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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 18963 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 861-2003-MTC/02 Lima, 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector que corresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, esta- blece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, la norma citada en el considerando anterior dis- pone como una de las competencias de la Dirección Ge-neral de Aeronáutica Civil, adoptar todas las medidas ne- cesarias para que las actividades aeronáuticas sean se- guras, para cuyo efecto es indispensable contar con Ins-pectores debidamente capacitados para el chequeo de las tripulaciones de los operadores certificados, en prevención de actos que atenten contra la seguridad de las activida-des aeronáuticas en nuestro país, materia que requiere de permanente capacitación dada su alta especialización; Que, entre los días 21 al 25 de octubre del 2003 se llevará a cabo el curso Entrenamiento de Vuelo - CPT y Simulador Refresco - Equipo Dash 8, organizado por Flig- ht Safety Canadá, en la ciudad Toronto, Canadá; Que, dicho curso permitirá actualizar los conocimien- tos de los participantes acerca de las performances de la aeronave en vuelo normal y al mismo tiempo brindará ins-trucción para la ejecución de maniobras críticas, anormales y de emergencia, las que son recreadas en el equipo simu- lador de vuelo; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, según los términos del Informe Nº 284-2003-MTC/12, señala que el referido curso proveerá a sus Inspectores de los conoci-mientos altamente especializados que se requieren para llevar a cabo la evaluación de las capacidades de las tripulaciones de distintas empresas aéreas que operan ennuestro pías y demás funciones que les corresponden de acuerdo a la Ley de Aeronáutica Civil, a fin de garantizar que las mencionadas tripulaciones desarrollen actividadesaeronáuticas eficientes y seguras; Que, en tal sentido, la Dirección General de Aeronáu- tica Civil ha designado al señor Pedro Chung Bartra, Inspec-tor de la Dirección General de Aeronáutica Civil para parti- cipar en el curso antes referido, considerando que dicha capacitación resulta indispensable para garantizar elcumplimiento de los objetivos fijados por dicha dependen- cia para el Ejercicio 2003; Que, el viaje del mencionado funcionario será financia- do dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Inter-nacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Uni-das, en observancia de la Tercera Disposición Complemen- taria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los términosde la Autorización de Beca Int. Nº 037-09-2003, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 019-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Chung Barta, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Toronto, Canadá , del 20 al 26 de octu- bre del 2003, para los fines a que se contrae la parte con-siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Acuer-do de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Orga- nización de Aviación Civil Internacional - OACI, de conformi-dad con la Autorización de Beca Int. Nº 037-09-2003, de acuerdo a los siguientes términos: - Viáticos US$ 1,320.00 - Pasaje Aéreo US$ 780.00 - T.U.U.A. US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de losquince (15) días calendario siguientes de efectuado el via- je, el funcionario mencionado en el artículo 1º deberá pre- sentar un informe detallado al Despacho Ministerial y a laOficina General de Administración del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje auto-rizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de-rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministerio de Transportes y Comunicaciones 18964 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 862-2003-MTC/02 Lima, 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-