Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2004 (19/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MARCIOLINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Comite de Evaluacion Tecnica Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 0016M11481; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro del Comite de Evaluacion Tecnica Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 0016M11481; SITO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Adquisiciones de la Division de Logistica de la Gerencia Departamental Ancash; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Hospital III Chimbote, actual Medico del Hospital III Chimbote; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Centro Medico Huarmey, ex Medico del Hospital de Emergencias Grau; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Servicio de Gineco-Obstetricia del Hospital III Chimbote; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion y Finanzas de la Gerencia Departamental MORDAZA, actual profesional de la Gerencia Central de Finanzas y EBERTH MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Desarrollo de la Gerencia Departamental MORDAZA, por presunta comision de faltas administrativas disciplinarias previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- NOTIFICAR a los procesados con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de cinco (5) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion, presenten sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que consideren pertinentes, dirigidos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Alto Nivel, con sede en la Av. MORDAZA Nº 1402 - Setimo Piso - MORDAZA Maria. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Recursos Humanos (e) 07430

S.A. en la partida del inmueble constituido por el lote Nº 8 de la manzana B de la MORDAZA Los Chalets, ubicado frente a la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 380 - Urbanizacion Los Chalets, distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima. Para ello se presenta declaracion jurada del 10 de noviembre de 2003, con firma legalizada por el notario publico MORDAZA MORDAZA Naveda. II. DECISION IMPUGNADA El Registrador Publico de la Oficina Registral de Barranca de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tacho el titulo por lo siguiente: De conformidad con el Art. 3º de la Ley Nº 26639: "Las inscripciones de las hipotecas (...), se extinguen a los 10 anos de las fechas de las inscripciones, si no fueran renovadas. La MORDAZA contenida en el parrafo anterior se aplica, cuando se trata de gravamenes que garantizan creditos, a los 10 anos de la fecha de vencimiento del plazo del credito garantizado". Debiendo hacerse notar, que en el presente caso, no resulta de aplicacion el primer parrafo del articulo precitado, toda vez que no han transcurrido diez anos desde la inscripcion de la hipoteca legal, y ademas dicho supuesto se encuentra reservado unicamente a las hipotecas que no respaldan creditos (por lo que corresponde establecer un plazo de caducidad, acorde con el plazo prescriptorio de la accion real y personal, establecidos en el Codigo Civil). En el titulo sub examine se solicita el levantamiento de la hipoteca legal registrada en el asiento D 00001 de la partida Nº 80014779 del R.P.I. de esta Sede; por lo que le resultaria aplicable el MORDAZA supuesto establecido en el Art. 3 de la MORDAZA anteriormente citada, es decir, "el plazo de caducidad de la hipoteca legal es a los diez anos de la fecha del vencimiento del plazo del credito garantizado"; sin embargo revisada la escritura publica del 16/6/1983 y su aclaratoria y ratificatoria del 14/11/2002 (T.A. Nº 1773 del 9/9/1983), no se aprecia que se MORDAZA establecido plazo alguno para el pago del saldo deudor ascendente a la suma de S/. 2'082,292.00 soles oro, por lo que no puede computarse plazo de caducidad de dicha hipoteca legal, por cuanto no puede verificarse el vencimiento del plazo del credito (obligacion). III. FUNDAMENTOS DE LA APELACION El apelante sustenta la apelacion de la tacha senalando que el hecho que no se MORDAZA estipulado plazo de vencimiento para el pago del saldo no genera que la obligacion sea eterna, sino que resulta de aplicacion lo dispuesto en el Art. 1559 del Codigo Civil que senala que al no haberse estipulado plazo para el pago del saldo, la obligacion vence el mismo dia de contraida la obligacion, es decir, la obligacion del pago al contado y en el momento de la entrega del bien subsiste. Senala asimismo, que en cuanto al inicio del plazo de caducidad es aplicable lo dispuesto en el Art. 1993 del citado codigo, en el sentido que comienza a correr desde el dia en que puede ejercitarse la accion. En consecuencia, al no haberse estipulado plazo para el pago del saldo del precio, empieza a correr a partir de la entrega del bien, tal como lo establece el Art. 1558 del Codigo Civil, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 1335 del mismo codigo. IV. ANTECEDENTE REGISTRAL El inmueble materia del titulo alzado se encuentra registrado en la partida electronica Nº 80014779 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Barranca. Tiene como titular de dominio a la sociedad conyugal constituida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rogeau Schoutteten y MORDAZA MORDAZA Cabezu de Rogeau, quienes lo adquirieron mediante contrato de compraventa de su anterior propietaria, Agro Industrial Paramonga S.A.A., por

SUNARP
Revocan observacion formulada por registrador de la Oficina Registral de Barranca y disponen inscripcion de cancelacion de hipoteca
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 028-2004-SUNARP-TR-L MORDAZA, 23 de enero de 2004 APELANTE : MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROGEAU SCHOUTTETEN TITULO : Nº 2269 del 17 de noviembre de 2003 RECURSO : Presentado el 10 de diciembre de 2003 REGISTRO : Propiedad Inmueble de Barranca ACTO : Cancelacion de hipoteca SUMILLA : Vencimiento del pago del saldo de precio

"La circunstancia de no haberse pactado fecha de pago del saldo del precio en el contrato de compraventa del inmueble no significa que esta no exista, siendo que dicho pago debe realizarse en el dia en que el bien debe ser entregado"
I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Se solicita la inscripcion de la cancelacion de la hipoteca legal registrada a favor de Agro Industrial Paramonga

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