Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2003 (26/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 26 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES
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tada y permanente, que promueva la cooperacion entre todos los actores, optimice el uso de los recursos financieros, fisicos y humanos, estimule la inversion privada, las exportaciones y la competitividad regional y local, propicie el manejo sustentable de los recursos naturales, coordine las acciones para una efectiva lucha contra la pobreza y coadyuve al MORDAZA de consolidacion de la institucionalidad y gobernabilidad democratica en el pais. El MORDAZA de presupuesto participativo se desarrolla en el MORDAZA de las orientaciones, aportes y prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertado a nivel regional y local y, considerando los lineamientos de politica de caracter nacional o sectorial y armonizado con los Planes Institucionales de las entidades publicas que participan del MORDAZA g) Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes Participantes convocadas por los Presidentes Regionales y Alcaldes con la finalidad de identificar desde una perspectiva tematica y territorial los problemas y las potencialidades de la Region, Provincia o Distrito asi como tambien proponer acciones que implementar. En estos talleres de trabajo se definen tambien los criterios de priorizacion para las acciones propuestas con el fin de atenderlos en orden de prioridad MORDAZA las restricciones de recursos presupuestarios existentes. h) Equipo Tecnico: Lo integran los profesionales y tecnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la Oficina de Programacion e Inversion en el Gobierno Regional y Local, o quienes MORDAZA sus veces, pudiendo estar integrado, ademas, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del area de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Local y tiene la mision de brindar soporte tecnico en el desarrollo del MORDAZA del presupuesto participativo, asi como la de desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica a que hace referencia el articulo 8º del Reglamento. Articulo 2º.- Alcance Se encuentran sujetos al presente Reglamento las entidades publicas bajo el ambito de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Articulo 3º.- Objetivos El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: a) Mejorar la eficiencia en la asignacion y ejecucion de los recursos publicos de acuerdo a las prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales y Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, concertacion y paz en la sociedad. b) Reforzar la relacion entre el Estado y la Sociedad, introduciendo formalmente en el ambito de la gestion publica una nueva forma de comprender y ejercer la ciudadania en el MORDAZA de un ejercicio creativo y complementario de mecanismos de democracia directa y democracia representativa que genera compromisos y responsabilidades compartidas. c) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estrategicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementacion de las acciones del Estado y la sociedad en su conjunto. d) Fijar prioridades en la inversion publica, estableciendo un orden de prelacion para la ejecucion de los proyectos declarados viables bajo las normas tecnicas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica; asi como garantizar la sostenibilidad de la inversion ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fiscal actual o en los siguientes segun corresponda. e) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecucion del presupuesto y fiscalizacion de la gestion, fortaleciendo las capacidades regionales y locales para fines del MORDAZA participativo y vigilancia ciudadana.

Articulo 4º.- Instancias del Presupuesto ParticipatiEstan constituidas por el Consejo de Coordinacion Regional, Consejo de Coordinacion Local Provincial y el Consejo de Coordinacion Local Distrital con el objeto de coordinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo de los procesos de los presupuestos participativos dentro del ambito regional y local. TITULO II DESARROLLO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO Articulo 5º.- Identificacion de los Agentes Participantes El Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza, dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Local establecera mecanismos de registro complementarios a los ya existentes. Con el proposito de lograr una amplia participacion y representatividad de la Sociedad Civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundira por los medios adecuados el inicio del MORDAZA de Identificacion de Agentes Participantes en el MORDAZA del MORDAZA del presupuesto participativo. Articulo 6º.- Capacitacion a los Agentes Participantes de las Instancias del Presupuesto Participativo La Direccion Nacional del Presupuesto Publico en coordinacion con el Consejo Nacional de Descentralizacion, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, los Organismos de la Sociedad Civil y de Cooperacion Internacional, implementara programas de capacitacion descentralizada en temas de programacion y presupuesto regional y municipal, procesos de planeamiento y concertacion, inversion publica y otros que se consideren necesarios, en el MORDAZA del Plan Nacional de Capacitacion a que se refiere el articulo 86º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; sin perjuicio, de las que organicen, en los mismos temas, los Gobiernos Regionales o Locales. Articulo 7º.- Desarrollo de los Talleres de Trabajo El desarrollo de los Talleres de Trabajo comprende dos momentos diferenciados. En el primero de ellos el Presidente Regional o MORDAZA convoca a los Agentes Participantes y comunidad en general, para presentar, actualizar o desarrollar el Plan de Desarrollo Concertado de la jurisdiccion y para rendir cuentas sobre el avance en el logro de los objetivos estrategicos y una evaluacion de los resultados del MORDAZA participativo y presupuestario del ano previo. El MORDAZA momento comprende el desarrollo de reuniones de trabajo en las que, desde una perspectiva tematica y territorial, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Concertado, se identifican problemas por resolver, potencialidades que aprovechar y se proponen acciones a implementar y compromisos por asumir para el desarrollo de tales acciones, siendo los resultados consolidados por el Equipo Tecnico. En este MORDAZA momento, se tienen dos tipos de talleres de trabajo: 7.1 Taller de Diagnostico Tematico y Territorial.- En los Talleres de Diagnostico Tematico, los Agentes Participantes, en reuniones con sus representados y en reuniones de Agentes Participantes, discuten y analizan la situacion de la Region o Provincia desde la perspectiva del desarrollo social, economico y ambiental. Por su parte, en los Talleres de Diagnostico Territorial, se identifican problemas y potencialidades en temas relevantes de la jurisdiccion tratando de abarcar todos los ambitos territoriales, preferentemente en el nivel de Gobierno Local Distrital. En estos talleres ademas, se sugieren acciones a implementar con el fin de resolver los problemas o aprovechar las potencialidades identificadas, debiendo, en el ambito del Gobierno Regional y del Gobierno Local Provincial, proponerse acciones con impacto regional y provincial, respectivamente. Asimismo, se senalan los compromisos que estan dispuestos a asumir las organizaciones de la Sociedad Civil, organismos publicos o la cooperacion tecnica internacional, para la implementacion de tales acciones.

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