Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2003 (07/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 7 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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ambiental el conservar y acrecentar las areas verdes de la metropoli; Que, asimismo, el articulo 161º numeral 1.3. de la Ley Organica de Municipalidades asigna como funcion especial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el constituir, organizar y administrar el sistema metropolitano de parques, integrado por parques zonales existentes, parques zoologicos, jardines botanicos, bosques naturales y areas verdes ubicadas en el Cercado de MORDAZA en forma directa o a traves de sus organismos descentralizados o de terceros mediante concesion; Que, de otro lado, el articulo 79º numeral 4.1. de la Ley Organica de Municipalidades senala como funcion especifica compartida de las municipalidades distritales la ejecucion directa o proveer la ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, tales como parques, entre otros bienes publicos en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva; Que, una adecuada interpretacion del conjunto de normas precedentemente expuestas, acorde a las disposiciones contenidas en el Titulo Preliminar, permite concluir que, si bien la administracion del MORDAZA Zonal Wiracocha constituye una funcion especial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, no se constituye en una funcion exclusiva, correspondiendole tambien a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho participar en las decisiones relativas a la administracion y mejoramiento del mismo, optimizando los servicios que dicha area brinda a nuestros vecinos, en aplicacion del MORDAZA de subsidiariedad; Que, la gestion municipal de San MORDAZA de Lurigancho ha definido en su Plan de Gobierno 2003-2006, la recuperacion, rehabilitacion y puesta en valor del MORDAZA Zonal como uno de los proyectos estrategicos de impacto en el ordenamiento ambiental y MORDAZA del distrito; Que, dentro de esta linea interpretativa, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y su MORDAZA, don MORDAZA Castaneda Lossio, en reunion sostenida entre MORDAZA autoridades edilicias el 3 de MORDAZA anterior, convinieron en que la administracion del precitado MORDAZA Zonal debia de mantenerse a cargo de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho y sus vecinos; decision que fuera conocida y difundida a los miembros del Concejo Municipal, a las organizaciones vecinales representativas del distrito y hecha publica a los vecinos de San MORDAZA de Lurigancho y la comunidad en general en diversos medios de comunicacion; Que, tal como se anuncio en dicha oportunidad, el acuerdo adoptado por los Alcaldes de MORDAZA y de San MORDAZA de Lurigancho repercute positivamente en el desarrollo de nuestro distrito y de la Capital de la Republica, y permite cimentar las acciones de gestion y administracion del MORDAZA Zonal trazadas por esta gestion municipal, optimizando sus capacidades y servicios en beneficio de la poblacion, como ya se ha venido trabajando en el primer semestre del ano; ademas de armonizar y estrechar los lazos de cooperacion entre MORDAZA entidades de gobierno local; Que, con posterioridad a la fecha indicada, las autoridades locales en forma directa y a traves de sus representantes, han venido sosteniendo algunas reuniones de coordinacion para formalizar el reconocimiento de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho como administradora directa del MORDAZA Zonal Wiracocha ubicado en nuestra jurisdiccion, cediendo la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA todos los atributos, facultades y derechos inherentes a dicha administracion, no habiendose a la fecha logrado acuerdo formal alguno, a pesar de lo convenido en reunion sostenida por ambos Alcaldes; Que, a mayor abundamiento, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Nº 525 publicada el 26 de MORDAZA anterior en el Diario Oficial El Peruano que regula el regimen de intangibilidad, proteccion, conservacion, defensa y mantenimiento de las areas verdes de uso publico de MORDAZA Metropolitana, la cual, bajo el aparente respeto a la autonomia de los Concejos Distritales citado textualmente en el octavo considerando de la Ordenanza indicada, perturba el clima de entendimiento y MORDAZA existente entre las dos Municipalidades y hace indispensable por lo tanto, que a la brevedad se ratifique y formalice el acuerdo de conservacion de la administracion del MORDAZA Zonal por parte del Municipio de San MORDAZA de Lurigancho;

Que, la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho tiene un conjunto de estudios para intervenir e invertir en el MORDAZA Zonal y que se encuentran al dia de hoy paralizadas ante la indefinicion de su administracion, perjudicando la ejecucion de un proyecto de desarrollo integral del MORDAZA y su MORDAZA de influencia y el beneficio de este proyecto a la poblacion; Que, en adicion a ello, en un cabildo extraordinario llevado a cabo en el mes de MORDAZA del presente ano, todos los dirigentes vecinales expresaron su total voluntad de defender la gestion del Gran MORDAZA Wiracocha en manos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, respaldado las acciones del MORDAZA para ese fin; Que, frente a la situacion actual descrita, y en ejercicio de la funcion que compete al Concejo prevista en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, corresponde a este organo colegiado brindar el respaldo necesario al senor MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en las acciones y gestiones que viene realizando para materializar la formalizacion de la conservacion de la administracion del Gran MORDAZA Wiracocha y la cesion de todos los atributos, facultades y derechos inherentes a dicha administracion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, apoyando su actuacion decidida hacia dicho fin; Y, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Respaldar totalmente las acciones y gestiones que viene realizando el senor MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para materializar la formalizacion de la conservacion de la administracion del Gran MORDAZA Wiracocha y la cesion de todos los atributos, facultades y derechos inherentes a dicha administracion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, atendiendo al acuerdo arribado con el senor MORDAZA Castaneda Lossio, MORDAZA Metropolitano de MORDAZA el 3 de MORDAZA anterior, apoyando su actuacion decidida hacia dicho fin. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General y a la Gerencia Municipal la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, asi como su debida difusion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16569

Respaldan Informe Final de la Comision de la Verdad y la Reconciliacion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 064 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, la mocion presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre "RESPALDAR EL INFORME FINAL DE LA COMISION DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACION"; y, CONSIDERANDO: Que, hoy 28 de agosto de 2003, la Comision de la Verdad y la Reconciliacion ha entregado al Presidente de la Republica, al Congreso de la Republica y a la Corte Suprema de Justicia su Informe Final sobre la violencia en las dos ultimas decadas en el Peru; Que, el informe ha permitido conocer que son mas de 69 mil los peruanos muertos y desaparecidos, como consecuencia de la violencia desatada por el terrorismo, que se inicio en MORDAZA de 1980 en Ayacucho. Violencia que remanentes de uno de los grupos terroristas - unido al

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