Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2003 (22/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 255686

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de noviembre de 2003

3º.- El area habilitada sanitariamente senalada en el numeral 1º queda sujeta a vigilancia sanitaria periodica, a fin de determinar su aptitud higienico-sanitaria, pudiendo modificarse la presente resolucion si existieran riesgos sanitarios en dichas areas. 4º.- Las areas de bancos naturales que no se mencionan en la presente resolucion se consideran prohibidas sanitariamente para la recoleccion de moluscos bivalvos. Las autoridades competentes velaran por el cumplimiento de la presente resolucion a fin de salvaguardar la salud publica y los intereses nacionales. 5º.- Dejese sin efecto la Resolucion Directoral Nº 0931/ 2003/DIGESA/SA, de fecha 20 de agosto del 2003 referente a la habilitacion sanitaria de las areas comprendidas en zonas de bancos naturales de moluscos bivalvos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA Directora General 21681

CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC), conforme a las facultades que la Ley le confiere y tal como lo establece el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0502001-MTC, es competente para aprobar sus manuales tecnicos y de procedimientos; Que, mediante Memorandum Nº 2108-2003-MTC/ 12.04, el Director de Seguridad Aerea, comunica que se ha elaborado el Manual del Inspector AVSEC Nº MM-VASEC-006, denominado MANUAL DEL INSPECTOR DE SEGURIDAD (MIS), el mismo que ha sido revisado por el Departamento de Normatividad, Procedimientos y Publicacion de la citada Direccion , por lo que solicita que se expida la Resolucion Directoral correspondiente; Que, las normas que contiene el Manual del Inspector de Seguridad (MIS), regula en forma precisa las atribuciones y funciones que los Inspectores AVSEC, de la Direccion General de Aeronautica Civil, ostentan en su representacion, precisandolas con el fin de posibilitar un control mas efectivo sobre las distintas personas naturales y juridicas que intervienen en la actividad aeronautica Civil; Que, el mencionado Manual y los procedimientos tecnicos que en el se detallan han sido formulados en base a las Normas y Regulaciones Tecnicas del Peru referidas a Seguridad de la Aviacion y son aplicables a la Certificacion, Inspeccion y Vigilancia de Explotadores Aereos, Centros de Instruccion, Escuelas de Pilotos, Aeropuertos y Aerodromos, Servicios Especializados Aeroportuarios y Agentes Acreditados; Que, las Normas y Regulaciones que contiene el referido Manual del Inspector de Seguridad, estan basadas en los Anexos y Documentos de la OACI correspondientes, habiendose comunicado, conforme a los procedimientos establecidos, sobre las discrepancias existentes, por lo que se hace necesario aprobarse mediante la expedicion de la Resolucion Directoral correspondiente; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 050-2001-MTC/15.16 y a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Manual del Inspector de Seguridad (MIS), de la Direccion General de Aeronautica Civil, del Ministerio de Transportes Y Comunicaciones, cuyo texto original se adjunta a la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el Manual del Inspector de Seguridad se encuentre a disposicion del publico en el Website de la Direccion General de Aeronautica Civil al cual se puede acceder en: http: // www.mtc.gob.pe/ dgac.html. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BEZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 21509

Dejan sin efecto el articulo 9º del Manual de Procedimientos de Autorizacion Sanitaria de Aditivos Alimentarios
DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL "DIGESA" RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1249/2003/DIGESA/SA
MORDAZA, 10 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Manual de Procedimientos de Autorizacion Sanitaria de Aditivos Alimentarios aprobado por Resolucion Directoral Nº 0775/2003/DIGESA/SA del 16 de MORDAZA del 2003 establece en su articulo 9º la prohibicion de importar aditivos y mezcla de aditivos cuyo comercio, distribucion y consumo no este permitido en nuestro MORDAZA y en el MORDAZA de origen por constituir riesgo, para la salud; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27932 del 11 de febrero de 2003 prohibe la adicion de sustancias quimicas, ingredientes y productos peligrosos para la salud en alimentos destinados directa o indirectamente al consumo humano, en cualquier etapa del MORDAZA de produccion; Que, dentro de nuestro ordenamiento constitucional se establece la jerarquizacion de las normas senalando que la ley prevalece sobre normas de menor jerarquia, de tal manera que la Ley Nº 27932 establece el MORDAZA normativo al que deben circunscribirse las disposiciones sobre la materia que regula, dentro del cual se encuentran comprendidas las importaciones de productos que contengan sustancias riesgosas para la salud de las personas consumidoras; De conformidad a la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, Ley Nº 26842 - Ley General de Salud y Decreto Supremo Nº 007-98-SA - Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto el articulo 9º del Manual de Procedimientos de Autorizacion Sanitaria de Aditivos Alimentarios aprobado por Resolucion Directoral Nº 0775/2003/DIGESA/SA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Director General 21685

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de Vocal Supremo y Secretaria de Vocalia de Instruccion a EE.UU. para recibir declaraciones testimoniales ordenadas en instrucciones seguidas contra MORDAZA Fujimori Fujimori
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 143-2003-CE-PJ
MORDAZA, 12 de noviembre del 2003 VISTO: Los Oficios Nºs. 11 y 14-03, cursados por el Vocal Supremo Instructor (p) senor MORDAZA MORDAZA Lecaros Cornejo; y,

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Manual del Inspector de Seguridad de la Direccion General de Aeronautica Civil
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 247-2003-MTC/12 MORDAZA, 5 de noviembre de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.