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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 b) Declaración Jurada de la Empresa(s), asumiendo total responsabilidad en la contratación y beneficios sociales delpersonal a cargo del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo. c) Descripción de funciones del personal asignado a cada EIP, chata o muelle y desembarcadero así como para aquel destinado a verificar las tolvas electrónicas. 4.2.2 Apoyo logístico. a) Red de oficinas en el litoral. b) Materiales, tecnología e instrumentos a utilizar. c) Facilidades de comunicación entre la Empresa y sus sucursales con los usuarios, el PRODUCE y lasDirecciones Regionales y Zonales con competencia pesquera. d) Disponibilidad de medios de comunicación entre los inspectores destinados al control en los puntos de descar- ga y los inspectores encargados del control en las tolvas electrónicas. e) Sistema informático y de comunicaciones, correo electrónico, facsímil, modem, etc. f) Otras facilidades: Unidades móviles. etc. 4.2.3 Plan General de Trabajo. El plan de trabajo deberá contener los siguientes as- pectos: a) Plan de trabajo y niveles de cobertura para las tem- poradas de pesca, las temporadas de vedas de larga dura- ción (vedas reproductivas y vedas por cumplimiento decuota de captura) y las vedas cortas (vedas de protección del stock juvenil). b) Sistema de auditoría interno de la empresa postora. 4.3.- De la propuesta Económica Sólo podrán presentar la propuesta económica las em- presas que califiquen los puntos 4.1 y 4.2. La Comisión designará una Subcomisión para evaluar las propuestas económicas de las empresas postoras, la misma que recomendará a la Comisión, la(s) empresa(s) cuya(s) propuestas económicas permitan desarrollar elprograma de vigilancia y control, sobre la base de evaluar el menor costo, en adición a la calidad del servicio previs- tos en los puntos 4.1 y 4.2. V.- DE LA SELECCIÓN DE LA EMPRESA. La Comisión podrá seleccionar como máximo tres (3) empresas que cumplan con el puntaje máximo requerido, sobre la base de evaluar que las propuestas se ajusten al"Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desem- barque en el Ámbito Marítimo". VI.- INFORMACION REFERENCIAL A SER PROPOR- CIONADA A SOLICITUD DE LOS POSTORES. El PRODUCE brindará, a solicitud de las empresas pos- toras, información de base a través de las siguientes Di- recciones: 6.1. Dirección Nacional de Extracción y Procesa- miento Pesquero. a) Listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente, que contenga: nombre, matrícula, capa-cidad de bodega expresada en toneladas y el recurso au- torizado según el permiso de pesca otorgado. b) Listado de los titulares de los EIP con sus licencias vigentes y sus respectivas capacidades de producción por plantas, por regiones y puertos. 6.2. Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi- lancia - DINSECOVI. a) Relación de EIP con tolvas de pesaje electrónico, según zonas. b) Normatividad sobre infracciones y sanciones pes- queras. c) Modelos de los formatos mencionados en los puntos 2.1 y 2.2.VII.- PENALIDADES Y CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA CARTA FIANZA. 7.1. Faltas y Penalidades a) La certificación de un hecho falso o inexistente por parte del inspector, así como incumplir con sus obligacio- nes de control y vigilancia, será sancionada con una pena-lidad equivalente al 3% del valor de la carta fianza a que se refiere el numeral 3.4. del presente Anexo. Para todos los efectos se entenderá que las actas de inspección o repor-tes de ocurrencias constituyen medios probatorios feha- cientes y que la empresa encargada de las labores de vigi- lancia y control es responsable respecto a su valor proba-torio. Los inspectores de la(s) empresa(s) que participan en el programa y que incurran en algunas de las situacionesque a continuación se señalan deberán ser retiradas del programa sin prejuicio de la penalidad establecida en el párrafo anterior: a.1 Informar y certificar volúmenes menores a los des- embarcados. a.2 No dar cuenta al EIP y a DINSECOVI del desem- barque embarcaciones que no estén en el listado oficial de embarcaciones con permiso de pesca vigente. a.3 Por cambio o alteración en las actas de inspección o reportes de ocurrencia. a.4 No efectuar vigilancia permanente en la recepción de la materia prima destinada a las plantas de harina y aceite de pescado en los puntos de descarga y pesaje. a.5 No efectuar la identificación de las embarcaciones pesqueras conforme la Resolución Directoral Nº 0481-2003/ DCG y normas complementarias. a.6 No informar a la DISENCOVI la presencia de em- barcaciones ilegales detectadas en las zonas de descar- ga. a.7 No dar cuenta del exceso de descarga de embarca- ciones pesqueras. a.8 No informar la recepción de materia prima de aque- llas plantas de harina y aceite de pescado cuyas licenciasse encuentran suspendidas. b) A las empresas seleccionadas para las labores de vigilancia y control que directa o indirectamente incurran en alguna de las situaciones que a continuación se seña- lan se les impondrá la penalidad de10 UIT: b.1 Cuando el inspector se presenta a realizar sus la- bores de control y vigilancia desembarque sin su acredita-ción. b.2 Cuando el inspector se presente sin su vestimenta de trabajo y seguridad. b.3 Cuando el inspector se presente sin su equipo de comunicación. b.4 Cuando el inspector no se presente en pleno uso de sus facultades. c) Las empresas seleccionadas para las labores de vi- gilancia y control que directa o indirectamente incurran en alguna de las situaciones que a continuación se señalan se impondrá la penalidad de 20 UIT: c.1 No dar cumplimiento a los procedimientos estable- cidos en el Reglamento de Inspecciones y del Procedimien-to Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pes- queras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 008– 2002-PE, normas modificatorias o ampliatorias; así comolo previsto en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODU- CE. c.2 Cuando utilice como inspector a una persona no acreditada. 7.2. Causales de Ejecución de la Carta Fianza.a) Incurrir por más de diez (10) veces en las faltas tipi- ficadas en el literales a), del numeral 7.1 será causal deejecución automática de la carta fianza. b) La falta de pago de las penalidades impuestas den- tro de un plazo de quince días hábiles contados a partir deldía siguiente de notificada la empresa encargada del pro- grama de control y vigilancia de la falta cometida. c) Por incumplimiento del Convenio.