Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2003 (13/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2003

Por las consideraciones expuestas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Paita, Q.F. MORDAZA MORDAZA WONG AYON, a la MORDAZA de Manaos - Brasil, como integrante de la MORDAZA Mision de la Macrorregion Nororiental a Manaos, que se realizara del 13 al 16 de octubre proximo, organizada por las Camaras de Comercio y Produccion de la Macrorregion Nororiental y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho de Alcaldia al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Regidor de la Municipalidad Provincial de Paita, mientras dure la ausencia del titular, con las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Articulo Tercero.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Paita asuma el costo de la adquisicion de pasajes, ida y vuelta, al MORDAZA de Brasil, asi como la asignacion de viaticos, afectando a las partidas 5.3.11.20 Viaticos y Asignaciones y 5.3.11.32 Gastos de Transporte. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Direccion Municipal y a la Oficina de Administracion, Unidad de Administracion Financiera - Tesoreria y Planificacion y Presupuesto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA D. WONG AYON MORDAZA 18660

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA - SULLANA
Declaran ampliacion de la situacion de urgencia dispuesta para la adquisicion de insumos del programa Vaso de Leche del municipio
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2003-MDB.S Bellavista (Sullana), 11 de setiembre del 2003 Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo, celebrada el dia 11 de setiembre del 2003, el Informe Nº 030-2003CEPA/MDB/S, de fecha 10.9.2003, y el Informe Nº 0752003-MDB/S-UNID-AL del 11.9.03 y el Informe Nº 0122003-ABAST-MDB-D, de fecha 11.9.2003, mediante el cual sustentan y solicitan se declare en Situacion de Urgencia el suministro de los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche por un periodo de sesenta (60) dias; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 016-MDB/S de fecha 28 de MORDAZA de 2003, el Concejo Municipal de Bellavista, declaro en Situacion de Urgencia la adquisicion del producto Leche Entera en Polvo Azucarada, para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Bellavista, por espacio de dos (2) meses del referido producto; enero y febrero correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 0540-2003-A-MDBS de fecha 12.9.2003, se declaro la nulidad de oficio del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-C.E.-MDB-S-PVL, en referencia a los hechos expuestos en los considerandos descritos en la presente, de conformidad con lo previsto en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante Informe Nº 030-2003-CEPA/MDB/S de fecha 10.9.2003, el Presidente del Comite Especial, senala que se debe declarar la Situacion de Urgencia por el termino de 3 meses a fin de continuar abasteciendo los insumos al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, con Informe Nº 012-2003-ABAST.-MDB/S. de fecha 11.9.2003, el Jefe de la Unidad de Abastecimientos comunica

que es necesario tomar las medidas pertinentes a efectos de garantizar en forma oportuna la continuidad de la racion alimentaria a los beneficiarios, en vista de la situacion actual en que se encuentra el Programa Vaso de Leche con respecto al Oficio Nº A-1953-2003-CONSUCODE, solicitando que se declare la Situacion de Urgencia para la adquisicion de estos productos; Que, con Informe Nº 075-2003-MDB-S-UNUID-AL, de fecha 11.9.2003, el Asesor Legal es de opinion que se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion del producto, a partir de la fecha en que se compra por urgencia y no retroactiva; Que, lo expresado de los citados informes, justifica tecnica y legalmente la Declaratoria de Urgencia del suministro de los recursos del Programa Vaso de Leche y se apruebe la exoneracion del referido MORDAZA de Seleccion (Adjudicacion de Menor Cuantia) por el periodo comprendido entre los meses de setiembre y octubre 2003; Que, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por D.S. Nº 0122001-PCM, establece que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente, la comunidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes y servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el inciso c) del Art. 19º de la citada MORDAZA establece que estan exonerados del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarados conforme a Ley, en ese mismo sentido el Art. 20º establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizan mediante el MORDAZA de menor cuantia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Inc. c) del Art. 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la formalidad de los procedimientos sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobara mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, publicado en el Diario Oficial El Peruano y remitido a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice en MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, lo expresado anteriormente compromete en forma directa e inminente la asistencia de un servicio esencial como es la provision de los alimentos diariamente a los beneficiarios, por la circunstancia extraordinaria e imprevisible que precisa el Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, estando a lo expuesto de conformidad con los Articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y los Articulos 105º, 113º y 116º del Reglamento de la Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 0132001-PCM. Y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Declarar, la ampliacion de la Situacion de Urgencia dispuesta en el Acuerdo de Concejo Nº 016-2003-MDB/S, por los meses de setiembre y octubre, para la Adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Bellavista - Sullana, consistente en Leche Entera en Polvo Azucarada. Articulo Segundo.- Autorizar a la Unidad de Abastecimientos para que lleve a cabo el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia en Situacion de Urgencia, conforme el D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001PCM y sus modificatorias. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad de Bellavista, la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano, el presente Acuerdo y dar cuenta a Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18659

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