NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/09/2003)
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PÆg. 252261 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de setiembre de 2003 Benzaquén Rengifo, Director General de Aeronáutica Civil y Juan Carlos Pavic Moreno, Director de Circula-ción Aérea; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacionesa la ciudad de Caracas, República Bolivariana deVenezuela, del 30 de setiembre al 2 de octubre del2003, para los fines a que se contrae la presenteResolución: - Señor Wilson Benzaquén Rengifo, Director General de Aeronáutica Civil. - Señor Juan Carlos Pavic, Director de Circulación Aérea. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo alpresupuesto del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (Por dos personas) : US$ 1,200.00 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto : US$ 56.48 (Por dos personas) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios mencionados en el artículo 1ºdeberán presentar un informe detallado al DespachoMinisterial y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describien-do las acciones realizadas y los resultados obtenidosdurante el viaje autorizado. La presente Resolución Su-prema no otorga derecho a exoneración o liberación deimpuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Mi-nistros y por el Ministro de Transportes y Comunica-ciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17953 Autorizan viaje de representante del Ministerio de Agricultura a Uruguaypara participar en reunión con paísesdel MERCOSUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2003-PCM Lima, 29 de setiembre de 2003 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR