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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G38/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de setiembre de 2003 Que, por último, los artículos 10º y 11º definen los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines, res-pectivamente, de conformidad con lo dispuesto por la Leyde Tributación Municipal; Que, la Municipalidad Distrital de Comas cumplió con publicar la Ordenanza Nº 077-C/MC dentro del plazo se- ñalado en el artículo 69-A de la Ley de Tributación Muni- cipal, Decreto Legislativo Nº 776, pues se publicó en eldiario oficial El Peruano con fecha 19 de febrero de 2003,así mismo se cumplió con publicar el Informe Técnicocorrespondiente; Que, en cuanto al artículo Segundo de la Ordenanza Nº 077-C/MC, materia de ratificación, se debe señalar que se mantiene en S/. 6.00 Nuevos Soles el monto quedeberán abonar los contribuyentes por concepto de De-recho de emisión mecanizada y distribución de los Esta-dos de Cuentas de los Arbitrios de Limpieza Pública yParques y Jardines, monto que será distribuido a razón de S/. 0.50 (Cincuenta Céntimos de Nuevo Sol) por mes; Que asimismo, el artículo Séptimo de la referida Or- denanza mantiene para el año 2003, el pago de S/. 7.80Nuevos Soles por gastos de actualización, emisión y dis-tribución mecanizada de la Declaración Jurada del Im-puesto Predial 2003 y un monto adicional de S/. 2.60 Nuevos Soles, por cada hoja anexa; Que, mediante Ordenanza Nº 79-C/MC, se modificó el artículo 8º del Marco del Régimen Tributario de los Ar-bitrios Municipales, referido a la exoneración de los pen-sionistas y prorrogó los vencimientos de los mismos, nomereciendo mayor comentario; Que, para el cálculo de los arbitrios de Limpieza Pú- blica y Parques y Jardines regulados en la Ordenanza Nº77-C/MC, la Municipalidad Distrital de Comas ha consi-derado el valor del predio (determinado en la declaraciónjurada del Impuesto Predial) y el uso o giro desarrolladoen el mismo, prestando efectivamente: - El Servicio de Limpieza Pública, que comprende el barrio de vías públicas (baldeo de calles y parques), re-colección de maleza y desmonte, recolección domicilia-ria de residuos sólidos, mantenimiento de juegos infanti- les, monumentos, bancas, SS.HH., mantenimiento de papeleras, limpieza de servicios higiénicos, planta detransferencia, mantenimiento de playas, relleno sanitarioy mantenimiento de unidades vehiculares. - El Servicio de Parques y Jardines, que comprende producción de especies ornamentales y forestales (man- tenimiento de viveros), operación, mantenimiento y me- joramiento de áreas verdes, riego de áreas verdes (bajodiversas modalidades), poda de árboles, corte de grass,recolección de maleza, mantenimiento de planta de tra-tamiento y mantenimiento de unidades vehiculares. Que, en este sentido, la Municipalidad Distrital de Co- mas incurre en costos efectivos, que considera las nece-sidades de bienes, servicios y proyectos de inversión quese requieren para optimizar los recursos humanos y me-jorar la calidad de los servicios que brinda; asimismo,considerando los factores impositivos establecidos en la norma para cada uso del predio, giro o actividad desarro- llada en él, así como el número de predios afectos y enalgunos casos considerando el autoavalúo para cadacategoría, según información presentada por la Munici-palidad, los ingresos potenciales derivados del cobro delArbitrio de Limpieza Pública y Parques y Jardines alcan- zan los siguientes montos: ARBITRIO MONT O ANUAL DIFERENCIA % COBERTURA (INGRESO - (INGRESO/ INGRESO COSTO COSTO) COSTO) Limpieza 6,799,127.22 7,381,012.00 -581,884.78 92.1% Pública Parques y 1,698,577.02 2,042,701.08 -344,124.06 83.2% Jardines TOTAL 8,497,704.24 9,423,713.08 90.2% Que, del análisis se determina que la recaudación po- tencial de la Municipal Distrital de Comas permite finan-ciar el 92.1% del costo del servicio de Limpieza Pública y el 83.2% del costo del servicio de Parques y Jardines,siendo cubierta la diferencia (7.9% y 6.8%) por la Munici- palidad Distrital; Que, la Comisión de Acceso Mercantil del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual - INDECOPI, mediante ResoluciónNº 008-2003-CAM-INDECOPI publicada en el diario ofi- cial El Peruano con fecha 8 de marzo de 2003 y el Tribu- nal Constitucional mediante la sentencia recaída en elexpediente Nº 0918-2002-AA/TC de fecha 25 de marzode 2003, han establecido determinados criterios que de-ben ser tomados en consideración por las Municipalida-des cuando distribuyan los costos que ocasionan la pres- tación de los servicios entre el universo de sus contribu- yentes, para efectos de determinar el monto de los arbi-trios a cobrar; Que, al haber aprobado la Municipalidad Distrital de Comas la tasa de sus arbitrios teniendo como base alautoavalúo del predio, es necesario que la Municipalidad Metropolitana de Lima invoque a dicha Municipalidad Dis- trital tome en consideración las conclusiones conteni-das en la Resolución de INDECOPI y la sentencia delTribunal Constitucional antes citadas, al momento de de-terminar sus arbitrios municipales para el ejercicio siguien-te; Que, del Informe emitido por el SAT, sobre la Orde- nanza Nº 077/C/MC y su modificatoria la Ordenanza Nº079/C/MC que aprueban al Marco del Régimen Tributariode los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardi-nes Públicos y el derecho de emisión mecanizada de losArbitrios Municipales e Impuesto Predial para el ejercicio 2003, en la jurisdicción del distrito de Comas, se conclu- ye que se encuentra conforme a la normatividad vigentedentro de lo establecido por el Texto Único Ordenado delCódigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributación Municipal, aprobado porDecreto Legislativo Nº 776; Luego de las deliberaciones del caso y teniendo en cuenta el Informe del SAT, y lo opinado por la Comisiónde Economía, Planificación y Presupuesto, en su Dicta-men Nº 072-2003-MML-CEPP; ACORDÓ: Artículo Primero .- Ratificar la Ordenanza Nº 077/C/MC y su modificatoria la Ordenanza Nº 079/C/MC, emitidas porla Municipalidad Distrital de Comas, que aprueban al Marcodel Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos, así como el Derecho de Emi- sión Mecanizada de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial para el ejercicio 2003 en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distri- tal de Comas, para que en el ejercicio siguiente, aldeterminar sus arbitrios a cobrar, tomen en considera-ción las conclusiones contenidas en la Resolución de IN- DECOPI y la sentencia del Tribunal Constitucional, pu- blicados en el Diario Oficial El Peruano con fechas 8 y 25de marzo de 2003, respectivamente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde 16504 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G62/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G61/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G2D /G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 091-C/MC Comas, 23 de agosto de 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de agosto del 2003, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Económico, relacionado con las Disposicio- nes para el Uso de Cabinas de Internet por Menores deEdad; y,