Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (26/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G39/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de noviembre de 2003 taria del año fiscal 2003, así como la incorporación de nue- vas Entidades o Empresas Municipales, resultantes de lacreación, fusión o formalización; Que, mediante Decreto Supremo Nº 196-2002-EF se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Em-presas Municipales y de los Organismos Públicos Descen- tralizados de los Gobiernos Locales, hasta por UN MIL NOVENTA Y DOS MILLONES CINCUENTA MIL SEIS-CIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 092 050 625,00), así como los lineamientos del procesopresupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresa-rial; Que, el artículo 6º del citado Decreto Supremo, esta- blece que la mayor captación u obtención de recursos quese perciban durante el período de ejecución presupuesta-ria del año fiscal 2003, así como la creación, fusión o for-malización de nuevas Entidades, podrá modificar el niveldel Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos de las Entidades de Tratamiento Empresarial, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 003-2003-EF/76.01 aprobada con Resolución Directoral Nº 054-2002-EF/76.01, que regula el proceso presupuestario delas Entidades de Tratamiento Empresarial para el año fis-cal 2003; Que, el artículo 24º de la Directiva mencionada en el párrafo precedente establece que la modificación del Pre-supuesto Consolidado de las Entidades de TratamientoEmpresarial, se efectúa en periodos trimestrales y se aprue-ba mediante Decreto Supremo, sobre la base de las Reso-luciones del Titular de la Entidad que impliquen modifica- ción por Crédito Suplementario, Habilitaciones y Transfe- rencias de Partidas, así como la creación, fusión o formali-zación de nuevas Entidades; Que mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-EF se aprobó el Crédito Suplementario correspondiente al II Tri-mestre del año fiscal 2003, el cual consta de dos Anexos (01 y 02), desagregados por fuente de financiamiento y ca- tegorías del ingreso y gasto; Que, es necesario aprobar las modificaciones del Pre- supuesto Consolidado de las Entidades de TratamientoEmpresarial, correspondiente al año fiscal 2003; así comola modificación del Anexo Nº 01 “Ingresos por Categorías de Ingresos” del Decreto Supremo Nº 130-2003-EF; De conformidad con el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 196-2002-EF y el Artículo 24º de la Directiva Nº 003-2003-EF/76.01; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese un Crédito Suplementario para el año fiscal 2003, en el Presupuesto Consolidado de lasEntidades de Tratamiento Empresarial, por la suma deOCHENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 87 039 838,00), de acuerdo al siguiente des-agregado: (En Nuevos Soles) INGRESOS Recursos Directamente Recaudados 85 966 061,00 Recursos por Operaciones Oficiales de 420 000,00Crédito Interno Donaciones y Transferencias 653 777,00 -------------------- TOTAL INGRESOS 87 039 838,00 =========== (En Nuevos Soles) EGRESOS Gastos Corrientes 31 800 223,00 Gastos de Capital 55 239 615,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 87 039 838,00 =========== Artículo 2º.- El desagregado del Presupuesto aproba- do en el artículo precedente, a nivel de Entidades de Trata-miento Empresarial, se detalla en los Anexos Nºs. 01 y 02 que forman parte de la presente norma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Ingresos Anexo Nº 01Egresos Anexo Nº 02 Artículo 3º.- Modifíquese el Anexo Nº 01 “Ingresos por Categoría del Ingreso” del Decreto Supremo Nº 130-2003-EF, como se detalla en el Anexo Nº 03 del presente Decre-to. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticin- co días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU