Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2003 (30/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 30 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 17902

Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 17903

Amplian permanencia y autorizan ingreso de personal militar ecuatoriano al territorio de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 336-DE/SG MORDAZA, 29 de setiembre de 2003

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de oficiales de la Armada MORDAZA para visitar instalaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 331-DE/SG MORDAZA, 25 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica-, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DSL-AMA) Nº 439 de fecha 10 de septiembre del 2003, el Secretario de Politica Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de Dos (2) Oficiales de la Armada MORDAZA, en el periodo comprendido del 28 de septiembre al 1 de octubre del presente ano, con la finalidad de realizar una visita a las instalaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a Dos (2) Oficiales de la Armada MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, en el periodo comprendido del 28 de septiembre al 1 de octubre del 2003, con la finalidad de realizar una visita a las instalaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el

CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica-, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Resolucion Suprema Nº 252 DE/SG del 31 de MORDAZA del 2003, se resolvio autorizar el ingreso al territorio de la Republica, al personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de MORDAZA y a los helicopteros no artillados de las Fuerzas Armadas de la mencionada Republica que transportara al referido personal, como tambien al personal de Monitores Internacionales, por el periodo comprendido del 1 al 31 agosto 2003, para participar en los trabajos conjuntos de senalizacion del MORDAZA vertice del kilometro MORDAZA transferido por el Gobierno del Peru en propiedad privada al Gobierno del Ecuador; Que, con Resolucion Suprema Nº 312 DE/SG del 10 de setiembre del 2003, se dejo sin efecto la Resolucion Suprema Nº 252 DE/SG y se resolvio autorizar el ingreso al territorio de la Republica al personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de MORDAZA y a los helicopteros no artillados de las Fuerzas Armadas de la mencionada Republica que transportara al referido personal, como tambien al personal de Monitores Internacionales, por el periodo comprendido del 15 de setiembre al 14 de octubre 2003, para participar en los trabajos conjuntos de senalizacion del MORDAZA vertice del kilometro MORDAZA transferido por el Gobierno del Peru en propiedad privada al Gobierno del Ecuador y de desminado en la frontera peruano-ecuatoriana de la MORDAZA Coangos; Que, con Facsimil (DGS-ENL) Nº 470 de fecha 24 de septiembre del 2003, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se amplie la permanencia del personal militar ecuatoriano autorizado a ingresar a territorio peruano mediante Resolucion Suprema Nº 312 DE/SG, hasta el 5 de diciembre del 2003, con la finalidad de poder cumplir con el cronograma de trabajo establecido; Que, con Facsimiles (DGS-ENL) Nºs. 474, 475, 477 y 479 de fechas 25 y 26 de septiembre del 2003,

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