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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (06/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G31/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de abril de 2004 Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas el cum- plimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Pro- tocolo e Imagen Institucional su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes de marzo del dos mil cuatro. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 06783 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2004-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO:VISTO; en Sesión Extraordinaria de fecha 24.1.04, el monto de las dietas y remuneración del Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi- cado mediante Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucio- nal), en concordancia con lo dispuesto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalida-des - Ley Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27972 señala que los regidores perciben dietas fijadas mediante Acuerdo deConcejo Municipal por asistencia efectiva a sesiones de concejo dentro del primer trimestre del primer año de ges- tión, no pudiéndose otorgar más de cuatro dietas mensua-les a cada regidor. Asimismo, de conformidad a lo previsto en el artículo 21º de la referida ley, el Alcalde desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante unaremuneración mensual fijada por Acuerdo de Concejo Mu- nicipal dentro del primer trimestre del primer año de ges- tión, el mismo que es fijado discrecionalmente de acuerdoa la real y tangible capacidad económica del gobierno lo- cal, previas las constataciones presupuestales del caso; Que, el actual burgomaestre de la Municipalidad Distri- tal del Rímac, Lic. Luis Lobatón Donayre, ha expresado que es consciente de la actual crisis social y económica que atraviesa un amplio sector de la población del distrito,que se encuentra en estado de extrema pobreza, motivo por el cual expresa su voluntad de donar el 20% de su re- muneración mensual a favor de la comunidad rimense; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; los miem- bros del Concejo aprobaron por mayoría, y con la dispen-sa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar para el ejercicio presupuestal 2004 la dieta de los señores Regidores de la MunicipalidadDistrital del Rímac en 0.5 UIT, por asistencia efectiva a sesiones de concejo, otorgándose por un máximo de cua- tro (4) sesiones al mes, siendo el valor de la UIT el vigenteal 1 de enero del año en ejercicio. Artículo Segundo.- Fijar como remuneración del se- ñor Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac la sumade S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles), más lo determinado mediante Decreto de Urgencia Nº 011-99 de fecha 14.3.99. Artículo Tercero.- Aceptar la donación efectuada por el Alcalde del distrito del Rímac, la misma que asciende al 20% de su remuneración mensual, a considerarse en elPresupuesto Institucional de Apertura a efectos de ser des- tinado para fines de apoyo económico a los Programas Sociales o a la comunidad rimense en general.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal, a la Oficina de Administración y Finanzas, y a la Ofici- na de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Dado en el Palacio Municipal, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 06784 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICAMA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G79/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 112-MDCH-2004 Villa de Chicama, 25 de marzo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICAMA CONSIDERANDO: Que, la última Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, señala que las entidades de la AdministraciónPública Nacional procederán a convocar a Concurso Pú- blico de Méritos para designar a Ejecutores y Auxiliares Coactivos; Que, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 7º de la norma acotada, la Municipalidad Distrital de Chica- ma, mediante Resolución de Alcaldía Nº 097-MDCH-2004,de fecha 11 de marzo del 2004, se designó la Comisión Evaluadora y aprobó la convocatoria Concurso Público de Méritos para designar Un (1) Ejecutor y Un (1) AuxiliarCoactivo, publicado en el Panel Informativo de la Municipa- lidad, convalidado por el juez de paz del distrito; Que, la comisión nombrada para tal efecto elevó los resultados del proceso de Concurso de Méritos, según acta del 25 de marzo del 2004, en la que obra los resultados del cuadro de méritos para el Ejecutor Coactivo y el AuxiliarCoactivo respectivamente; Estando al Informe Nº 001 de fecha 25 de marzo de 2004, de la Comisión de Evaluación del Concurso Públicode Méritos Nº 001-MDCH-2004, y a las atribuciones confe- ridas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del día 26 de marzo del presente año, al Dr. JUAN CARLOS GONZA- LES HIDALGO en el cargo de EJECUTOR COACTIVO dela Municipalidad Distrital de Chicama, asignándole la re- muneración correspondiente a tal cargo. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del día 26 de marzo del 2004, a la Bach. CARMEN AMALIA ALIAGA POLO en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Munici- palidad Distrital de Chicama, asignándole la remuneracióncorrespondiente a tal cargo. Artículo Tercero.- COMUNICAR a las áreas de Ge- rencia Municipal, Rentas, Tesorería y Contabilidad de laMunicipalidad a fin de que realicen las acciones pertinen- tes, para dar cumplimiento a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO GARCÍA QUIROZ Alcalde 06781