Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2003 (07/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 7 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Ica para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberan de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la sexta disposicion final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que, la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar mediante Resoluciones de Intendencia a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolucion de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT; y los articulos 50º y 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica al trabajador que se indica a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Humberto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia Regional - Ica 16549

lud que tendra como objetivo principal promover la coordinacion de las politicas regionales de salud, en el contexto de las politicas nacionales del referido sector publico, promoviendo la concertacion de los integrantes del Sector de Salud en forma sistemica; Que, con el funcionamiento del sistema, se garantizara la participacion ciudadana en el MORDAZA de planificacion, gestion, vigilancia democratica y evaluacion, conservando los principios de equidad, eficiencia y subsidiaridad; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; Con el MORDAZA UNANIME de los senores integrantes del Consejo Regional de la Region La Lisbertad; ORDENA: Articulo Primero.- CREAR el Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud, dentro de un modelo de salud publica estado ­ MORDAZA, cuyo objetivo es el de promover la coordinacion de la formulacion y aplicacion de las politicas regionales de salud, en el contexto de los lineamientos y las politicas nacionales de salud, promoviendo la concertacion de los integrantes del sector salud en forma sistemica y en el contexto regional; asimismo garantizar la participacion ciudadana en el MORDAZA de planificacion, gestion, vigilancia democratica y evaluacion, bajo los principios de equidad, eficiencia y subsidiaridad. Articulo Segundo.- El Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud (SCRDS) estara conformado por tres espacios de poder sub Sistemicos: Consejo Regional, Consejo Provincial y Consejo Distrital, los mismos que tendran caracter vinculante y de bidireccionalidad en sus interrelaciones e interfunciones. Articulo Tercero.- El Consejo Regional de Salud esta conformado por las siguientes instituciones y organizaciones: a) Director Regional de Salud, quien lo preside. b) Un representante de ESSALAUD c) Un representante de la Municipalidad Provincial, Capital de la Region. d) Un representante de los Alcaldes Provinciales e) Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales. f) Un representante del Colegio Medico. g) Un representante de las Facultades de Ciencias de la Salud. h) Un representante de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional del Gobierno Regional. i) Un representante de la practica privada de los servicios de Salud. j) Un representante de los profesiones de Salud no Medicos. k) Un representante de los trabajadores del sector Salud. l) Un representante de Organizaciones Socales: Organizaciones de Base, ONGs que trabajan en Salud. m) Un representante de Vivienda y Saneamiento. Articulo Cuarto.- El Consejo Provincial de Salud esta integrado por las siguientes instituciones y organizaciones: a) Un representante de un Colegio Medico, quien lo preside. b) Un representante del Municipio Provincial. c) Un representante de los organos descentralizados de la DIRES. d) Un representante de ESSALUD. e) Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales. f) Un representante de los trabajadores del Sector Salud. g) Un representante de la practica de los servicios de Salud. h) Un representante de los Alcaldes Distritales. i) Un representante de profesionales no medicos. j) Un representante de la Sociedad Civil: organizaciones de base y ONGs.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA
Crean Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2003-CR/RLL MORDAZA, 21 de agosto del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha 21 de agosto, la propuesta formulada por la Comision de Desarrollo Social, relativo a la Creacion del Sistema Regional Coordinado y Descentralizado de Salud; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado por la Ley Nº 27813, del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, es imperativo constituir el Sistema Regional, Coordinado y Descentralizado de Sa-

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