Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2003 (15/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2003
Unidad Ejecutora Funcion Programa Sub-Programa Actividad Componente Meta 001 12 004 0117 1.00345 : : : :

NORMAS LEGALES

Pag. 253107

3.1318 : 00001,00347 :

Fuente de Financiamiento 00 : Generica de Gastos 3 :

Ministerio de la Produccion Pesca Promocion de la Produccion Pesquera Fomento de la Pesca Normar, Promover y Desarrollar la Actividad Pesquera Transferencia de Tecnologia y Capacitacion Capacitacion y Transferencia a los Recursos Humanos del Sector Pesquero Artesanal Recursos Ordinarios Bienes y Servicios S/.60,000.00

CE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ravilla, propietario de la embarcacion pesquera artesanal "NUESTRA MORDAZA EN CRISTO 2", conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso al citado Procurador Publico, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 18765

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 18764

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 379-2003-PRODUCE MORDAZA, 9 de octubre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 556-2003-PRODUCE/PP del 19 de setiembre de 2003, mediante el cual la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial autoritativa, a efectos de interponer las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ravilla, propietario de la embarcacion pesquera artesanal "NUESTRA MORDAZA EN CRISTO 2". CONSIDERANDO: Que, segun el Informe Nº 072-2003-PRODUCE/ DINSECOVI-Dif, el 16 de MORDAZA de 2003 los inspectores de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion intervinieron una embarcacion que se encontraba amarrada por la banda de estribor al lado norte del muelle de la empresa Fabrica de Conservas Islay S.A., descargando recursos hidrobiologicos, por cuanto no tenia nombre pintado en el casco ni en la caseta del lado del babor. Posteriormente, una persona identificada como MORDAZA MORDAZA MORDAZA RAVILLA indica ser el responsable de la nave, senala que se trata de la embarcacion "SANTO MORDAZA 3" y que este nombre lo tiene pintado en la banda de estribor; Que, agrega el Informe Nº 072-2003-PRODUCE/ DINSECOVI-Dif que el 21 de MORDAZA de 2003 de retorno a MORDAZA, la Capitania del Puerto de Chimbote informo a los inspectores de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion que luego de las investigaciones realizadas se detecto que la embarcacion intervenida era la embarcacion pesquera artesanal "NUESTRA MORDAZA EN CRISTO 2", de matricula Nº PL-1522-BM; Que, mediante Resolucion de Capitania Nº 041-03-M del 30 de junio de 2003, la Capitania del Puerto de Chimbote declaro que la embarcacion pesquera "NUESTRA MORDAZA EN CRISTO 2", fue pintada con el nombre de la embarcacion pesquera "SANTO MORDAZA 3", de matricula Nº PT-6115-BM, con el proposito de sorprender a los inspectores del Ministerio de la Produccion y a la autoridad maritima, incurriendo en un presunto delito contra la Fe Publica; Que, en tal sentido, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio; y, Estando a las atribuciones conferidas por el inciso i) del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODU-

Aceptan donacion a favor del CITEvid
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2003-PRODUCE MORDAZA, 9 de octubre del 2003 VISTO: El Memorandum Nº 281-2003-PRODUCE-CITEVID, de fecha 4 de septiembre de 2003, del Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola -CITEvid; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Cooperacion Tecnica, de fecha 6 de agosto de 2003, suscrita entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola (CITEvid), se acordo en la Clausula Septima que el PNUD entregara al CITEvid fondos para contribuir con los esfuerzos en la realizacion del ensayo o analisis sistematico e integral sobre los logros, perspectivas y restricciones del cultivo y de transformacion de la vid en MORDAZA como producto bandera del Peru; Que, en el MORDAZA del citado Acuerdo, el Director Ejecutivo del CITEvid, recibio mediante Recibo de fecha 1 de setiembre de 2003 con cheque Nº 011 661 0100011616 la cantidad de S/. 1 735,00 Nuevos Soles (Mil setecientos treinta y cinco mil 00/100 Nuevos Soles), del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); Que, en consecuencia, es necesario aceptar la referida donacion; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion, de Desarrollo y Planeamiento Estrategico y de Asesoria Juridica y, con la opinion favorable del Viceministro de Industria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942 y Decreto Supremo Nº 127-91-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, la donacion de fondos por la cantidad de S/. 1 735,00 Nuevos Soles (Mil setecientos treinta y cinco mil 00/100 Nuevos Soles), efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) a favor del Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola CITEvid sustentado en el Recibo de fecha 1 de septiembre de 2003, con cheque Nº 011 661 0100011616 expedida por el PNUD. Articulo 2º.- Asignar al Centro de Innovacion Tecnologica Vitivinicola - CITEvid los fondos donados, disponiendose su incorporacion al Presupuesto del Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- Agradecer al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), por su importante contribucion.

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