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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (18/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 de descarga para las plantas de harina y aceite de pesca- do -chatas, muelles y desembarcaderos, las 24 horas aldía. En este capítulo deberá detallarse los siguientes temas: - Descripción sistemática y técnica del proceso de vigi- lancia y control. - Acta de inspección (formato).- Reporte de Ocurrencia (formato). - Notificación (formato). - Acta de decomiso (formato).- Acta de donación (formato). 2.2. En los EIP.-Dicha labor se realizará durante las 24 horas al día de manera simultánea al punto 2.1, orientados a: a) Vigilar el funcionamiento de las tolvas electrónicas y de la vigencia del Certificado de Calibración de dichos equi-pos emitida por autoridad competente; y, b) Vigilar el correcto llenado de los reportes de re- gistro de las descargas procedentes de las tolvas elec-trónicas, respecto al nombre de las embarcaciones, ma- trícula, especies y volúmenes de descarga consigna- dos por el EIP. En este capítulo debe detallarse los siguientes temas: - Metodología: Señalar detalladamente el proceso de vigilancia y control. - Acta de inspección (formato). - Reporte de Ocurrencia (formato).- Notificación (formato). 2.3. Coordinaciones con las autoridades pesqueras:Este proceso comprende la acción de informar a la DIN- SECOVI sobre la presencia, en los puntos de descarga,de embarcaciones que no se encuentren en los listados oficiales que serán publicados diariamente en la página Web de PRODUCE; debiendo coordinar las medidas tendientesa reforzar las actividades de vigilancia y control de la pes- ca ilegal prevista en el Decreto Supremo Nº 006-2002-PE y normas ampliatorias, así como del Decreto Supremo Nº027-2003-PRODUCE. Debe describirse las acciones a desarrollar para cum- plir con dicha labor de manera eficiente y oportuna, asícomo una descripción minuciosa del apoyo logístico con que se compromete a efectuar dicha labor. III.- CONSIDERACIONES GENERALES 3.1. El pago por la contraprestación del servicio por las labores de vigilancia y control previstos en el Programa creado por el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, será asumido por los Titulares de las licencias de los EIP. Debe entenderse como responsable al Titular de la Li- cencia de Operación del EIP, independiente de que la plan- ta hubiese sido arrendada a terceros o que tenga contratode servicios con terceros. 3.2. El Programa tendrá una duración de dos (2) años, pudiendo ser ampliada dicho plazo si los resultados obte-nidos del Programa así lo justifican. 3.3. En caso de ser necesario La Comisión solicitará información adicional que permita un mejor entendimientode las propuestas. 3.4. La empresa seleccionada debe presentar una car- ta fianza incondicional, solidaria, irrevocable y de realiza-ción automática al sólo requerimiento del Ministerio de la Producción, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, lamisma que debe tener una vigencia de hasta 30 días pos- teriores del vencimiento del primer año del contrato y ser equivalente al treinta (30%) por ciento del valor estimadodel costo del servicio anual. Dicha carta fianza debe ser extendida o renovada 15 días antes del vencimiento del primer año de servicio, porsimilar equivalencia prevista en el párrafo anterior y hasta los 30 días posteriores a la fecha del vencimiento del Pro- grama. 3.5. Para el desarrollo de sus labores se requerirá que el personal presentado por la Empresa sean registrados y acreditados por la DINSECOVI.3.6. Las(s) empresas(s) seleccionada(s) desarrollará(n) una base de datos completa, la cual re-gistrará la información verificada sobre identificación de embarcaciones ilegales, las inspecciones realiza- das, los reportes de ocurrencias levantados, las notifi-caciones, los decomisos y donaciones efectuados, la misma que será entregada a DINSECOVI diariamente a través de correo electrónico. 3.7. El Ministerio de la Producción, a través de la DIN- SECOVI supervisará las labores de vigilancia y control materia del "Programa de Vigilancia y Control de la Pescay Desembarque en el Ámbito Marítimo" y el cumplimiento de las propuestas que se efectúen en función a los Térmi- nos de Referencia. Asimismo continuará con sus laboresde seguimiento, vigilancia y control que la legislación pes- quera le faculta. 3.8. Los procedimientos para las acciones de vigilancia y control a que se hace referencia en el presente docu- mento deben ser similares a las directivas establecidas por el Ministerio de la Producción, contenidas en el Reglamen-to de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y demásnormas complementarias. 3.9. La prestación del presente servicio de vigilancia y control y su pago correspondiente serán de exclusiva res-ponsabilidad de la(s) empresa(s) seleccionada(s) y el Titu- lar del EIP. 3.10. Una vez finalizado el proceso de selección, el PRODUCE y la(s) empresa(s) que resulten seleccionada(s), suscribirán un convenio, donde se preci- se la fecha de inicio de entrada en vigencia, las caracterís-ticas del servicio, los compromisos de la empresa para la ejecución del Programa, así como especificará las penali- dades y multas que el Ministerio de la Producción aplicarápor las deficiencias e incumplimientos cometidos por la(s) empresa(s) seleccionada(s). Dicho convenio será aproba- do por Resolución Ministerial. 3.11. Las sanciones a imponerse por las infracciones detectadas por la empresa(s) seleccionada(s) serán efec- tuadas por la DINSECOVI, respetando el debido procedi-miento. IV.- REQUISITOS A SER PRESENTADOS A LA CO- MISIÓN 4.1.- Información de la empresa postora (Sobre N° 1). 4.1.1 Carta solicitud dirigida al Sr. Viceministro de Pesquería, presidente de la Comisión constituida por el Art. 16º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODU- CE. 4.1.2 Copia simple de la Escritura de Constitución So- cial, inscrita en los registros correspondientes. 4.1.3 Representante(s) legal(s) de la empresa en el país, acompañando poderes debidamente inscritos. 4.1.4 Presentar balance auditado de una compañía Auditora reconocida. 4.1.5 Presentación de estado de adeudos. 4.1.6 Currículum vitae de la empresa señalando sus principales trabajos y logros en los últimos cinco años,detallando los rubros y compañías pesqueras a las cuales proporcionó servicio de inspección, muestreo o certifica- ción. Para estos efectos, podrá señalar si tiene membresíao reconocimiento internacional en instituciones como GAF- TA, FOSFA, IFOMA, u otras relevantes. La Comisión se arroga el derecho de pedir información a empresas calificadoras de riesgo, entidades bancarias y SUNAT sobre calificación crediticia de la compañía inspec- tora postulante. Para el caso de las empresas consorciadas nacionales o extranjeras se tomará en cuenta para la calificación, la información más favorable. 4.2.- De la propuesta técnica (Sobre N° 2). 4.2.1 Del Personal. a) Nómina y Currículum vitae del personal ejecutivo y profesional con experiencia en el sector pesquero, vincula- do a la empresa en el ámbito nacional y regional, indicando antigüedad y cargo que desempeña.