Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2004 (19/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 266904

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

mento falso como si fuese legitimo ante el Registro, pretendiendo insertar datos falsos a efectos de realizar la rectificacion de fecha de nacimiento, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUMA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06225

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a diversos servidores de la Gerencia Departamental MORDAZA
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL Nº 119-GCRH-ESSALUD-2004 MORDAZA, 23 de febrero del 2004 VISTA: La recomendacion adoptada por unanimidad contenida en el Acta Nº 04-CEPADAN-ESSALUD-2004 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Alto Nivel, con relacion al Informe de Control Nº 008-OAI/GAI-ESSALUD-2003 sobre Examen Especial: "Verificacion de denuncia sobre presuntas irregularidades ocurridas en la Gerencia Departamental Ancash", que se encuentra consignada en el Expediente Nº 2003-07-CEPADAN; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 379-OAI/GAI-ESSALUD-2003, el Organo de Auditoria Interna remite a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, el Informe de Control Nº 008-OAI/GAI-ESSALUD-2003 sobre Examen Especial: "Verificacion de Denuncias sobre presuntas irregularidades ocurridas en la Ge-

rencia Departamental Ancash", respecto a la presunta comision de faltas administrativas disciplinarias en las que habrian incurrido los servidores Marciolina MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembros del Comite de Evaluacion Tecnica Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 0016M11481; Sito MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Adquisiciones de la Division de Logistica de la Gerencia Departamental Ancash; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Hospital III Chimbote, actual Medico del Hospital III Chimbote; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Centro Medico Huarmey, ex Medico del Hospital de Emergencias Grau; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Servicio de Gineco-Obstetricia del Hospital III Chimbote; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion y Finanzas de la Gerencia Departamental MORDAZA, actual profesional de la Gerencia Central de Finanzas y Eberth MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Desarrollo de la Gerencia Departamental MORDAZA, a fin que se implemente la Recomendacion Nº 14 del citado Informe de Control; Que, tal como se desprende del mencionado Informe de Control, se les atribuye a las servidoras Marciolina MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA no haber actuado diligentemente en el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 016M11481 "Contratacion del Servicio de Alimentacion y Nutricion", al no cumplir con la normatividad vigente y no efectuar una adecuada evaluacion de las propuestas tecnicas de los postores, generando que se MORDAZA otorgado indebidamente la Buena Pro a una empresa que no cumplia con las exigencias establecidas en las especificaciones tecnicas, asi tambien, restandole puntaje a otro de los postores, no actuando con imparcialidad, equidad y moralidad durante el MORDAZA, mostrando un trato desigual con estos; Que, se le atribuye al servidor Sito MORDAZA MORDAZA MORDAZA, haber participado en la suscripcion de la Orden de Compra Nº 4500171662 a nombre de la empresa NECO CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., de fecha 15 de octubre del 2001, cuando el periodo de entrega del servicio era del 1 al 31 de octubre del mismo ano, lo que evidencia que la empresa ya venia prestando servicios, a pesar de encontrarse suspendido el MORDAZA de adjudicacion por recurso impugnativo interpuesto el 28 de setiembre del 2001 por el postor Industria y Servicios de Mantenimiento de Equipos Medicos S.R.Ltda - ISMED S.R.Ltda.; Que, se le atribuye al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no actuar con la diligencia necesaria en la visacion de las Bases formuladas para la entrega en Cesion en Uso de la Cafeteria del Hospital III Chimbote, periodo 2001-2002, aprobadas mediante Resolucion Nº 268ESSALUD-GDAN-2000 del 26 de octubre del 2000, en las que se exigio requisitos innecesarios y no vigentes, denotando con ello desconocimiento de las normas que involucran el MORDAZA logistico en el que se le encomendo participar, asi como no haber advertido en las mencionadas bases, la improcedencia de que en el sobre Nº 1 se requiriera informacion que permitia determinar con anticipacion la propuesta economica de los postores intervinientes en dicho proceso; cuya concesion fue otorgada a la senora Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resultando descalificada la empresa SERVICIOS GENERALES ELTE SRL, al argumentarse que el Permiso Sanitario y Licencia Municipal se encontraban vencidos, a pesar de las aclaraciones efectuadas por el representante de la citada empresa; Que, tambien se le atribuye al citado servidor no actuar con diligencia, eficiencia y operatividad en el MORDAZA de seleccion y contratacion de la totalidad de las plazas bajo modalidad, autorizadas por la Gerencia Central de Recursos Humanos con las Cartas Nºs. 1977-GCRH-EsSalud-2000, 284-GPS-GCRH-ESSALUD-2000 y 335-GPSGCRH-EsSalud-2000 del 11 y 16 de MORDAZA, 7 de agosto del 2000, respectivamente, cuyo desarrollo estuvo a cargo de la Comision designada mediante Resolucion Nº 171-ESSALUD-GDAN-2000 del 14 de MORDAZA del 2000 de la que formo parte, no siendo concordante con la optimizacion y eficiencia de los servicios de salud que se deben prestar a los asegurados, habiendose efectuado dos procesos de seleccion, el primero entre el 17 y 31 de MORDAZA del 2000, con el que se cubrio siete (7) plazas y el MORDAZA entre el 14 y 25 de agosto del 2000, en que se ocuparon tres (3) plazas,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.