Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2003 (18/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de la Region Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros Encargada de la Cartera de Relaciones Exteriores 19074

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 18975

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Oficializan forum-panel "Las Relaciones Colectivas de Trabajo en el MORDAZA Milenio y las Garantias Constitucionales", a realizarse en Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 261-2003-TR MORDAZA, 13 de octubre de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 440-2003-DRTPE.T/R.TACNA, de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de la Region Tacna; el Oficio Nº 114-2003-OPP/ORA, de la Oficina de Racionalizacion; el Oficio Nº 801-2003-SG/OPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; el Oficio Nº 1377-2003-MTPE/SG, de la Secretaria General del Sector; y, el Oficio Nº 087-2003-MTPE/DVMT, del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se aprueba la nueva Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, estableciendo en el ambito nacional, entre otros, acciones destinadas a promover la difusion y cumplimiento de la legislacion laboral y fomento del ejercicio democratico de la negociacion colectiva como mecanismos para la prevencion de solucion de conflictos laborales; Que, en merito a lo expuesto, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de la Region Tacna, ha organizado el Forum Panel denominado "Las Relaciones Colectivas de Trabajo en el MORDAZA Milenio y las Garantias Constitucionales", teniendo como meta controlar y reducir los conflictos laborales, involucrando la participacion de trabajadores, Organizaciones gremiales, Organizaciones de empresarios, Empleadores en general, Organismos del Estado, Organizaciones Nacionales e Internacionales, Colegios profesionales, Universidades y publico en general, el mismo que se realizara en la MORDAZA de Tacna, los dias 23 y 24 de octubre de 2003; Que, el citado evento cuenta con la aprobacion del Despacho Viceministerial de Trabajo por lo que es conveniente emitir el acto administrativo que oficialice su celebracion; Con las visaciones de la Directora Nacional de Relaciones de Trabajo y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; los literales d) y e) del Articulo 5º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el literal d) del Articulo 12º de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1732002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar caracter Oficial al Forum Panel "Las Relaciones Colectivas de Trabajo en el MORDAZA Milenio y las Garantias Constitucionales", organizado por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de la Region Tacna, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Tacna, el 23 y 24 de octubre de 2003.

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona juridica por incumplir con la garantia tecnica de las computadoras adquiridas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 262-2003-TR MORDAZA, 13 de octubre de 2003 VISTOS: Carta Nº 143-2002-OA-OASA de fecha 5 de diciembre de 2002, que reitera a la empresa Advantage Business S.A.C. el cumplimiento de la garantia tecnica respecto al servicio preventivo asumido en el contrato Nº 625-2000OA-OASA, y programado a cumplir segun cronograma propuesto mediante Carta Nº 027-2002/ADV; Carta Notarial Nº 001-2002-OA-OASA de fecha 7 de febrero de 2003, que reitera a la empresa Advantage Business S.A.C. el cumplimiento de obligaciones contractuales; Carta Nº 019-2003OA-OASA de fecha 14 de febrero de 2003, notifica a la empresa Advantage Business S.A.C. el cronograma para el servicio de la garantia tecnica, reiterando el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; Carta Nº 340-2002OA/OASA de fecha 21 de octubre de 2002, que requiere a la empresa Advantage Business S.A.C. el cumplimiento de obligacion contractual; Carta Notarial Nº 001-2002-OAOASA de fecha 7 de febrero de 2003, reiterando a la empresa Advantage Business S.A.C., el cumplimiento de obligaciones contractuales de la garantia tecnica; Carta Nº 0262003-MTPE/SG/OA/OASA de fecha 10 de marzo de 2003, notificando a la empresa Advantage Business S.A.C. el cronograma y el cumplimiento de las obligaciones contractuales; Carta Nº 032-2003-MTPE/SG/OA/OASA de fecha 17 de marzo de 2003, solicitando a la empresa Advantage Business S.A.C. el servicio de mantenimiento de los computadoras; Carta Notarial Nº 002-2002-OA-OASA de fecha 1 de MORDAZA de 2003, solicitando a la empresa Advantage Business S.A.C. el cumplimiento del servicio de mantenimiento y reparacion de las computadoras; Carta Nº 060-2003-OAOASA de fecha 3 de junio de 2003, notificando a la empresa Advantage Business S.A.C. la resolucion parcial del contrato Nº 625-2000-OA-OASA; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, se ha venido requiriendo a la empresa Advantage Business S.A.C. el cumplimiento de las obligaciones contractuales referidas al cumplimiento de la garantia tecnica de las computadoras adquiridas a dicha empresa mediante la Licitacion Publica Nº 03-2000-TR, establecida en la clausula novena del contrato de adquisicion de computadoras para el Ministerio de Trabajo y Promocion Social de fecha 16 de junio de 2000; Que, a la fecha la empresa Advantage Business S.A.C., no ha cumplido con el requerimiento extra judicial efectuado por la Entidad, respecto al cumplimiento de la garantia tecnica que cubre los desperfectos o deficiencia de las computadoras adquiridas a dicha empresa, ocasionando retraso en el normal desarrollo de las funciones de las areas del Sector por la inoperatividad en las computadoras, y un perjuicio economico a la Entidad; Que, la empresa Advantage Business S.A.C., ha rechazado la via arbitral estipulado en el contrato, por lo que resulta necesario encargar a la Procuraduria Publica del Sector ejercite las acciones legales correspondientes contra la empresa citada por la inejecucion de sus obligaciones;

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