Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2003 (18/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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acopio de datos del Sistema MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Rio de Janeiro - BRASIL, del 19 al 24 octubre 2003. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, a traves de la Direccion de Hidrografia y Navegacion, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Rio de Janeiro (Brasil) - MORDAZA US$ 742.09 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 6 dias x 1 Oficial Superior Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona (Peru) Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o termino del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Articulo 4º.- El citado Oficial Superior, debera cumplir con lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 18997

Nombran a oficial FAP para ocupar cargo de Agregado Aereo Adjunto a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 365-DE/FAP-CP MORDAZA, 17 de octubre de 2003 Vista la Hoja Informativa IV-200-DIPL-Nº 1508 de fecha 3 de octubre del 2003 del Director de Inteligencia y Papeleta de Tramite Nº 3867-SGFA de fecha 3 de octubre de 2003 del Secretario General FAP; referentes al nombramiento en Mision Diplomatica al extranjero del Mayor FAP MORDAZA MORDAZA Javier; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860 -Ley del Ministerio de Defensaen su Articulo 4º, inciso (f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de Seguridad y Defensa Nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico, asi como tambien entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se considera la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica;

Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionales para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia a los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la OEA; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 6 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Superior para que presten servicios en las Agregadurias Aereas acreditadas en el extranjero; Que, el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 en su articulo 2º dispone que excepcionalmente podra autorizarse aquellos viajes al exterior que irroguen gastos al Tesoro Publico mediante Resolucion Suprema; Que, los Agregados Aereos y Agregados Aereos Adjuntos dependen del Jefe de la Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, con la Hoja Informativa que se senala en la parte expositiva de la presente Resolucion, el Director de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru recomienda se nombre en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ocupar el cargo de Agregado Aereo Adjunto a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA, a partir del 20 de octubre del 2003; Que, el nombramiento referido en los considerandos anteriores; asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; y, De conformidad a la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG, de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG, de fecha 21 de junio del 2001, y la Resolucion Ministerial Nº 1062DE/CCFFAA, de fecha 1 de diciembre de 1994; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ocupar el cargo de Agregado Aereo Adjunto a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 20 de octubre del 2003. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa queda facultado a variar la fecha de inicio y termino del nombramiento a que se refiere el articulo anterior, sin exceder el total del periodo autorizado. Articulo 3º.- El referido Oficial Superior, pasara a revistar a ordenes del Comando de Personal de la Fuerza Aerea, por el periodo que dure la Mision. Articulo 4º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos correspondientes de acuerdo a disposiciones vigentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 19130

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