Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2004 (18/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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pondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA citada en el considerando anterior dispone como competencia de la Direccion General de Aeronautica Civil, adoptar todas las medidas necesarias para que las actividades aeronauticas MORDAZA seguras, para cuyo efecto es indispensable contar con inspectores debidamente capacitados en la prevencion de actos que atenten contra la seguridad de las actividades aeronauticas en nuestro pais; Que, entre los dias 19 y 23 de MORDAZA del 2004 se llevara a cabo el curso denominado "Aircraft Structural Repair for Engineers Part II", dictado por la Boeing Commercial Aviation Services, en la MORDAZA de Seattle, Estados Unidos de America; Que, segun los terminos del Informe Nº 249-2004-MTC/ 12, de la Direccion General de Aeronautica Civil, el referido curso permitira actualizar los conocimientos de los participantes con respecto a los criterios de evaluacion de la informacion tecnica presentada por los explotadores aereos certificados relacionada con las reparaciones mayores de sus aeronaves, con la finalidad de garantizar el desarrollo de actividades aeronauticas eficientes y seguras; Que, en tal sentido, la Direccion General de Aeronautica Civil ha considerado que la participacion de la ingeniera MORDAZA MORDAZA Faiad, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil, en el mencionado curso, resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de las funciones que le corresponden de acuerdo a Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, los gastos que demande la asistencia de la referida inspectora al indicado curso seran financiados dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional- OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 01304-2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27791, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la ingeniera MORDAZA MORDAZA Faiad, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de Seatle, Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 23 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, de conformidad con la Autorizacion de Beca Int. Nº 013-04-2004, de acuerdo a los siguientes terminos: - Pasajes : US$ 900.00 - Viaticos : US$ 1,320.00 - T.U.U.A. : US$ 28.24 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la inspectora mencionada en el articulo 1º debera presentar un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07446

Modifican resolucion que otorgo a Aero Continente S.A. permiso de operacion de aviacion comercial para prestar servicio de transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2004-MTC/12 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2004 Vista la solicitud de AERO CONTINENTE S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 156-2002-MTC/ 15.16 del 3 de MORDAZA del 2002 se le otorgo a AERO CONTINENTE S.A. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 19 de MORDAZA del 2002, siendo modificado aquel Permiso a traves de la Resolucion Directoral Nº 253-2002-MTC/ 12 del 29 de octubre del 2002, incrementando zonas de operacion a las ya autorizadas; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion AERO CONTINENTE S.A. solicita incrementar material aeronautico y zonas de operacion a los ya autorizados; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 01492004-MTC/12.AL del 1 de marzo 2004 y Nº 0188-2004MTC/12.AL del 12 de marzo del 2004, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memoranda Nº 0551-2004-MTC/12.04 del 10 de marzo del 2004 y Nº 0649-2004-MTC/12.04 del 19 de marzo del 2004, emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 156-2002-MTC/15.16 del 3 de MORDAZA del 2002, modificada por la Resolucion Direc-

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