Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2003 (18/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18963 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 861-2003-MTC/02 MORDAZA, 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del Sector que corresponda, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA citada en el considerando anterior dispone como una de las competencias de la Direccion General de Aeronautica Civil, adoptar todas las medidas necesarias para que las actividades aeronauticas MORDAZA seguras, para cuyo efecto es indispensable contar con Inspectores debidamente capacitados para el chequeo de las tripulaciones de los operadores certificados, en prevencion de actos que atenten contra la seguridad de las actividades aeronauticas en nuestro MORDAZA, materia que requiere de permanente capacitacion dada su alta especializacion; Que, entre los dias 21 al 25 de octubre del 2003 se llevara a cabo el curso Entrenamiento de Vuelo - CPT y Simulador Refresco - Equipo Dash 8, organizado por Flight Safety Canada, en la MORDAZA Toronto, Canada; Que, dicho curso permitira actualizar los conocimientos de los participantes acerca de las performances de la aeronave en vuelo normal y al mismo tiempo brindara instruccion para la ejecucion de maniobras criticas, anormales y de emergencia, las que son recreadas en el equipo simulador de vuelo; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, segun los terminos del Informe Nº 284-2003-MTC/12, senala que el referido curso proveera a sus Inspectores de los conocimientos altamente especializados que se requieren para llevar a cabo la evaluacion de las capacidades de las tripulaciones de distintas empresas aereas que operan en nuestro pias y demas funciones que les corresponden de acuerdo a la Ley de Aeronautica Civil, a fin de garantizar que las mencionadas tripulaciones desarrollen actividades aeronauticas eficientes y seguras; Que, en tal sentido, la Direccion General de Aeronautica Civil ha designado al senor MORDAZA Chung Bartra, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para participar en el curso MORDAZA referido, considerando que dicha capacitacion resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de los objetivos fijados por dicha dependencia para el Ejercicio 2003; Que, el viaje del mencionado funcionario sera financiado dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Uni-

das, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 037-09-2003, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 019-2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Chung Barta, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de Toronto, Canada , del 20 al 26 de octubre del 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, de conformidad con la Autorizacion de Beca Int. Nº 037-09-2003, de acuerdo a los siguientes terminos: - Viaticos US$ - Pasaje Aereo US$ - T.U.U.A. US$ 1,320.00 780.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario mencionado en el articulo 1º debera presentar un informe detallado al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministerio de Transportes y Comunicaciones 18964 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 862-2003-MTC/02 MORDAZA, 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su arti-

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