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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (18/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G38/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de abril de 2004 sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 07432 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2004-MEM/DM Lima, 15 de abril de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de servidumbre de electroducto de la línea de distribución en 10 kV SET Ñaña- Estructura E8, presentada por Luz del Sur S.A.A., perso-na jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-citado la imposición de servidumbre de electroducto de lalínea de distribución en 10 kV SET Ñaña - Estructura E8,ubicada en el distrito de Chaclacayo, provincia y departa-mento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 21149703; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesio-nes Eléctricas, los concesionarios están facultados a utili-zar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminospúblicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 066-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de electroducto desde la SET Ñaña hasta la Estructura E8, ubicada en eldistrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima,de acuerdo a la documentación técnica y los planos pro-porcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Nivel de Nº de Longitud Ancho de Cód. Exp. Inicio y llegada de la línea Tensión T ernas (Km.) la Faja de distribución (kV) (m.) 21149703 SET Ñaña - Estructura E8 - Tramo SET Ñaña - E1 10 02 0,076Subterránea - Tramo E1 - E8 10 02 0,571 6 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no po- drá construirse obras de cualquier naturaleza ni podrá rea- lizarse labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- LUZ DEL SUR S.A.A. deberá velar per- manentemente para evitar que en la faja de servidumbrese ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja suejercicio.Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 07433 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G41/G64/G20/G48/G6F/G63/G20/G79/G20/G41/G62/G6F/G67/G61/G64/G6F/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G2D/G72/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63/G20/G43/G61/G73/G6F/G73/G20/G46/G75/G6A/G69/G6D/G6F/G2D/G72/G69/G2D/G4D/G6F/G6E/G74/G65/G73/G69/G6E/G6F/G73/G2C/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G2D/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2004-JUS Lima, 16 de abril de 2004 Visto el Oficio Nº 179-04/Procuraduría Ad Hoc de la Procuraduría Pública Ad Hoc del Estado, Casos Fujimori-Montesinos; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio de visto, el señor abogado Luis Gil- berto Vargas Valdivia, Procurador Público Ad Hoc del Estado,Casos Fujimori-Montesinos, solicita autorización de su viaje,así como del señor abogado Eduardo Dargent Bocanegra, Abogado Auxiliar de la Procuraduría Pública Ad Hoc, a las ciu- dades de Washington y Miami - Estados Unidos de América,del 19 al 23 de abril de 2004, con la finalidad de realizar coordi-naciones con funcionarios del Departamento de Justicia, en-cargados de tramitar las solicitudes de cooperación judicial in-ternacional, en especial del sistema anticorrupción, así como con funcionarios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para informarse sobre el estado actual de los proce-sos; y con la Fiscal Federal sobre las diversas investigacionesrelacionadas con actividades ilícitas perpetradas por integran-tes de la organización delictiva Fujimori-Montesinos; Que, adicionalmente los citados funcionarios deberán permanecer en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, los días 24 y 25 de abril de 2004 por razonesestrictamente personales, no correspondiéndole otorgarviáticos por dichos días; Que, las gestiones señaladas en el primer consideran- do, se encuentran inmersas en los objetivos y metas a cum- plir en el presente año en el marco de la lucha anticorrup- ción, por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastosa realizarse, de los mencionados funcionarios; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, la Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al señor abogado Luis Gilberto Vargas Valdivia, Procurador Público Ad Hoc delEstado, y señor abogado Eduardo Dargent Bocanegra,Abogado Auxiliar de la Procuraduría Pública Ad Hoc Ca- sos Fujimori-Montesinos, a las ciudades de Washington y Miami, Estados Unidos de América, del 19 al 25 de abril de2004, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003 "Procuraduría Anticorrupción Ad Hoc", de acuerdoal siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,662.16 - Viáticos US$ 2,088.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 Artículo 3º.- Los mencionados funcionarios dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el