Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2004 (14/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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das, desactivadas y/o disueltas asumidas por este Ministerio (Compania Peruana de Vapores, Instituto Nacional de Planificacion, SIN, Instituto Nacional de Administracion Publica, SENAPA y MORDAZA de Ahorros de Lima), es necesario modificar la vigencia de la delegacion en la Oficina de Normalizacion Previsional respecto al pago de las referidas pensiones, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 016-2004-EF/ 10 de fecha 16 de enero de 2004; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28115; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 092-2004-EF/10 en los terminos siguientes: "Precisese que la vigencia de la delegacion en la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, establecida mediante la Resolucion Ministerial Nº 016-2004-EF/10, respecto al pago de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 de las entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/ o disueltas que este Ministerio viene asumiendo, sera a partir del 1 de MORDAZA del ano 2004, quedando subsistente lo demas que contiene dicha Resolucion Ministerial." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 07197

de los Gastos Publicos para el Ano Fiscal 2004 (Anexo Nº 04), aprobado por la Resolucion Directoral Nº 050-2003EF/76.01, los gastos en que incurran para la elaboracion de los perfiles de proyectos de inversion, hasta por un monto MORDAZA equivalente al 2% de su presupuesto institucional autorizado en dicho Grupo Generico de Gastos. Articulo 2º.- Modifica Fuente de Financiamiento Modificar en el Clasificador de MORDAZA de Financiamiento para el Ano Fiscal 2004 (Anexo Nº 05) aprobado por la Resolucion Directoral Nº 050-2003-EF/76.01, la Fuente de Financiamiento del Fondo de Compensacion Regional, por el texto siguiente: "15. FONDO DE COMPENSACION REGIONAL, comprende parte de los Recursos Ordinarios asi como cualquier otro recurso que por Ley expresa lo determine, que se orientan al financiamiento de proyectos de inversion regional, conforme a la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902. Asimismo, considera los recursos asignados a los proyectos de inversion a cargo del INADE como consecuencia de la aplicacion de la Novena Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004". Articulo 3º.- Modifica Especifica del Gasto Modificar en el Clasificador de los Gastos Publicos para el Ano Fiscal 2004 (Anexo Nº 04) aprobado por la Resolucion Directoral Nº 050-2003-EF/76.01, la Especifica del Gasto 13. GASTOS VARIABLES Y OCASIONALES, por el siguiente texto: "13. GASTOS VARIABLES Y OCASIONALES Gastos de ensenanza (por actividad no especifica del cargo), compensacion por tiempo de servicios; asignacion por cumplir 25 y 30 anos de servicios al Estado y bonificacion adicional por vacaciones y compensacion vacacional (vacaciones truncas). Asimismo, comprende otros gastos eventuales u ocasionales." Articulo 4º.- Incorpora Especificas del Gasto Incluir en el Clasificador de los Gastos Publicos para el Ano Fiscal 2004 (Anexo Nº 04) aprobado por la Resolucion Directoral Nº 050-2003-EF/76.01, las siguientes Especificas del Gasto: "17. ASIGNACION EXTRAORDINARIA POR TRABAJO ASISTENCIAL Gastos por concepto de asignacion por productividad para el personal que desarrolla labor asistencial en el sector salud, comprendido en la Ley de los Profesionales de la Salud y normas complementarias. Dicha prestacion no tiene caracter remunerativo, no pensionable, ni sirve de base de calculo para la compensacion por tiempo de servicios, ni para ningun otro beneficio". "18. ESCOLARIDAD, AGUINALDOS Y GRATIFICACIONES Gastos por concepto de Escolaridad, Aguinaldos y Gratificaciones por MORDAZA Patrias y Navidad que se abona al servidor publico activo o cesante, segun corresponda." Articulo 5º.- Modifica Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 Modificar el numeral 62.3 del articulo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01- Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, de acuerdo al siguiente texto: Articulo 62º.- Ejecucion de transferencias de recursos financieros entre entidades del Sector Publico para el ano fiscal 2004 (...) "62.3 El pliego receptor despues de haber incorporado los recursos en su MORDAZA presupuestal estara en condiciones de solicitar la aprobacion del calendario de compromisos hasta por montos iguales a los autorizados al pliego que ha transferido los recursos de acuerdo a su programacion." Articulo 6º.- Recursos Propios Entiendase como Recursos Propios, para los efectos de lo dispuesto en el articulo 16º, numeral 5 literal a) de la Ley Nº 28128, los recursos aprobados en los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2004, con excepcion de las MORDAZA de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno y Externo y de Donaciones y Transferencias; sin perjuicio del cumplimiento de las normas que senalen un destino especifico para la aplicacion de tales recursos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHACK YALTA Director General 07171

Modifican Clasificadores Presupuestarios para el Ano .iscal 2004 y articulo de la Directiva Nº 001-2004-E./76.01
DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2004-EF/76.01 MORDAZA, 12 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:
Que, el articulo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con lo establecido en los articulos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - establece que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es el organo rector y constituye la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional del Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ambito; Que, de acuerdo a las facultades conferidas por el articulo 3º de la Ley Nº 27293 y Resolucion Ministerial Nº 1582001-EF-15, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, mediante Oficio Nº 197-2004-EF/ 68.01 solicita se incluya en la generica de gastos de "inversiones" los estudios de preinversion denominados "perfiles"; Que, asimismo para facilitar a los operadores el registro de determinadas operaciones vinculadas a la Fuente de Financiamiento Fondo de Compensacion Regional a los gastos en inversiones, gastos por conceptos de aguinaldo y gratificaciones, entre otros, se hace necesario modificar los Clasificadores Presupuestarios para el Ano Fiscal 2004, aprobados por Resolucion Directoral Nº 050-2003-EF/76.01; Que , de otro lado, es necesario precisar el termino "recursos propios" a que hace referencia el articulo 16º numeral 5 literal a) de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, para atender los pagos de sumas de dinero por efecto de sentencias judiciales en calidad de Cosa Juzgada; Que, finalmente, para un mejor entendimiento en su aplicacion, resulta pertinente modificar el numeral 62.3 del articulo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01- Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 0472003-EF/76.01, que regula sobre la transferencias de recursos financieros entre entidades del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/ 13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y su modificatoria la Resolucion Viceministerial Nº 108-2000-EF/13; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Perfil de Proyecto de Inversion Los pliegos presupuestarios podran incluir dentro del Grupo Generico de Gastos 5 Inversiones del Clasificador

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