NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/09/2003)
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PÆg. 250986 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de setiembre de 2003 k) Un representante de la Microrregión Provincial. Artículo Quinto.- El Consejo Distrital está integrado por las siguientes organizaciones e instituciones: a) El Alcalde Distrital, quien lo preside. b) Un representante de los Consejos Menores.c) Un representante de los establecimientos de salud y CLAS del distrito. d) Un representante de la práctica privada en Salud.e) Un representante de los profesionales de Salud. f) Un representante de la Sociedad Civil: organizacio- nes de base y organizaciones productivas locales. g) Un representante de los trabajadores del sector Sa- lud. Artículo Sexto.- Implementar la Secretaría Técnica de los Consejos Regionales, Provinciales y Distritales: conformado por un máximo de tres personas. Artículo Séptimo.- En el proceso de implementación de los Consejos Regionales, Provinciales y Distritales de Salud, la elección de los integrantes se realizará segúnlo estipulado en la Ley Nº 27813 del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, y su Reglamen- to aprobado por D.S. Nº 004-2003-SA, en su SegundaDisposición Transitoria y Final; a cuyo efecto la Dirección Regional de Salud solicitará el apoyo del Consejo Nacio- nal de Salud, contando con la supervisión de la GerenciaRegional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Ins- titucional y la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad. POR TANTO: Mando se publique, se registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente 16546 Otorgan facultad para aprobar la Decla- ración de Viabilidad de los Proyectosde Inversión al Presidente del Gobier-no Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD Nº 010-2003-CR/R-LL Trujillo, 21 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Art. 36º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Oficina de Inver-siones es la más alta autoridad técnica normativa del Sis- tema Nacional de Inversiones, dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos de los proyectos de inversiónpública; Que, el Art. 9º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministeriode Economía y Finanzas, a través de la Oficina de Inver- siones, califica la viabilidad de los proyectos de inversión pública que se encuentran en fase de pre inversión, pu-diendo delegar a los sectores esta atribución total o par- cialmente; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 421-2002- EF/15, se delega facultades para declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública a las Oficinas de Programación e Inversiones de los Sectores y a los Go-biernos Regionales; Que, el numeral 2.2 del Art. 2º de la Resolución Minis- terial Nº 067-2003-EF/15, modifica el Art. 2º de la Reso-lución Ministerial Nº 421-2002-EF/15 y dispone que la delegación será utilizada para la declaración de viabili- dad de los proyectos de inversión pública enmarcadosen los tipos señalados, que cumplen los requisitos esta- blecidos y se enmarquen en los montos establecidos para los sectores o para los Gobiernos Regionales, delega-ción hecha a los Titulares del Pliego de los Gobiernos Regionales, previo acuerdo de sus Consejeros Regio- nales;Que, el segundo párrafo del numeral 5.7 del Art. 5º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, dispone que los Gobiernos Re- gionales con acuerdo de sus Consejeros Regionales,quedan facultados para evaluar y declarar la viabilidad a sus proyectos de inversión pública que se enmarcan den- tro de las disposiciones sobre delegación de facultadesque para tal efecto emita el ente rector del Sistema Na- cional de Inversión Pública; Que, es necesario otorgar la facultad para aprobar la Declaración de Viabilidad de los proyectos de inversión pública al titular del Pliego del Gobierno Regional La Li- bertad; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, su modifica- toria Ley Nº 27902 y estando a lo dispuesto en el párrafodel numeral 5.7 del Art. 5º de la Ley Nº 27879 - Ley del Sector Público para el Año Fiscal 2003; Con el voto UNÁNIME de los señores integrantes del Consejo Regional de la Región La Libertad; SE ACUERDA:Artículo Primero.- OTORGAR la facultad para eva- luar los estudios de preinversión de los proyectos de in-versión pública, a la Subgerencia de Programación de la Inversión Pública del Gobierno Regional La Libertad. Artículo Segundo.- OTORGAR la facultad para apro- bar la Declaración de Viabilidad de los proyectos de in- versión pública al Presidente Ejecutivo del Gobierno Re- gional La Libertad. Regístrese, comuníquese y archívese. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 16545 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Aprueban el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del gobierno regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 311-2003-G.R.PASCO/PRES Cerro de Pasco, 9 de junio de 2003EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO VISTO: El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Pasco, Informe Nº 046- 2003-GR-PASCO-SGPPDI/SGDIET de fecha 14 de mayode 2003, Informe Nº 048-2003-GR.PASCO/GRPPDI de fecha 15 de mayo de 2003, Memorando Nº 136-2003- GR-PASCO-PRES/GGR de fecha 29 de mayo de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Orgánica de Gobiernos Regiona- les Nº 27867, se establece y norma la estructura, organi- zación, competencias y funciones de los gobiernos re-gionales. Define la organización democrática, descen- tralizada y desconcentrada del Gobierno Regional con- forme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Des-centralización; Que, según el Art. 10º numeral 1, inciso c) de la pre- citada Ley, establece que los Gobiernos Regionales,aprueban su organización interna y su presupuesto insti- tucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestal del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003- GRP/CR, se aprueba la Estructura Orgánica del Gobier- no Regional Pasco, de fecha febrero de 2003; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2003- GRP/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Pasco, de fecha febre-ro de 2003;