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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (19/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de abril de 2004 - La Sala "B" llamará al Vocal de la Sala "C"; y, - La Sala "C" llamará al Vocal de la Sala "A". Artículo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el artículo primero no pudiera intervenir por abs-tención, excusa o recusación debidamente comprobaday aceptada, se procederá a llamar al magistrado de laSala competente que procede en antigüedad al llamadopor ley. Artículo Tercero.- La efectividad de la presente resolu- ción se entenderá a partir del 19 de abril del año en curso. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en co- nocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fis-calía Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, SalasPenales Especiales, ODICMA y Oficina de Administración Distrital, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 07436 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G38/G34 /G22/G48/G61/G6C/G6C/G61/G7A/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G73/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G72/G65/G73/G74/G6F/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G6E/G63/G68/G6F/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G48/G75/G61/G6D/G61/G6E/G67/G61/G2C/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G22 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 009-2004/DP Lima, 15 de abril de 2004 VISTO: El Informe Defensorial Nº 84, "Hallazgo de fosas con restos humanos en el distrito de Vinchos, provincia deHuamanga, Ayacucho", elaborado por la Adjuntía paralos Derechos Humanos y las Personas con Discapaci-dad. ANTECEDENTES: En julio de 2001 la Defensoría del Pueblo tomó conoci- miento de la existencia de cuatro fosas clandestinas en eldistrito de Vinchos, provincia de Huamanga, Ayacucho. Tres de ellas corresponderían a fosas individuales, en las que estarían enterrados los restos de P.S.R., G.B.R. yM.N.R. La cuarta correspondería a una fosa colectivaubicada en el paraje de Yanamachaypampa, en la queestarían enterrados los restos de 11 pobladores del dis-trito de Vinchos. La información preliminar señalaba que estas 14 per- sonas (más una mujer, cuyos restos fueron trasladados alcementerio de la comunidad de Paqcha) fueron detenidaspor comuneros y efectivos militares en diferentes anexosde la comunidad de Paqcha, distrito de Vinchos. Posterior-mente, los efectivos militares dieron muerte a los/las dete- nidos/as y los enterraron en las fosas clandestinas señala- das. CONSIDERANDO:Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo De conformidad con el artículo 162º de la Constitución y con el artículo 1º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica deDefensoría del Pueblo, corresponde a la Defensoría delPueblo la defensa de los derechos constitucionales y fun-damentales de la persona y la comunidad, así como la su-pervisión del cumplimiento de los deberes de la adminis- tración estatal.Frente a la vulneración de los derechos a la vida, a la integridad personal así como a la libertad individual y sexual,el artículo 9º inciso 1) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica dela Defensoría del Pueblo, faculta al Defensor del Pueblo ainiciar y proseguir, de oficio o a petición de parte, una in-vestigación conducente al esclarecimiento de los actos de la administración pública y sus agentes que afecten su vi- gencia. Si como resultado de su investigación toma conoci- miento de conductas o hechos presumiblemente delic-tuosos, la Defensoría del Pueblo debe remitir los docu-mentos que los acrediten al Ministerio Público, tal como lo señala el artículo 28º de la misma Ley Orgánica. Segundo.- Alcances de la investigación defensorial frente al hallazgo de fosas clandestinas con restoshumanos. Actuaciones realizadas Conforme a su mandato constitucional y a lo estable- cido en la Directiva Defensorial Nº 02-2002/DP-PDA, "Pau- tas para la actuación defensorial ante el hallazgo de fosascon restos humanos", de 24 de marzo de 2002, la Defen-soría del Pueblo inició una investigación no jurisdiccionalsobre las fosas clandestinas en el distrito de Vinchos. Di-cha investigación tuvo por objeto establecer las circuns- tancias en que ocurrieron los hechos, precisar la identidad de las víctimas y recabar información sobre los presuntosresponsables de los hechos. Recibida la denuncia de los familiares de P.S.R., se realizó un primer viaje de verificación en la zona en elmes de julio de 2001. Posteriormente, durante los me- ses de abril y julio de 2002, comisionados/as de la De- fensoría del Pueblo visitaron la comunidad de Paqcha,con la finalidad de ubicar a los familiares de las víctimasy a los testigos de los hechos. En atención a ello, serealizó una reunión con autoridades, familiares de lasvíctimas y pobladores del distrito de Vinchos, a fin de informarles el motivo de la presencia de la Defensoría del Pueblo, recabándose 15 testimonios de familiares delas víctimas y testigos. Los hechos fueron puestos en conocimiento del Fiscal Provincial de Huamanga, y se coordinó con el Equipo Pe-ruano de Antropología Forense para realizar dos visitas de inspección en forma conjunta. Estas visitas se llevaron a cabo en los meses de abril y diciembre de 2002. En esaoportunidad se recabó información ante mortem de las pre-suntas víctimas a través de sus familiares. La informaciónfue recogida en fichas de datos ante mortem, en las cualesse describe las características de las víctimas para contri- buir a su identificación una vez realizada la exhumación de los cadáveres. Se verificó que en el acervo documentario de la Defenso- ría del Pueblo no existen denuncias por la desaparición detales víctimas. Asimismo, se verificó que en la publicación"Los Peruanos que Faltan. Lista Preliminar de Personas Desaparecidas por la Violencia (1980-2000)" figura única- mente el nombre de P.Q.S. Tercero.- Sobre los hechos descritos en el Informe Defensorial Nº 84 Según la información recabada por la Defensoría del Pueblo, durante los primeros días del mes de junio de 1984, una patrulla militar proveniente de Huamanga, con el apo-yo de un numeroso grupo de comuneros -a quienes lostestimonios refirieron como montoneros-, llevaron a cabooperativos de patrullaje en diversos anexos del distrito deVinchos, a fin de capturar a presuntos terroristas. Este operativo se habría iniciado el 5 de junio de 1984, con la detención de G.B.R. y T.N.Z., quienes fueron condu-cidas al lugar denominado Accoyccasahuayco (Vinchos),donde después de ser sometidas a torturas habrían sidoasesinadas y abandonadas en dicho lugar. Uno de los se-nos de G.B.R. fue cercenado por los perpetradores del cri- men, hecho que fue constatado por los familiares de la víc- tima al hallar el cadáver. El operativo continuó y la patrulla mixta se habría des- plazado por la comunidad de Paqcha y sus anexos, hastallegar al anexo de Chupaq en el distrito de Santo Tomás dePata, provincia de Angaraes, departamento de Huancave- lica. Como resultado de este segundo operativo detuvie- ron a 11 personas sindicadas de ser presuntos terroristas,