Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2004 (22/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES LEY Nº 28208

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celebracion de la primera Junta General de Accionistas posterior a la transferencia de mas del cincuenta por ciento (50%) del capital social ya sea mediante venta de acciones o emision de nuevas acciones. 3.3 El plazo para la MORDAZA de la solicitud de acogimiento al REPROEAA-AFP sera de sesenta (60) dias naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley. El acogimiento al REPROEAA-AFP estara supeditado a la aprobacion de las Administradoras de Fondos de Pensiones ante las que se formule la solicitud. 4.3 Para los efectos de lo senalado en el numeral 4.2 se entendera que el procedimiento de capitalizacion de la deuda tributaria concluye con la emision y puesta a disposicion de los certificados de acciones resultantes de la capitalizacion de conformidad a lo dispuesto en el numeral 2.2.8 y con ello, la SUNAT procedera a dejar sin efecto los valores que contienen la deuda materia de capitalizacion una vez concluido dicho proceso." Articulo 2º.- Proteccion Patrimonial A partir de la vigencia de la presente Ley, se amplia por nueve (9) meses el plazo establecido en el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 28027, el cual se aplicara unicamente a aquellas empresas que no hayan cumplido con el aumento de capital dentro del plazo previsto por el numeral 2.2.8 de la Ley Nº 28027, y que cumplan con lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Ley. Articulo 3º.- Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Articulo 4º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION FINAL UNICA.- Las modificaciones efectuadas en la presente Ley no seran aplicables a aquellas empresas agrarias azucareras que, a la fecha de publicacion del presente dispositivo, hubieran concluido con el procedimiento de capitalizacion de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.3 del articulo 4º de la Ley Nº 28027. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 07821

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODI.ICA EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 26607
Articulo unico.- Objeto de la Ley Precisase que la donacion del inmueble a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hoke MORDAZA de Valcarcel, a que se refiere la Ley Nº 26607, corresponde al Departamento Nº 202, MORDAZA Multifamiliar Nº 20, del Conjunto Habitacional "Torres de Limatambo". Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 07822

LEY Nº 28209
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODI.ICA EL ARTICULO 2º, INCISO B), DE LA LEY DE CREACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA Nº 25265
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Modificase el articulo 2º, inciso b), de la Ley Nº 25265 de creacion de la Universidad Nacional de Huancavelica, el mismo que quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 2º.a) (...) b) Facultad de Educacion, con las carreras profesionales o especialidades de Inicial, Primaria, Secundaria y Es-

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