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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 252264 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de setiembre de 2003 nicaciones de la Presidencia del Consejo de Minis- tros. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 17952 AGRICULTURA Autorizan incorporación de maquina- ria agrícola y agroindustrial proceden-te de China en cuenta contable paracontrol en el proceso de venta directaautorizado por D.U. N” 129-2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0741-2003-AG Lima, 26 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001, de fecha 30 de noviembre de 2001, se autorizó al Ministeriode Agricultura a vender directamente a los productoresagrarios, personas naturales y jurídicas, sin el requisitode subasta pública, la maquinaria de uso agrícola yagroindustrial de propiedad estatal, que mantengan en sus almacenes y/o en las Direcciones Regionales Agra- rias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, de fecha 9 de enero del 2002, se dictaron las disposicio-nes reglamentarias para la venta directa de la maquina- ria agrícola y agroindustrial, en aplicación del Decreto de Urgencia Nº 129-2001; Que, para llevar a cabo el proceso de venta directa, aprobado por el dispositivo mencionado en el primerconsiderando, se efectuó el inventario y tasación de la maquinaria agrícola y agroindustrial de propiedad del Ministerio de Agricultura; Que, el resultado del inventario y tasación de la ma- quinaria descrita en el párrafo anterior, reflejó valoresdiferentes a los existentes en los registros patrimoniales del Ministerio de Agricultura, debido a los ajustes por corrección monetaria; Que, mediante Oficio Nº 264-2003-AG-OGAJ, de fe- cha 21 de febrero de 2003, el Director General de laOficina General de Asesoría Jurídica, manifiesta que la maquinaria de procedencia china es de propiedad del Ministerio de Agricultura y puede ser vendida al amparode la facultad concedida por el Decreto de Urgencia Nº129-2001; Que, mediante Oficio Nº 1924-2003/SBN-GO-JPM, de fecha 25 de marzo de 2003, el Jefe de Patrimonio Mobiliario de la Superintendencia de Bienes Nacionales,recomienda proceder a la venta directa de la maquinariachina de propiedad del Ministerio de Agricultura, por en-contrarse conforme al Decreto de Urgencia Nº 129-2001y lo reglamentado mediante el Decreto Supremo Nº 002- 2002-AG; Que, en tal sentido y teniendo en cuenta que dicha maquinaria se encuentra en la cuenta Nº 07.02 Bienesen Custodia, resulta necesario reclasificarla en la cuen-ta Nº 336.01, correspondiente a Bienes por Distribuir - Maquinaria y Equipo y Otras Unidades para la Produc- ción, al haber sido destinada al proceso de venta directade acuerdo al Decreto Supremo Nº 016-2003-AG, defecha 29 de mayo de 2003, que modifica el Decreto Su-premo Nº 002-2002-AG; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Administración y del Director General de laOficina General de Asesoría Jurídica;En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultu-ra, y el artículo 8º del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por elDecreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la incorporación de la maqui- naria agrícola y agroindustrial de procedencia china, quese describe en el anexo adjunto que forma parte de lapresente resolución, en la cuenta contable Nº 336.01 Bienes por Distribuir - Maquinaria y Equipo y Otras Uni- dades para la Producción, para el adecuado control enel proceso de venta directa autorizado por el Decreto deUrgencia Nº 129-2001. Artículo 2º.- Transcríbase la presente resolución a la Contaduría Pública de la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 17921 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la Re- pœblica a suboficiales de la FuerzaAØrea de Colombia para participar encurso sobre meteorología operativa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 330-DE/SG Lima, 25 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento parael Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública-, establece que la autorización de ingresoal territorio peruano del personal militar extranjero sinarmas de guerra por razones protocolares, de asis- tencia cívica, actividades académicas, de entrena- miento o similares debe ser otorgada mediante Reso-lución Suprema, en la que se debe especificar losmotivos, la identificación del personal militar, la rela-ción de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 463 de fecha 19 de septiembre del 2003, el Secretario de Política Exte-rior del Ministerio de Relaciones Exteriores, en méritoa la información proporcionada por la Embajada deColombia en el Perú, solicita se expida la autorizaciónpara el ingreso de tres (3) Suboficiales de la Fuerza Aérea de Colombia, en el período comprendido del 1 de octubre al 30 de noviembre del presente año, conla finalidad de participar en el curso "MeteorologíaOperativa", en mérito a una invitación efectuada por laDirección de Meteorología Aeronáutica de la FuerzaAérea del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a tres (3) Suboficia- les de la Fuerza Aérea de Colombia, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presen-te Resolución, en el período comprendido del 1 deoctubre al 30 de noviembre del 2003, con la finalidadde participar en el curso "Meteorología Operativa",en mérito a una invitación efectuada por la Dirección de Meteorología Aeronáutica de la Fuerza Aérea del Perú.