NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 63
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G38/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2003-MDCH Chancay, 29 de agosto del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO; en sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 027-2003-MDCH/UAG, de fecha 26 de agosto del2003, presentado por la Unidad de Administración General, mediante el cual solicita se declare en Emergencia Adminis- trativa la Municipalidad Distrital de Chancay; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Art. 191º de la Constitu- ción Política del Estado, establece que las Municipalida- des Provinciales y Distritales y las delegadas conforme aLey son los Órganos de Gobierno Local, tienen autono-mía Política, Económica y Administrativa en los asuntosde su competencia; Que, la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Vigésima Disposición Complementaria, se- ñala que las municipalidades provinciales o distritales,por única vez con acuerdo adoptado por dos tercios delos miembros del concejo municipal, podrán declararseen emergencia administrativa o financiera por un plazomáximo de 90 días, con el objeto de hacer las reformas, cambios, reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar los recursos y funciones, respetando los dere-chos laborales adquiridos legalmente; En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa de trá-mite de aprobación del acta y con el voto de la mayoría de miembros del Concejo Municipal; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA AD- MINISTRATIVA a la Municipalidad Distrital de Chancay, por un lapso de 90 días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias, paraoptimizar sus recursos y funciones, conforme a lo estableci-do en la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS CASAS SEBASTIAN Alcalde Distrital 16372 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G6E/G74/G65/G72/G61/G20/G65/G76/G61/G70/G6F/G72/G61/G64/G61 /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 146-2003/A/MDP San Martín de Pangoa, 28 de agosto de 2003VISTO: El Informe Nº 06/CPBS/03/MDP, de fecha 18 de agos- to de 2003, Informe Nº 017-03-OAL/MDP, de fecha 21 deagosto de 2003, de la Oficina de Asesoría Legal de laMunicipalidad Distrital de Pangoa, en relación al proceso de la Primera Convocatoria de Adjudicación Directa Pú- blica Nº 001-MDP-2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 031-2003- MDP, de fecha 14 de julio de 2003, designan a los miem-bros titulares y suplentes del Comité Especial, con elobjeto de adquirir los insumos necesarios para el Progra- ma del Vaso de Leche; Que, el numeral 4.1 del artículo 4º de la Ley Nº 27470 modificado por Ley Nº 27712, establece la designaciónde la representante elegida por el Comité Distrital delPrograma de Vaso de Leche, la misma que participará enel Comité Especial como la veedora ad honorem; Que, conforme se desprende del acto de instalación de la apertura de sobres de fecha 5 de agosto de 2003, ahoras 2.30 p.m. no estuvieron presentes los representan-tes del Ministerio de Salud y del Comité Central de lasBeneficiarias del Programa del Vaso de Leche, creándo-se un vicio en el proceso, lo que contraviene lo dispuesto por el artículo 25º del D.S. Nº 041-2002-PCM; Que, según lo dispone el inciso 2) del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 26850, de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, que la Resolución que apruebe el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días há- biles siguientes de su expedición, el cual no se ha cum-plido en publicar para el ejercicio fiscal 2003; Que, la Municipalidad tiene como uno de sus objeti- vos primordiales la de velar por la alimentación, salud,educación, específicamente en el Programa del Vaso de Leche es de llegar a la mayor cantidad de beneficiarios en su jurisdicción; Que, el distrito de San Martín de Pangoa está ubicado a 452 Km. de distancia de la capital, y que el distrito de SanMartín de Pangoa está considerado un distrito de la extremapobreza, con una esfera de alto índice de desnutrición y de enfermos de TBC, con un porcentaje mayor en la comunida- des nativas conformantes de Asháninkas y Nomatsiguen-gas, existiendo anexos de difícil acceso; Que, el Estado facilita y vigila la libre competencia, bajo los principios de moralidad, imparcialidad, eficien-cia, transparencia, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario, teniendo como finalidad de garantizar que las entidades obtengan bienes de calidad requerida, en for-ma oportuna y a precio o costo adecuado; Que, el artículo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, señala que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativade la entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en el artículo 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM,esto es por haberse prescindido de la forma prescrita por lasNormas Legales antes acotadas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de Oficio de la Primera Convocatoria de Adjudicación Directa Pública Nº 001-MDP- 2003, para la adquisición de la leche entera evaporada en tarro de 410 grs. del Programa de Vaso de Leche, por losfundamentos antes expuestos, debiéndose retrotraerse has-ta el momento de elaboración y aprobación de las bases encumplimiento de las normas legales. Artículo 2º.- Comunicar la presente resolución de Alcaldía a los interesados y así mismo publicar la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentrode los cinco (5) días siguientes contados desde la fechade su expedición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR RAÚL QUISPE ROJAS Alcalde 16451