Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (01/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 252304 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de octubre de 2003 derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17933 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 790-2003-MTC/02 Lima, 23 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concor-dancia con sus normas reglamentarias aprobadas por De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Minis-terios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otor- gará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuti-cos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debida-mente identificados a que refiere la Ley son competen- tes, según su especialidad, para verificar las capacida- des exigidas a los titulares de las autorizaciones pararealizar actividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de losestándares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas, a través de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brin-dado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Cartas GO/227-03 y GO/246-03, del 27 de agosto de 2003 y 15 de setiembre del 2003, respectiva-mente, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Taca PerúS.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar chequeos en simulador de vuelo del equipo Air- bus A320, en la ciudad de Miami, a sus tripulantes OscarGranthon y Carlos Benavides; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs 3873, 4050 y 4187, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi- miento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los cos- tos del respectivo viaje de inspección, el cual esíntegramente financiado por la empresa operadora, in- cluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Usode Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Tesore-ría del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspec-ción Nº 1367-2003-MTC/12.04-SDO designando al Inspec- tor Oscar Gustavo Camino Freundt, para realizar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320 alpersonal aeronáutico propuesto por la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 11 al 13 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1367-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 yel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gusta- vo Camino Freundt, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 11 al 13 de octubre de 2003,para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido íntegramente cubierto por la empresa Taca PerúS.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs 3873, 4050 y 4187, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina General deAdministración del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17937 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra ex Directora de la Oficina de Imagen Institucional por presunta responsabilidad civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 798-2003-MTC/01 Lima, 26 de setiembre de 2003