NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 64
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G38/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL VALLE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G76/G61/G70/G6F/G72/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 144-03-CMDSMV Santa María del Valle, 19 de agosto del 2003 VISTO: Visto la Resolución de Concejo Nº 137-03-CMDSMV, de fecha 8 de agosto del 2003 y el Informe Técnico LegalNº 001-2003 de fecha 13 de agosto de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía po- lítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos yde administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminarde la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en con-cordancia con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú. Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, faculta a los Gobier-nos Locales declarar en Situación de Urgencia cuando laausencia extraordinaria e imprevisible del bien o serviciocompromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta ala Entidad la adquisición de bienes por el tiempo o canti-dad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; la situación deurgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o contra- tación como medida temporal", siendo en este caso laadministración oportuna y obligatoria del Programa delVaso de Leche. Que, visto en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 028, de fecha 8 de agosto del 2003, el Informe Nº 001-2003 de los Miembros del Comité Especial de Adjudicación para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso deLeche, en la que comunican al Pleno del Concejo, encuanto al Ítem I referente a la Leche Evaporada en tarrode 410 grs., ha quedado desierta a mérito de lo dispues-to por el Artículo 32º del Texto Único de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, por lo que dicha Comisión sugiere que en Sesión de Concejo se declareen URGENCIA LA COMPRA DE LA LECHE EVAPORA-DA EN TARRO DE 410 GRS.; puesto a consideración delConcejo, se ACORDÓ POR UNANIMIDAD declarar enEstado de URGENCIA la adquisición de Leche Evapora- da en tarro de 410 grs., para el Programa del Vaso de Leche. Así mismo visto en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 029 de fecha 18 de agosto de 2003 el Informe TécnicoLegal emitido por las áreas correspondientes y el pedi-do del Administrador Municipal Lic. Edward Zárate Ló- pez, respecto a la Exoneración del Proceso de Selec- ción de Adjudicación Directa para la adquisición de in-sumos del Programa del Vaso de Leche, por el períodode 4 meses corriendo del 1 de mayo al 31 de agosto de2003 por haber sido declarado en situación de urgen-cia; sometido a consideración del Concejo, se acordó POR UNANIMIDAD AUTORIZAR la exoneración del Proceso de Selección contemplado en el Artículo 19ºde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do Nº 26850. Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 19º inciso c) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados del Proceso deSelección de Adjudicación Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergen-cia o de urgencia declarados de conformidad con la Leyde la materia; asimismo estando a lo previsto por el Artí-culo 20º de la Ley invocada tal situación requiere deaprobación mediante acuerdo del Concejo Municipal. Que, estando a las consideraciones expuestas y teniendo en cuenta que por imperio de la Ley elPrograma del Vaso de Leche no puede dejarse deatender, siendo responsable la Entidad que tiene a sucargo para adoptar las medidas necesarias que le fa-culta la Ley para su pronta atención, además tratán- dose de un Programa de apoyo social destinado a los niños, éstos no pueden resultar perjudicados por lascircunstancias ocurridas, por lo que siendo así, pro-cede declarar en situación de urgencia la adquisiciónde Leche Evaporada en tarro de 410 grs. para la aten-ción del Programa del Vaso de Leche, por un período de 4 meses, a partir del 1 de mayo del 2003 al 31 de agosto del 2003, consecuentemente autorizar la Exo-neración del Proceso de Selección de AdjudicaciónDirecta contemplado en el Artículo 19º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850. Por estas consideraciones, estando al acuerdo en Sesión Ordinaria de Concejo Nºs. 028 y 029 de fechas 8 y 18 de los corrientes respectivamente y en uso de lasfacultades conferidas por el Art. 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de Leche Evaporada en tarrode 410 grs., para la atención del Programa del Vaso deLeche de la Municipalidad Distrital de Santa María delValle, por el período de 4 meses a partir del 1 de mayo de 2003 al 31 de agosto de 2003, con el valor referencial de S/. 62,169.51 (SESENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTAY NUEVE y 51/100 NUEVOS SOLES), con fondos trans-feridos del Tesoro Público de la cuenta específica para elPrograma del Vaso de Leche. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la exoneración del Proceso de Selección de conformidad con el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación en el Diario Oficial El Peruano por el término de Ley, remitiendola presente a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANÍBAL E. SOLÓRZANO PONCE Alcalde 16449 /G43/G4F/G4E/G56/G45/G4E/G49/G4F/G53/G20/G49/G4E/G54/G45/G52/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 /G45/G6E/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G2D /G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 163 comunica la Entrada en vigencia del "Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América" , suscrito en la ciu- dad de Lima, República del Perú, el 25 de julio de 2001,aprobado por el Congreso de la República mediante Re-solución Legislativa Nº 27827 de 22 de agosto de 2002,publicada al igual que el texto del Tratado el 19 de se- tiembre de 2002, y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 085-2002-RE, de 1 de octubre de 2002, publicado el 2de octubre del mismo año. Entró en vigencia para am- bos países el 25 de a gosto de 2003. 16478