NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/09/2003)
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PÆg. 250985 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a los Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Ica para garantizar el nor-mal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declara- ción Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganosde la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contri- buyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Re- gionales de la SUNAT a designar mediante Resolucionesde Intendencia a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de compe- tencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolución de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22º del Texto Único Ordenado delEstatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Su- perintendencia Nº 041-98/SUNAT; y los artículos 50º y 51º del Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica al trabajador que se indica a continuación: - Campos Valdivia Fernando Humberto. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ALEGRÍA FRANCO IntendenteIntendencia Regional - Ica 16549 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Crean Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2003-CR/RLL Trujillo, 21 de agosto del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 21 de agosto, la propuesta formulada por la Comisión de Desarrollo Social, relativo a la Creación del Sistema Re-gional Coordinado y Descentralizado de Salud; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado por la Ley Nº 27813, del Sistema Nacional Coordinado y Descen- tralizado de Salud y su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 004-2003-SA, es imperativo constituir elSistema Regional, Coordinado y Descentralizado de Sa-lud que tendrá como objetivo principal promover la coor- dinación de las políticas regionales de salud, en el con- texto de las políticas nacionales del referido sector públi- co, promoviendo la concertación de los integrantes delSector de Salud en forma sistémica; Que, con el funcionamiento del sistema, se garanti- zará la participación ciudadana en el proceso de planifi-cación, gestión, vigilancia democrática y evaluación, con- servando los principios de equidad, eficiencia y subsidia- ridad; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificato- ria Ley Nº 27902; Con el voto UNÁNIME de los señores integrantes del Consejo Regional de la Región La Lisbertad; ORDENA: Artículo Primero .- CREAR el Sistema Regional Co- ordinado y Descentralizado de Salud, dentro de un mo- delo de salud pública estado – mercado, cuyo objetivo es el de promover la coordinación de la formulación y apli-cación de las políticas regionales de salud, en el contex- to de los lineamientos y las políticas nacionales de sa- lud, promoviendo la concertación de los integrantes delsector salud en forma sistémica y en el contexto regio- nal; asimismo garantizar la participación ciudadana en el proceso de planificación, gestión, vigilancia democráticay evaluación, bajo los principios de equidad, eficiencia y subsidiaridad. Artículo Segundo.- El Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud (SCRDS) estará conformado por tres espacios de poder sub Sistémicos: Consejo Regional, Consejo Provincial y Consejo Dis- trital, los mismos que tendrán carácter vinculante y de bidireccionalidad en sus interrelaciones e interfunciones. Artículo Tercero.- El Consejo Regional de Salud está conformado por las siguientes instituciones y organiza-ciones: a) Director Regional de Salud, quien lo preside. b) Un representante de ESSALAUD c) Un representante de la Municipalidad Provincial, Capital de la Región. d) Un representante de los Alcaldes Provinciales e) Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Ar- madas y Fuerzas Policiales. f) Un representante del Colegio Médico. g) Un representante de las Facultades de Ciencias de la Salud. h) Un representante de la Gerencia Regional de Pla- nificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional del Go- bierno Regional. i) Un representante de la práctica privada de los ser- vicios de Salud. j) Un representante de los profesiones de Salud no Médicos. k) Un representante de los trabajadores del sector Sa- lud. l) Un representante de Organizaciones Socales: Or- ganizaciones de Base, ONGs que trabajan en Salud. m) Un representante de Vivienda y Saneamiento. Artículo Cuarto.- El Consejo Provincial de Salud está integrado por las siguientes instituciones y organizacio-nes: a) Un representante de un Colegio Médico, quien lo preside. b) Un representante del Municipio Provincial.c) Un representante de los órganos descentralizados de la DIRES. d) Un representante de ESSALUD.e) Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Ar- madas y Fuerzas Policiales. f) Un representante de los trabajadores del Sector Sa- lud. g) Un representante de la práctica de los servicios de Salud. h) Un representante de los Alcaldes Distritales. i) Un representante de profesionales no médicos. j) Un representante de la Sociedad Civil: organizacio- nes de base y ONGs.