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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 252268 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de setiembre de 2003 Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, De conformidad con el Art. 154º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al Sr. Edgar Enrique Escate Quispe, Trabajador de Servicio I Nivel SAD con la san-ción disciplinaria de DESTITUCIÓN, por los fundamentosexpuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- El servidor sancionado no podrá reincor- porarse a la Administración Pública en un plazo no me- nor de cinco (5) años a partir de la fecha. Regístrese y comuníquese.JORGE E. VELÁSQUEZ TRAVERSO Director General 17942 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de Salas Transitorias de Derecho Constitucional y Social, Penal y Civil de la Corte Su-prema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 116-2003-CE-PJ Lima, 26 de setiembre del 2003 VISTOS: Los Oficios Nºs. 232-2003-SDCST-CS/PJ, 107-2003- S-SPT-CS, y S/N, remitidos por los señores Presidentesde las Salas Transitorias de Derecho Constitucional ySocial, Penal, y Civil, de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 076-2003-CE- PJ, su fecha 26 de junio del 2003, se prorrogó por un período de tres (03) meses, a partir del 1 de julio del2003, el funcionamiento de las Salas Transitorias deDerecho Constitucional y Social, Civil, y Penal de la Cor-te Suprema de Justicia de la República; Que, los Presidentes de las Salas Transitorias de Derecho Constitucional y Social, Penal, y Civil, del Su- premo Tribunal, han solicitado que se disponga la prórro-ga por el término de ley del funcionamiento de las citadasSalas Transitorias, a fin de continuar con la descargaprocesal en cada una de ellas; Que, de los informes estadísticos remitidos por las Salas antes citadas, aparece que aún queda un elevado número de causas pendientes de resolución, siendonecesario prorrogar el funcionamiento de las menciona-das Salas Supremas Transitorias, por el término de tres(3) meses, a partir del 1 de julio del 2003; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el ar- tículo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº27465, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres (3) meses, a partir del 1 de octubre del 2003, el funciona-miento de las Salas Transitorias de Derecho Constitu- cional y Social, Penal, y Civil, de la Corte Suprema deJusticia de la República. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, a los Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias de Derecho Constitucional y Social, Penal, y Civil, de la Corte Suprema de Justicia de la República,a la Fiscal de la Nación, al Ministerio de Justicia, a laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justiciade la República, a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial, a Inspectoría General del Poder Judicial, y a la Gerencia General delPoder Judicial, para su conocimiento y fines consiguien-tes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ17896 Sancionan con destitución a Juez de Paz No Letrado del distrito de Llauta, provincia de Lucanas QUEJA ODICMA Nº 662-2002-ICA Lima, veintiséis de agosto del dos mil tres. VISTO: El expediente que contiene la Investigación número seiscientos sesentidós guión dos mil dos guiónIca, seguida contra don Andrés Galindo Huamaní, por suactuación como Juez de Paz No Letrado del distrito deLlauta, provincia de Lucanas, Distrito Judicial de Ica, por los fundamentos de la resolución de fojas ciento diecisiete a ciento diecinueve, su fecha veinte de enero del dos miltres; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la presente investigación se inició como consecuencia de la quejainterpuesta por don Cirilo Gutiérrez Sarmiento ante el Juezde Paz Letrado del distrito de Laramate, contra don An- drés Galindo Huamaní, por apropiación y disposición de dinero dado en custodia, en su actuación como Juez dePaz no Letrado del distrito de Llauta; Segundo: Que, a fojas cinco obra el recibo de fecha veintitrés de julio deldos mil, por el cual Angel Ancasi Sarmiento entregó alJuez de Paz Andrés Galindo Huamaní la suma de tres- cientos nuevos soles por concepto de amortización de deuda, derivado del proceso de pago de nuevos solesque le seguía el quejoso; sin embargo el nombrado ma-gistrado no cumplió con entregar dicha suma cuando lefue requerida; Tercero: Que, el magistrado quejado a fo- jas once emite informe manifestando que por tres meses estuvo en su despacho la referida suma de dinero, y como en el d7istrito de Llauta no hay bancos para deposi-tarlo optó por comprar dos arrobas de semillas de alfalfaa ciento cincuenta nuevos soles cada una, confiando enque la parte demandante las aceptaría a cambio del dine-ro, lo que no ocurrió; además señala que el quejoso le envió posteriormente una comunicación para que haga entrega de una de las arrobas al señor Javier MendozaDegregori y la otra a Simeón Martínez Gutiérrez; Cuarto: