NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (30/09/2003)
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PÆg. 252265 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de setiembre de 2003 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros y Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17902 Autorizan ingreso al territorio de la Re- pœblica de oficiales de la Armada Ar-gentina para visitar instalaciones dela Marina de Guerra del Perœ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 331-DE/SG Lima, 25 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento parael Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública-, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin ar-mas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Su-prema, en la que se debe especificar los motivos, laidentificación del personal militar, la relación de equipostranseúntes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano; Que, con Facsímil (DSL-AMA) Nº 439 de fecha 10 de septiembre del 2003, el Secretario de Política Exteriordel Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expi-da la autorización para el ingreso de Dos (2) Oficiales dela Armada Argentina, en el período comprendido del 28de septiembre al 1 de octubre del presente año, con la finalidad de realizar una visita a las instalaciones de la Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a Dos (2) Oficiales de la Armada Argentina, cuyos nombres se indican en el Anexoque forma parte de la presente Resolución, en el períodocomprendido del 28 de septiembre al 1 de octubre del2003, con la finalidad de realizar una visita a las instala-ciones de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros yEncargada del Despacho de Relaciones Exteriores AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17903 Amplían permanencia y autorizan ingreso de personal militar ecuatorianoal territorio de la Repœblica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-DE/SG Lima, 29 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento parael Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública-, establece que la autorización de ingresoal territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asis- tencia cívica, actividades académicas, de entrena-miento o similares debe ser otorgada mediante Reso-lución Suprema, en la que se debe especificar losmotivos, la identificación del personal militar, la rela-ción de equipos transeúntes y el tiempo de permanen- cia en el territorio peruano; Que, con Resolución Suprema Nº 252 DE/SG del 31 de julio del 2003, se resolvió autorizar el ingreso al territo-rio de la República, al personal militar de la República delEcuador, sin armas de guerra y a los helicópteros noartillados de las Fuerzas Armadas de la mencionada República que transportará al referido personal, como también al personal de Monitores Internacionales, por elperíodo comprendido del 1 al 31 agosto 2003, para par-ticipar en los trabajos conjuntos de señalización del cuar-to vértice del kilómetro cuadrado transferido por el Go-bierno del Perú en propiedad privada al Gobierno del Ecuador; Que, con Resolución Suprema Nº 312 DE/SG del 10 de setiembre del 2003, se dejó sin efecto la ResoluciónSuprema Nº 252 DE/SG y se resolvió autorizar el ingre-so al territorio de la República al personal militar de laRepública del Ecuador, sin armas de guerra y a los heli- cópteros no artillados de las Fuerzas Armadas de la mencionada República que transportará al referido per-sonal, como también al personal de Monitores Interna-cionales, por el período comprendido del 15 de setiem-bre al 14 de octubre 2003, para participar en los trabajosconjuntos de señalización del cuarto vértice del kilóme- tro cuadrado transferido por el Gobierno del Perú en propiedad privada al Gobierno del Ecuador y de desmi-nado en la frontera peruano-ecuatoriana de la zona Coan-gos; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 470 de fecha 24 de septiembre del 2003, el Director General para Asun- tos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, solicita se amplíe la permanencia delpersonal militar ecuatoriano autorizado a ingresar aterritorio peruano mediante Resolución Suprema Nº 312DE/SG, hasta el 5 de diciembre del 2003, con la finali-dad de poder cumplir con el cronograma de trabajo establecido; Que, con Facsímiles (DGS-ENL) Nºs. 474, 475, 477 y 479 de fechas 25 y 26 de septiembre del 2003,