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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G39/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de noviembre de 2003 tada y permanente, que promueva la cooperación entre todos los actores, optimice el uso de los recursos fi-nancieros, físicos y humanos, estimule la inversión pri-vada, las exportaciones y la competitividad regional ylocal, propicie el manejo sustentable de los recursosnaturales, coordine las acciones para una efectiva lu- cha contra la pobreza y coadyuve al proceso de conso- lidación de la institucionalidad y gobernabilidad demo-crática en el país. El proceso de presupuesto partici-pativo se desarrolla en el marco de las orientaciones,aportes y prioridades establecidas en los planes dedesarrollo concertado a nivel regional y local y, consi- derando los lineamientos de política de carácter nacio- nal o sectorial y armonizado con los Planes Institucio-nales de las entidades públicas que participan del pro-ceso g) Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes Parti- cipantes convocadas por los Presidentes Regionales y Alcaldes con la finalidad de identificar desde una pers- pectiva temática y territorial los problemas y las poten-cialidades de la Región, Provincia o Distrito así comotambién proponer acciones que implementar. En estostalleres de trabajo se definen también los criterios depriorización para las acciones propuestas con el fin de atenderlos en orden de prioridad dadas las restriccio- nes de recursos presupuestarios existentes. h) Equipo Técnico: Lo integran los profesionales y técnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; losfuncionarios de la Oficina de Planeamiento y Presu- puesto de los Gobiernos Locales; de la Oficina de Pro- gramación e Inversión en el Gobierno Regional y Lo-cal, o quienes hagan sus veces, pudiendo estar inte-grado, además, por profesionales con experiencia entemas de planeamiento y presupuesto provenientes dela Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Local y tiene la misión debrindar soporte técnico en el desarrollo del proceso delpresupuesto participativo, así como la de desarrollar eltrabajo de evaluación técnica a que hace referencia elartículo 8º del Reglamento. Artículo 2º.- Alcance Se encuentran sujetos al presente Reglamento las en- tidades públicas bajo el ámbito de los Gobiernos Regiona-les y los Gobiernos Locales. Artículo 3º.- Objetivos El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objeti- vos: a) Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consi-deradas en los Planes de Desarrollo Concertado y los Pla- nes Sectoriales y Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad. b) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad, introduciendo formalmente en el ámbito de la gestión públi-ca una nueva forma de comprender y ejercer la ciudadaníaen el marco de un ejercicio creativo y complementario de mecanismos de democracia directa y democracia repre- sentativa que genera compromisos y responsabilidadescompartidas. c) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégi-cos del Plan de Desarrollo Concertado, creando concien- cia respecto de los derechos y obligaciones que los ciuda- danos tienen como contribuyentes y como actores en laimplementación de las acciones del Estado y la sociedaden su conjunto. d) Fijar prioridades en la inversión pública, establecien- do un orden de prelación para la ejecución de los proyec- tos declarados viables bajo las normas técnicas y procedi- mientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública; así como garantizar la sos-tenibilidad de la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejerci-cio fiscal actual o en los siguientes según corresponda. e) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la eje- cución del presupuesto y fiscalización de la gestión, forta-leciendo las capacidades regionales y locales para finesdel proceso participativo y vigilancia ciudadana.Artículo 4º.- Instancias del Presupuesto Participati- vo Están constituidas por el Consejo de Coordinación Re- gional, Consejo de Coordinación Local Provincial y el Con-sejo de Coordinación Local Distrital con el objeto de coor-dinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desa- rrollo de los procesos de los presupuestos participativos dentro del ámbito regional y local. TÍTULO II DESARROLLO DEL PROCESO PARTICIPATIVO Artículo 5º.- Identificación de los Agentes Partici- pantes El Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza, dispondrá las medidas necesarias para reglamentar el pro-ceso de identificación y acreditación de Agentes Partici- pantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Localestablecerá mecanismos de registro complementarios a losya existentes. Con el propósito de lograr una amplia participación y representatividad de la Sociedad Civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundirá por los medios adecuados el inicio del proceso de Identificaciónde Agentes Participantes en el marco del proceso del pre-supuesto participativo. Artículo 6º.- Capacitación a los Agentes Participan- tes de las Instancias del Presupuesto Participativo La Dirección Nacional del Presupuesto Público en co- ordinación con el Consejo Nacional de Descentralización,los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, la Direc-ción General de Programación Multianual del Sector Públi-co, los Organismos de la Sociedad Civil y de CooperaciónInternacional, implementará programas de capacitación descentralizada en temas de programación y presupuesto regional y municipal, procesos de planeamiento y concer-tación, inversión pública y otros que se consideren nece-sarios, en el marco del Plan Nacional de Capacitación aque se refiere el artículo 86º de la Ley Nº 27867, Ley Orgá-nica de Gobiernos Regionales; sin perjuicio, de las que or- ganicen, en los mismos temas, los Gobiernos Regionales o Locales. Artículo 7º.- Desarrollo de los Talleres de TrabajoEl desarrollo de los Talleres de Trabajo comprende dos momentos diferenciados. En el primero de ellos el Presi-dente Regional o Alcalde convoca a los Agentes Partici- pantes y comunidad en general, para presentar, actualizar o desarrollar el Plan de Desarrollo Concertado de la juris-dicción y para rendir cuentas sobre el avance en el logrode los objetivos estratégicos y una evaluación de los resul-tados del proceso participativo y presupuestario del añoprevio. El segundo momento comprende el desarrollo de reuniones de trabajo en las que, desde una perspectiva temática y territorial, en el marco del Plan de DesarrolloConcertado, se identifican problemas por resolver, poten-cialidades que aprovechar y se proponen acciones a im-plementar y compromisos por asumir para el desarrollo detales acciones, siendo los resultados consolidados por el Equipo Técnico. En este segundo momento, se tienen dos tipos de talleres de trabajo: 7.1 Taller de Diagnóstico Temático y Territorial.- En los Talleres de Diagnóstico Temático, los Agentes Participan-tes, en reuniones con sus representados y en reuniones de Agentes Participantes, discuten y analizan la situación de la Región o Provincia desde la perspectiva del desarro-llo social, económico y ambiental. Por su parte, en los Ta-lleres de Diagnóstico Territorial, se identifican problemas ypotencialidades en temas relevantes de la jurisdicción tra-tando de abarcar todos los ámbitos territoriales, preferen- temente en el nivel de Gobierno Local Distrital. En estos talleres además, se sugieren acciones a implementar conel fin de resolver los problemas o aprovechar las potencia-lidades identificadas, debiendo, en el ámbito del GobiernoRegional y del Gobierno Local Provincial, proponerse ac-ciones con impacto regional y provincial, respectivamente. Asimismo, se señalan los compromisos que están dispues- tos a asumir las organizaciones de la Sociedad Civil, orga-nismos públicos o la cooperación técnica internacional, parala implementación de tales acciones.