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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de abril de 2004 que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico permitan la consecución de la estabilidad monetaria; Que, en tal sentido, se considera necesaria la partici- pación de la entidad en el Workshop on Dynamic Stochastic General Equilibrium Models , que organizado por el Fondo Monetario Internacional, se realizará en la ciudad de Was- hington D.C., Estados Unidos de América, del 26 al 30 de abril de 2004; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acor- dado por el Directorio en su sesión de 1 de abril de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señor Diego Winkelried Quezada, Analista Profesional de la Uni- dad de Modelos Econométricos de la Gerencia de Estu-dios Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Esta- dos Unidos de América, del 25 al 30 de abril de 2004; y al pago de los gastos, a fin de intervenir en el certamen indi-cado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 762,08 Viáticos US$ 1 320,00Tarifa única de uso de aeropuerto US$ 28,24 -------------------- TOTAL US$ 2 110,32 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación. CARLOS CASTRO RODRÍGUEZ Vicepresidente Encargado de la Presidencia 07891 J N E /G43/G6F/G6E/G66/G69/G72/G6D/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G6E/G65/G67/GF3/G20/G70/G65/G2D /G64/G69/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G69/G2D/G6C/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G72/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G68/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G74/G6F/G6D/G65/G6E/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G65/G6E/G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G2D /G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20 /G22/G41/G72/G72/G69/G62/G61 /G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN Nº 065-2004-JNE Exp. Nº 1554-2003-Apel. Lima, 15 de abril de 2004 VISTO en Audiencia Pública del 6 de abril de 2004, el recurso de apelación interpuesto por don Walther Eleazar Lossio Arenas, en representación de la organización políti-ca en formación "Arriba Perú" contra la Resolución Nº 003- 2004-OROP/JNE del 11 de marzo del año 2004, emitida por la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO:Que por resolución del visto, la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas denegó el pedido formulado porel apelante para que se le reciba un nuevo lote de planillas de firmas de adherentes y que éstas se tomen en cuenta para el procedimiento de inscripción del partido político"Arriba Perú"; Que por Resolución Nº 090-2001-JNE del 25 de enero de 2001, el Jurado Nacional de Elecciones tuvo por no pre-sentada la solicitud para la inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del partido político "Arriba Perú", al no haber alcanzado el número de firmas de adherentesexigido por la ley, entonces vigente, dentro del plazo establecido; en cuyo tercer considerando se consignó que dicha organización sólo obtuvo 56,197 firmas de adheren-tes válidas;Que por mandato del artículo 90º de la Ley Orgáni- ca de Elecciones Nº 26859, los electores que figurenen la relación de adherentes para la inscripción de una organización política, no pueden adherirse en el mis- mo período electoral a otro partido político, agrupaciónindependiente o alianza, significando que concluido el proceso dichos electores podrían suscribir otras plani- llas de adherentes; Que la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, vigente desde el 2 de noviembre del 2003, dispone que la solici- tud de inscripción de una organización política se efec-túa en un solo acto ante la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas, con la presentación de todos los requisitos señalados en su artículo 5º, incluyendola relación de adherentes, a lo que debe sujetarse el recurrente; Que las disposiciones reglamentarias expedidas por el Jurado Nacional de Elecciones concernientes a la inscripción de organizaciones políticas, han quedado abrogadas al promulgarse la Ley de Partidos PolíticosNº 28094; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recur- so de apelación interpuesto por don Walther Eleazar Lossio Arenas; en consecuencia, CONFIRMAR laResolución Nº 003-2004-OROP/JNE de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Na- cional de Elecciones. Artículo Segundo.- Remitir los actuados a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 07901 /G41/G72/G63/G68/G69/G76/G61/G6E/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C /G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61 RESOLUCIÓN Nº 067-2004-JNE Expediente Nº 1742-2003-Vac Lima, 20 de abril de 2004VISTA, la apelación interpuesta por los regidores de la Municipalidad Provincial de Santa, Noel Emilio Elec-tor Jamaica y otros contra el Acuerdo de Concejo adop- tado en sesión extraordinaria del 12 de noviembre de 2003, que declaró improcedente el recurso de reconsi-deración, formulado contra el Acuerdo de Concejo adop- tado en sesión extraordinaria del 28 de octubre de 2003, que desestimó la solicitud de vacancia del cargo de Re-gidor de la Municipalidad Provincial de Santa, departa- mento de Ancash, que ejerce don Pablo César Rioja Cueva, por la causal prevista en el numeral 8º del artí-culo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, en sesión extraordinaria del 12 de noviembre de 2003, obrante de fojas 133 a 142, el Concejo Provincial de Santa, mediante Acuerdo Nº 223-2003-MPS, declaró im- procedentes los recursos de reconsideración obrantes afojas 26 a 27 y 31 a 32, formulados contra el Acuerdo de Concejo Nº 212-2003-MPS, adoptado en sesión extraordi- naria del 28 de octubre de 2003 que corre de fojas 130 a