Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2003 (25/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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de MORDAZA, el 7 y 8 de octubre de 2003 y del 9 al 11 de octubre de 2003, respectivamente. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 19528

De conformidad con las Leyes Nºs. 27261 y 27791, y el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar el Acta de la Reunion de Consulta sobre Transporte Aerocomercial entre Autoridades Aeronauticas de la Republica de MORDAZA y de la Republica del Peru, suscrita con fecha 15 de octubre de 2003 por el Director General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, documento que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19427

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Ratifican el Acta de la Reunion de Consulta sobre Transporte Aerocomercial entre Autoridades Aeronauticas de MORDAZA y Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 885-2003-MTC/02 MORDAZA, 23 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el 14 y 15 de octubre de 2003, se llevo a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, una Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica de MORDAZA y de la Republica del Peru, a fin de examinar diferentes aspectos de su relacion aerocomercial; Que, de conformidad con el Acta de la Reunion de Consulta sobre Transporte Aerocomercial entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica de MORDAZA y de la Republica de Peru, suscrita por las Autoridades Aeronauticas de ambos paises, se analizo la evolucion del trafico bilateral y se acordo sustituir la clausula de conversion de frecuencias segun el MORDAZA de aeronave; Que, en el tema relativo a un eventual incremento de frecuencias en la ruta troncal Buenos Aires-Lima y vv., se acordo que cuando las lineas aereas designadas por una parte contratante no estuvieren operando la totalidad de las frecuencias correspondientes a dicha parte, la empresa aerea designada por la otra parte contratante en el caso de estar operandose efectivamente la totalidad de la capacidad que le corresponda, podra incrementar sus servicios hasta el limite de las frecuencias no utilizadas por la otra parte; Que, asimismo la delegacion MORDAZA suministro un anteproyecto de Acuerdo de Servicios Aereos elaborado sobre la Base del Modelo presentado por la OACI en la V Conferencia Mundial de Transporte Aereo celebrada en Montreal en marzo de 2003, acordando mantener comunicaciones por correo electronico acerca del texto propuesto y celebrar oportunamente una nueva reunion de consulta para el tratamiento del texto definitivo; Que, mediante Memorandum Nº 0810-2003-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil, se solicita se apruebe el Acta de la Reunion de Consulta sobre Transporte Aerocomercial entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica de MORDAZA y de la Republica del Peru; Que, de acuerdo al literal n) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para ejecutar la politica aerea nacional, asi como para negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial; Que, asimismo, el Articulo 12º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que el Director General de Aeronautica Civil puede negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, los que para entrar en vigencia deben ser ratificados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Otorgan permiso de operacion a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Causana para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto en trafico nacional o cabotaje
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 312-2003-MTC/13 MORDAZA, 10 de octubre de 2003 Vista la solicitud, Expedientes Nº 008765, Nº 35091 y Nº 50603-2003, presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CAUSANA, mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CAUSANA ha cumplido con subsanar las observaciones comunicadas mediante Oficio, referente a los requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en trafico nacional o cabotaje; Que, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CAUSANA se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20174999393; Que, mediante Informe Nº 244-2003-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 300-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CAUSA-

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