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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (06/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G31/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de abril de 2004 En el literal e) del artículo 1º; DICE: e) Agentes de reten- : A los señalados en el artículo ción o percepción 6º de la Ley. DEBE DECIR: e) Agentes de reten- : A los señalados en el artículo ción o percepción 16º de la Ley. 06803 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G79/G20/G46/G69/G63/G68/G61/G20/G43/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G65/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 ORDENANZA Nº 85 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Se- sión Ordinaria de fecha 13.2.04, aprobó el Programa de Implementación Catastral y Actualización Predial 2004 - PICAP; sustentado en los Informes Nº 019-2004-OATR-MDR, Nº 024-2004-MDR-DIDU, el Memorándum Nº 012-2004-OPP-MDR, el Informe Nº 051-2004-OAJ- MDR; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 27680 - Ley de Re- forma Constitucional, en concordancia con lo dispues- to en los artículos I y II del Título Preliminar de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 3.3 del ar- tículo 79º de la Ley Nº 27972, las Municipalidades en ma- teria de organización del espacio físico y uso del suelo,tienen la función exclusiva de elaborar y mantener el ca- tastro distrital, el mismo que constituye el registro de la propiedad inmueble del área urbana y rural con indicaciónde sus características físicas, situación legal y económica; lo cual deviene en información de primer orden para fines de tributación local así como planificación y renovaciónurbana; Que, con Informes Nº 019-2004/OATR/MDR y Nº 024-2004/DIDU/MDR, la Oficina de AdministraciónTributaria y Rentas, y la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, remiten el Proyecto del Programa de Implementación Catastral y Actualización Predial2004 - P.I.C.A.P., relacionado con el Inventario, Control y Planes de Desarrollo Urbano, así como con la am- pliación de la Base Tributaria; considerando que la últi-ma Declaración Jurada Masiva realizada en el distrito del Rímac fue convocada el año 1999, encontrándose por ende dicha información con una desactualizaciónde cinco años; siendo que este distrito mantiene una variación promedio anual que fluctúa entre el 10 y 15% en lo concerniente a transferencias, anticipos,ampliaciones de construcción, modificaciones, cambios de uso, etc; motivo por el cual se hace necesaria la implementación del referido programa; Que, es política de la actual Gestión Municipal otorgar las facilidades necesarias a los contribuyentes para la pre- sentación de sus Declaraciones Juradas de Autoavalúo,de acuerdo a lo previsto en el artículo 14º de la Ley de Tributación Municipal - Decreto Legislativo Nº 776, los mis- mos que se encontrarán exentos del pago de multas tribu-tarias, siempre que se realicen al amparo del Programa deImplementación Catastral y Actualización Predial 2004 - P.I.C.A.P.; De conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispen-sa del trámite de aprobación y de lectura del Acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Imple- mentación Catastral y Actualización Predial 2004 - P.I.C.A.P., el cual tendrá carácter de Declaración Juradamasiva; el mismo que consta de XIV artículos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- OTORGAR las más amplias facilidades a los contribuyentes de la jurisdicción del distri- to del Rímac, para realizar la actualización, por el presente Ejercicio Fiscal 2004, a los valores de su Declaración Ju-rada de Autoavalúo. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento del artículo anterior, apruébese la FICHA CATASTRAL DE ACTUA-LIZACIÓN PREDIAL TRIBUTARIA (Individual, Actividad Económica y de Copropietarios), emitida por el Progra- ma de Implementación Catastral y Actualización Predial2004 - P.I.C.A.P., la cual tendrá carácter de Declaración Jurada y es GRATUITA. Artículo Cuarto.- La actualización a que se refieren los artículos precedentes, tendrá la validez de una Declara- ción Jurada, siempre que cuente con la visación de un téc- nico encuestador del Programa de Implementación Catas-tral y Actualización Predial 2004 - P.I.C.A.P., quien visitará el domicilio del contribuyente. Artículo Quinto.- Las actualizaciones Prediales realiza- das de acuerdo con el Artículo Tercero de la presente Nor- ma, reemplazarán la utilización de los formatos de Decla- ración Jurada, siempre que se realicen al amparo del Pro-grama de Implementación Catastral y Actualización Pre- dial 2004 - P.I.C.A.P. Artículo Sexto.- Los contribuyentes que actualicen sus Declaraciones Juradas de Autoavalúo al amparo del Pro- grama de Implementación Catastral y Actualización Pre- dial 2004 - P.I.C.A.P., se encuentran exonerados de lasMultas Tributarias correspondientes. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y Rentas, y a la Dirección de Infra-estructura y Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Ordenanza, así como a la Unidad de Imagen Institucional la adecuada y oportuna difusión de lamisma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil cuatro. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 06785 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G61/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 086 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 21.2.04, la Carta Nº 25-ODVLR-2004de fecha 29.1.04 de la Organización Distrital del Vaso de Leche del Rímac, sobre exoneración del pago de la tasa para la inscripción de las Organizaciones Sociales deBase; y,