Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (14/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G35/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de abril de 2004 das, desactivadas y/o disueltas asumidas por este Ministerio (Compañía Peruana de Vapores, Instituto Nacional de Planifica-ción, SIN, Instituto Nacional de Administración Pública, SENAPAy Caja de Ahorros de Lima), es necesario modificar la vigenciade la delegación en la Oficina de Normalización Previsional res-pecto al pago de las referidas pensiones, a fin de dar cumplimien-to a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 016-2004-EF/10 de fecha 16 de enero de 2004; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decre- to Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28115; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el Artículo Único de la Resolu- ción Ministerial Nº 092-2004-EF/10 en los términos siguientes: "Precísese que la vigencia de la delegación en la Ofici- na de Normalización Previsional - ONP, establecida me-diante la Resolución Ministerial Nº 016-2004-EF/10, res-pecto al pago de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530de las entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas que este Ministerio viene asumiendo, será apartir del 1 de mayo del año 2004, quedando subsistente lodemás que contiene dicha Resolución Ministerial." Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 07197 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46._/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46._/G2F/G37/G36/G2E/G30/G31 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2004-EF/76.01 Lima, 12 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordan-cia con lo establecido en los artículos 4º y 5º de la Ley Nº27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado - estableceque la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órga-no rector y constituye la más alta autoridad técnico normativadel Sistema Nacional del Presupuesto, dicta las normas y es-tablece los procedimientos relacionados con su ámbito; Que, de acuerdo a las facultades conferidas por el artí- culo 3º de la Ley Nº 27293 y Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF-15, la Dirección General de Programación Multi-anual del Sector Público, mediante Oficio Nº 197-2004-EF/68.01 solicita se incluya en la genérica de gastos de "inver-siones" los estudios de preinversión denominados "perfiles"; Que, asimismo para facilitar a los operadores el registro de determinadas operaciones vinculadas a la Fuente de Fi-nanciamiento Fondo de Compensación Regional a los gas-tos en inversiones, gastos por conceptos de aguinaldo y gra-tificaciones, entre otros, se hace necesario modificar losClasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2004,aprobados por Resolución Directoral Nº 050-2003-EF/76.01; Que , de otro lado, es necesario precisar el término "recursos propios" a que hace referencia el artículo 16º numeral 5 literal a)de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004, para atender los pagos de sumas de dineropor efecto de sentencias judiciales en calidad de Cosa Juzgada; Que, finalmente, para un mejor entendimiento en su aplicación, resulta pertinente modificar el numeral 62.3 delartículo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01- Directi-va para la Aprobación, Ejecución y Control del ProcesoPresupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal2004, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, que regula sobre la transferencias de re-cursos financieros entre entidades del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía yFinanzas y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Mi-nisterio de Economía y Finanzas y su modificatoria la Re-solución Viceministerial Nº 108-2000-EF/13; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Perfil de Proyecto de Inversión Los pliegos presupuestarios podrán incluir dentro del Grupo Genérico de Gastos 5 Inversiones del Clasificadorde los Gastos Públicos para el Año Fiscal 2004 (Anexo Nº 04), aprobado por la Resolución Directoral Nº 050-2003-EF/76.01, los gastos en que incurran para la elaboraciónde los perfiles de proyectos de inversión, hasta por un montomáximo equivalente al 2% de su presupuesto institucionalautorizado en dicho Grupo Genérico de Gastos. Artículo 2º.- Modifica Fuente de Financiamiento Modificar en el Clasificador de Fuentes de Financia- miento para el Año Fiscal 2004 (Anexo Nº 05) aprobadopor la Resolución Directoral Nº 050-2003-EF/76.01, la Fuen-te de Financiamiento del Fondo de Compensación Regio-nal, por el texto siguiente: "15. FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL, com- prende parte de los Recursos Ordinarios así como cualquierotro recurso que por Ley expresa lo determine, que se orien-tan al financiamiento de proyectos de inversión regional, con-forme a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 modificada por la Ley Nº 27902. Asimismo, consideralos recursos asignados a los proyectos de inversión a cargodel INADE como consecuencia de la aplicación de la NovenaDisposición Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004". Artículo 3º.- Modifica Específica del Gasto Modificar en el Clasificador de los Gastos Públicos para el Año Fiscal 2004 (Anexo Nº 04) aprobado por la Resolución Di-rectoral Nº 050-2003-EF/76.01, la Específica del Gasto 13. GAS-TOS VARIABLES Y OCASIONALES, por el siguiente texto: "13. GASTOS VARIABLES Y OCASIONALES Gastos de enseñanza (por actividad no específica del cargo), compensación por tiempo de servicios; asignaciónpor cumplir 25 y 30 años de servicios al Estado y bonifi-cación adicional por vacaciones y compensación vacacio-nal (vacaciones truncas). Asimismo, comprende otros gas-tos eventuales u ocasionales." Artículo 4º.- Incorpora Específicas del Gasto Incluir en el Clasificador de los Gastos Públicos para el Año Fiscal 2004 (Anexo Nº 04) aprobado por la Resolución DirectoralNº 050-2003-EF/76.01, las siguientes Específicas del Gasto: "17. ASIGNACIÓN EXTRAORDINARIA POR TRABA- JO ASISTENCIAL Gastos por concepto de asignación por productividad para el personal que desarrolla labor asistencial en el sector salud, com-prendido en la Ley de los Profesionales de la Salud y normascomplementarias. Dicha prestación no tiene carácter remunera-tivo, no pensionable, ni sirve de base de cálculo para la compen-sación por tiempo de servicios, ni para ningún otro beneficio". "18. ESCOLARIDAD, AGUINALDOS Y GRATIFICA- CIONES Gastos por concepto de Escolaridad, Aguinaldos y Gra- tificaciones por Fiestas Patrias y Navidad que se abona alservidor público activo o cesante, según corresponda." Artículo 5º.- Modifica Directiva Nº 001-2004-EF/76.01Modificar el numeral 62.3 del artículo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01- Directiva para la Aprobación, Ejecución yControl del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional parael Año Fiscal 2004, aprobado mediante Resolución Directoral Nº047-2003-EF/76.01, de acuerdo al siguiente texto: Artículo 62º.- Ejecución de transferencias de recursos financieros entre entidades del Sector Público para el añofiscal 2004 (...)"62.3 El pliego receptor después de haber incorporado los recursos en su marco presupuestal estará en condicio-nes de solicitar la aprobación del calendario de compromisoshasta por montos iguales a los autorizados al pliego que hatransferido los recursos de acuerdo a su programación." Artículo 6º.- Recursos Propios Entiéndase como Recursos Propios, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 16º, numeral 5 literal a) de laLey Nº 28128, los recursos aprobados en los Presupues-tos Institucionales de los Gobiernos Regionales, Gobier-nos Locales y Entidades de Tratamiento Empresarial parael Año Fiscal 2004, con excepción de las fuentes de finan-ciamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Cré-dito Interno y Externo y de Donaciones y Transferencias;sin perjuicio del cumplimiento de las normas que señalenun destino específico para la aplicación de tales recursos. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Director General 07171