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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G30/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de abril de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G30/G37 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G4F/G54/G4F/G52/G47/G41/G20/G4E/G55/G45/G56/G4F/G53/G20/G50/G4C/G41/G5A/G4F/G53/G20/G41 /G4C/G41/G53/G20/G45/G4D/G50/G52/G45/G53/G41/G53/G20/G41/G5A/G55/G43/G41/G52/G45/G52/G41/G53/G20/G41/G43/G4F/G47/G49/G44/G41/G53 /G41/G20/G4C/G41/G20/G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G30/G32/G37 Artículo 1º.- Plazo para la conclusión del proceso de capitalización de adeudos tributarios Modifícanse los numerales 2.2.1, 2.2.5, 2.2.8, 2.2.13 del artículo 2º, el numeral 3.3 del artículo 3º y el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 28027, Ley de la ActividadEmpresarial de la Industria Azucarera, en los siguientes términos: “2.2.1 La solicitud de capitalización de la deuda tributa- ria se presentará ante los órganos administrativos y/o recaudadores de los tributos hasta el 31 de mayo de2004. La presentación de la solicitud será aprobada por el directorio de la empresa. 2.2.5 Los órganos recaudadores y/o administrado- res de los tributos aprobarán, en un plazo máximode treinta (30) días naturales de recibida la solicitud de capitalización, los montos a capitalizar, previa conciliación con la empresa, la que debe producirseen el término de treinta (30) días naturales siguien- tes a la fecha de presentada la solicitud; en el caso de no llegarse a un acuerdo en la conciliación de ladeuda, la empresa tendrá un plazo de treinta y cin- co (35) días de presentada la solicitud para acudir al Tribunal Fiscal, para que este último se pronuncieen un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días sobre el monto de la deuda que se tendrá en cuenta a efectos de capitalización. 2.2.8 El directorio efectuará el aumento de capital en un plazo no mayor a veinte (20) días naturales,contados a partir del día siguiente de recibidas las resoluciones emitidas por los órganos administra- dores y/o recaudadores de los tributos, debiendoproceder a su inscripción registral de manera inme- diata. Asimismo, emitirá y entregará los certificados de acciones resultantes de la capitalización en unplazo máximo de veinte (20) días naturales a partir de la inscripción registral de aumento de capital. En los casos en que las empresas agrarias azucarerashayan completado el trámite preliminar de este re- quisito en razón de la Ley Nº 28027 y que no hayan cumplido con lo señalado en este numeral, los pla-zos para su cumplimiento correrán a partir de la vi- gencia de la presente Ley. 2.2.13 El régimen de capitalización de adeudos tri- butarios será de aplicación igualmente a las empre- sas agrarias azucareras a las que se refiere el nu-meral 2.1 y que transfieran dentro de los doce (12) meses siguientes de la fecha establecida en el nu- meral 2.2.1, más del cincuenta por ciento (50%) delcapital social ya sea mediante venta de acciones o emisión de nuevas acciones, pudiendo incorporar la deuda tributaria generada hasta el mes anterior alque hubiera ocurrido dicha transferencia; en este caso deberá tenerse en cuenta que el plazo para la presentación de la solicitud de capitalización seráde treinta (30) días naturales contados a partir de laMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza Nº 186-MSS.- Prorrogan plazos a que se refieren las Ordenanzas Nºs. 177 y 146-MSS por las que se suspendió elotorgamiento de autorizaciones de elementos de impacto vi- sual negativo o contaminación luminosa 267075 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 146.- Aprueban condonar factores de actuali- zación de intereses y moras de diversos tributos desde 1994 a 2003 267076 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 000010.- Aprueban Directiva sobre medidas de mitigación de contaminación ambiental que deberán observar empresas que tengan depósitos de granos o que los trasladen a almacenes ubicados en el Callao 267077 D.A. Nº 000013.- Dictan medidas para regular el uso vehicular en la vía libre o tercer carril del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez 267077 D.A. Nº 000014.- Dictan disposiciones complementarias para la remoción de vehículos a que se refiere el Reglamento Nacio-nal de Tránsito 267078MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA R.A. Nº 127-2004/MDV-ALC.- Declaran nulidad de adjudica- ción directa pública convocada para adquisición de equipos de cómputo para las distintas áreas de la municipalidad y la bi-blioteca municipal 267079 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CHUCO R.A. Nº 194-2004-MPSCH.- Aprueban Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones para el ejercicio 2004 267081 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE R.A. Nº 118-2004-MDNCH.- Declaran nulidad de licitación pública convocada para adquisición de producto correspondien-te al Programa del Vaso de Leche 267081 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA R.C. Nº 020-2004-MDP.- Disponen adquirir insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante proceso de adjudicaciónde menor cuantía 267082 MUNICIPALIDAD DISTRITAL PUEBLO NUEVO COLÁN R.A. Nº 061-2004-MDPNC/A.- Modifican Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2004 267082