Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2004 (19/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, los gastos que demande la asistencia de los referidos inspectores al indicado curso seran financiados dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional- OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 012-04-2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27791, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Gallo Lam y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inspectores de Aeronavegabilidad de la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, a la MORDAZA de Seattle, Estados Unidos de MORDAZA, del 19 al 21 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados por el Acuerdo de Gestion de Servicios PER/ 01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, de conformidad con la Autorizacion de Beca Int. Nº 012-04-2004, de acuerdo a los siguientes terminos: - Pasajes (Por dos personas) : US$ 1,800.00 - Viaticos (Por dos personas) : US$ 1,320.00 - T.U.U.A.(Por dos personas) : US$ 56.48 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los inspectores mencionados en el articulo 1º deberan presentar un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07448

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de determinada Sala Penal Especial, el Presidente del Colegiado llamara al Vocal menos antiguo de la misma especialidad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 153-2004-P-CSJLI/PJ MORDAZA, dieciseis de MORDAZA de 2004 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, en el quehacer judicial de las MORDAZA Penales Especiales, se vienen presentando impedimentos, recusaciones, inhibiciones y discordias de los senores Vocales, en la tramitacion y resolucion de procesos; En tal sentido, es conveniente dictar las medidas administrativas correspondientes, en concordancia con el MORDAZA parrafo del Art. 145º de la Ley Organica del Poder Judicial 1, con el fin de cautelar el debido MORDAZA que redunde en una pronta y eficiente administracion de justicia; Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 4) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de determinada Sala Penal Especial, el Presidente del Colegiado procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuacion: - La Sala "A" llamara al Vocal de la Sala "B";

1

(...) En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras MORDAZA, si lo hubiera y luego de las MORDAZA de otra especialidad, siempre empezando por el menos antiguo, en el orden de prelacion que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente.

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