NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/09/2003)
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TEXTO PAGINA: 37
PÆg. 250999 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de setiembre de 2003 lidades Nº 27972 y la Ordenanza Nº 524 de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO:Que, el Art. 102º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, define y regula la organización y estruc-tura del Consejo de Coordinación Local Distrital que es- tará constituido por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Primer Regidor, losRegidores Distritales, los Alcaldes de los Centros Pobla- dos y los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, como un órgano de Coordinación y Con-certación de las Municipalidades Distritales; Que, de conformidad con el Art. 104º de la acotada Ley, entre una de sus funciones está la de coordinar yconcertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Con- certado y el Presupuesto Participativo Distrital, concor- dante con lo estipulado en el Instructivo Nº 002-2003-EF/76.01, “Instructivo para la Programación Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el año Fiscal 2004” aprobado mediante Re-solución Directoral Nº 020-2003-EF/76.01"; Que, el tercer párrafo del Artículo 102º de la Ley an- tes citada señala que: “Los representantes de la socie-dad civil son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acre- ditados de las organizaciones de nivel distrital, que sehayan inscrito en el Libro de Registro que para tal efecto abrirá la Municipalidad Distrital”, motivo por el cual las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), interesadasen participar en las elecciones para elegir a sus repre- sentantes ante el Consejo de Coordinación Local Distri- tal de San Martín de Porres por este período, deberánpreviamente registrarse en el Libro Registro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, la Ley citada en su Artículo 154º. - MUNICIPALI- DADES DISTRITALES dice: “La Municipalidad Metropoli- tana de Lima ejerce jurisdicción, en las materias de su competencia, sobre las municipalidades distritales ubi-cadas en el territorio de la provincia de Lima. Se rigen por las disposiciones establecidas para las municipalida- des distritales en general, en concordancia con las com-petencias y funciones metropolitanas especiales, con las limitaciones comprendidas en la presente ley y las que se establezcan mediante ordenanza metropolitana; Que, la Ley citada en lo referente a las funciones del Concejo Metropolitano en su Artículo 157º numeral 24 señala que una de las funciones del mismo es la de “Pro-mover y organizar la activa participación de los vecinos en el gobierno de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las municipalidades distritales que la integran"; Que, en concordancia con lo antes citado, la Ordenanza Nº 524 del Concejo Metropolitano de Lima en su Artículo 1º. - DEL OBJETIVO dice: "El presente Reglamento estableceel procedimiento para la conformación y composición de los miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima (AML), así como para su instalación y funcionamiento, en aplicación delartículo 3º de la Ley Nº 27902 y del Artículo 162º de la Ley Nº 27972, siendo de aplicación en lo que corresponda, a los Gobiernos Locales Distritales para el proceso de conforma-ción, composición y elección de los Consejos de Coordina- ción Local Distrital”; Que en concordancia con el Título Preliminar, Artícu- lo II.- Autonomía, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que dice: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia”; Con el voto por Mayoría de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobó del acta, se hadado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero. - Convóquese a elecciones de los seis (6) representantes de las Organizaciones de la So- ciedad Civil (OSC) para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, a llevarse a cabo el 12 deoctubre de 2003 a partir de las 9:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. en el local ubicado en Av. Alfredo Mendiola Nº 169 - San Martín de Porres. Artículo Segundo.- Dispóngase que la Secretaría General apertura el Libro Registro Distrital de las Organi- zaciones de la Sociedad Civil, el mismo que es un instru-mento público no constitutivo de personería jurídica, y sumantenimiento y actualización será responsabilidad de la Dirección de Participación Ciudadana. Artículo Tercero.- El Libro Registro Distrital de las Orga- nizaciones de la Sociedad Civil estará organizado por Título,correspondiendo a cada uno de ellos los diversos segmen- tos en los que se autoclasifican las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de acuerdo a la relación siguiente: TÍTULO SEGMENTOS Económico Organizaciones de la Industria Organizaciones de Comerciantes Organizaciones de Turismo Organizaciones de Bienes Raíces e Inmobiliarias Organizaciones de la Banca, Financieras y de Inversión Organizaciones Exportadoras Organizaciones de la Construcción Organizaciones de PYMES Otras Organizaciones Empresariales Comunicación Organizaciones de Medios de Difusión Laboral Organizaciones Laborales Educación Organizaciones Educativas, Científicas y Tecnológicas Organizaciones Universitarias e Instituciones de Educación Superior Asociaciones de Padres de Familia Otras Organizaciones Educativas Salud CLAS (Comunidad Local de Administración de Salud) Promotoras de Salud Apoyo Alimentario Organizaciones Sociales de Base (Comedores Populares y Vaso de Leche) Cooperantes y Organizaciones Cooperantes ONGs Cultura, Arte Organizaciones Culturales y DeporteOrganizaciones Artísticas Organizaciones Deportivas Vecinales Organizaciones de Asentamientos Humanos, Urbaniza- ciones Populares, Urbanizaciones, Cooperativas de Vi-vienda, Conjuntos Habitacionales, y Localidades en Desarrollo Otras Productores Agrícolas Organizaciones Productores Pecuarios de la Sociedad Productores Artesanales Civil Promotoras de Salud Colegios de Profesionales Asociaciones del Adulto Mayor Organizaciones de Jóvenes Representantes de Iglesias Artículo Cuarto.- La presentación de Solicitudes de Inscripción de las organizaciones de la Sociedad Civil seiniciarán el 8 de setiembre y culminarán el 26 de setiem- bre de 2003. Al momento de su inscripción deberá presentar: 1. Solicitud de Inscripción, consignando el nombre de la organización y las siglas que la identifican, fecha deinscripción en el registro respectivo (RR.PP., RUOS u otro), fecha de constitución, dirección oficial e identifica- ción de la persona que la representa o la persona desig-nada como candidato 2. Copia autenticada por el Fedatario de la Municipalidad de la Constancia de Inscripción de la Organización en los Re-gistros Públicos y/o otros registros, expedidos con una antigüe- dad no mayor de 90 días a la presentación de la solicitud. 3. Copia autenticada por el Fedatario de la Municipa- lidad del documento de identidad del representante de la organización. 4. Copia autenticada por el Fedatario de la Municipalidad de documentos que acrediten al menos un (1) año de activi- dad institucional, presencia efectiva y trabajo en el distrito. Estos documentos pueden ser: Libro de Actas, instrumentosjurídicos, memoriales o publicaciones entre otros. Artículo Quinto.- Una vez instalado el Consejo de Coordinación Local Distrital elaborará su Propuesta de