos so- les) Monto : Hasta S/. 80 000 000,00 (Ochenta mi- llones de nuevos soles) Plazo de vencimiento : 36 díasRedención : Al v encimiento se cancelará el ínte- gro del capital Mecanismo de colocación : Subasta Opción de rescate : No tendrá opción de rescateSaldo en circulación : 3 650 unidadesAgente colocador : Banco de la NaciónFecha de subasta : A ser comunicado por el Agente Co- locador (Numeral 3.1 del Reglamentode Adquisición y Negociación de Le-tras del Tesoro Público); aprobado porla R.M. Nº 120-2003-EF/77 del 27 demarzo de 2003. Regístrese y comuníquese. MARCELINO CÁRDENAS TORRES Director General del Tesoro Público 21781 ENERGÍA Y MINAS /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G73/G65/G72/G2D /G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G2C/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F /G79/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 564-2003-MEM/DM Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 21110400, sobre imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para cus-todia, conservación y reparación de las obras e instalacio-nes la línea de transmisión de 10 kV SE Paramonga Nueva– SE Estación Repetidora Cerro Lomas de Pativilca; y, lasolicitud de transferencia presentada por Red de Energíadel Perú S.A. (REP);CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 047-2002- EM de fecha 15 de noviembre de 2002, Red de Energía delPerú S.A. (REP) es titular de la concesión definitiva paradesarrollar la actividad de transmisión de energía eléctri-ca, entre otras, de la línea de transmisión de 220 kV SEZapallal - SE Paramonga Nueva – SE Chimbote 1; Que, la línea de transmisión antes indicada integró la concesión otorgada originalmente a favor de Empresa deTransmisión Eléctrica Centro Norte S.A. (ETECEN) me-diante la Resolución Suprema Nº 081-94-EM de fecha 17de noviembre de 1994, que a su vez aprobó el Contrato deConcesión Nº 033-94, Que, en mérito de la concesión definitiva referida en el considerando que antecede, se impusieron a favor de ETE-CEN las servidumbres de electroducto y de tránsito paracustodia, conservación y reparación de las obras e insta-laciones de la línea de transmisión de 10 kV SE Paramon-ga Nueva – SE Estación Repetidora Cerro Lomas de Pati-vilca, mediante la Resolución Ministerial Nº 335-2002-EM/DM de fecha 25 de julio de 2002; Que, en razón del Contrato de Cesión de Posición Con- tractual suscrito con fecha 5 de setiembre de 2002 entreETECEN y REP, la primera cede a favor de la segunda suposición contractual frente al Estado en los derechos yobligaciones establecidos en el Contrato de Concesión Nº033-94; Que, de acuerdo con los artículos 1175º y 1176º del Código Civil, concordados con el artículo 111º del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artí-culos 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléctricaes un derecho que se constituye en beneficio de la conce-sión definitiva, sólo puede transmitirse con ella y subsistemientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia citada, REP adquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la conce-sión definitiva, entre los cuales se encuentran las servi- dumbres de electroducto y de tránsito para custodia, con-servación, reparación de las obras e instalaciones de lalínea de transmisión de 10 kV SE Paramonga Nueva - SEEstación Repetidora Cerro Lomas de Pativilca, cuya trans-ferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la co-rrespondiente Resolución Ministerial, de acuerdo con elartículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re-quisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emiti-do el Informe Nº 188 -2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de las servidumbres de electroducto y de tránsitopara custodia, conservación y reparación de las obras einstalaciones de la línea de transmisión de 10 kV SE Para-monga Nueva – SE Estación Repetidora Cerro Lomas dePativilca, que fueran impuestas mediante la ResoluciónMinisterial Nº 335-2002-EM/DM de fecha 25 de julio de2002. Artículo 2º. - Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbresde electroducto y de tránsito para custodia, conservación,y reparación de las obras e instalaciones, de acuerdo conlo dispuesto por la Ley de Concesiones Eléctricas, su Re-glamento y la Resolución Ministerial Nº 335-2002-EM/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20161 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 565-2003-MEM/DM Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 41105899, sobre imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones yde tránsito para custodia, conservación y reparación delas obras e instalaciones de la Estación Repetidora Nueva